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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327062El Peruano miércoles 30 de agosto de 2006 Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos aduaneros deninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 01596-4 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F /G61/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G73/G69/G73/G74/G69/G72/G20/G61/G6C/G20/G43/G75/G72/G73/G6F /G22/G49/G6E/G66/G72/G61/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G44/G61/G74/G6F/G73/G20/G45/G73/G70/G61/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G2D /G49/G44/G45/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 852-2006-DE/SG Lima, 26 de agosto de 2006 Visto; El Circular Nº 1.4/307, remitido por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi; CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje en comisión de servicio al exterior, del Tte.Crl. Ing. EP Fernando PORTILLO ROMERO, con la finalidadque asista al Curso “Infraestructura de Datos Espaciales -IDE”, a realizarse del 27 de agosto al 8 de setiembre del2006, en la ciudad de Bogotá - República de Colombia, porcuanto las experiencias a adquirirse permitirán contar conpersonal capacitado en dicha materia, de acuerdo al Plan deDesarrollo de la Información del Perú, que se perfila comouna de sus acciones primordiales en la integración ynormalización de la Infraestructura de Datos Espaciales delPerú (IDEP), misión que ha sido encargada a la Presidenciadel Consejo de Ministros, y al Instituto Geográfico Nacional.Asimismo, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, asumirálos gastos de transporte, hospedaje y alimentación, noirrogando gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a laTarifa Única de Uso de Aeropuerto que será cubierto por elInstituto Geográfico Nacional; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior deServidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Leydel Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley dePresupuesto del Sector Público para el año fiscal 2006,Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de juniodel 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26de enero del 2004, modificado con Decreto SupremoNº 008-2004-DE/SG del 30 de junio del 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio, al Tte. Crl. Ing. EP Fernando PORTILLOROMERO con la finalidad que asista al Curso“Infraestructura de Datos Espaciales - IDE”, a realizarsedel 27 de agosto de 8 de setiembre del 2006, en la ciudadde Bogotá, República de Colombia. Artículo 2º.- El Instituto Geográfico Nacional efectuara el pago que corresponda de acuerdo alconcepto siguiente: Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sinexceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- Los gastos por concepto de transporte, hospedaje y alimentación serán asumidos por el InstitutoGeográfico Agustín Codazzi, no irrogando gastos alTesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única deUso de Aeropuerto. Artículo 5º.- El citado oficial deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del DecretoSupremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio del 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 01596-3 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61/G20/G61/G20/G49/G74/G61/G6C/G69/G61/G20/G79/G20/G41/G6C/G65/G6D/G61/G6E/G69/G61/G2C /G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 853-2006-DE/MGP Lima, 25 de agosto de 2006 Visto el Oficio P .200-1338 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 2 de agosto de 2006; CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio delCapitán de Fragata Mario Julio HOYOS Pacheco, paraque participe como Asistente del Director y Jefe de Claseen el 119º Curso Internacional Militar, a llevarse a caboen la ciudad de San Remo - ITALIA, del 12 al 29 desetiembre de 2006; Que, los gastos de transporte, alojamiento y alimentación serán solventados por el InstitutoInternacional de Derecho Humanitario, no generandogastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la TarifaÚnica de Uso de Aeropuerto; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidoresy funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley delMinisterio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley dePresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado conDecreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 dejunio de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Capitán de Fragata Mario Julio HOYOSPacheco, CIP . 01889424, DNI. 43317603, para queparticipe como Asistente del Director y Jefe de Clase enel 119º Curso Internacional Militar, a llevarse a cabo en laciudad de San Remo - ITALIA, a partir del 12 al 29 desetiembre de 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondande acuerdo a las disposiciones vigentes: Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- Facultar al Comandante General de la Marina para variar la fecha de inicio y término de laautorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder eltotal de días aprobados. Artículo 4º.- Los gastos de transporte, alojamiento y alimentación serán solventados por el InstitutoInternacional de Derecho Humanitario, no generandogastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la TarifaÚnica de Uso de Aeropuerto. Artículo 5º.- El mencionado Oficial Superior deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Finaldel Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26