Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2006 (30/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 30 de agosto de 2006

respectivos suplentes. Una de ellas sera un representante designado por el Titular o la MORDAZA Autoridad Administrativa, un tecnico de la oficina especializada de la materia objeto de la contratacion y un funcionario del area encargada de contrataciones y adquisiciones; Dicho Comite elaborara las Bases, las cuales deberan ser aprobadas por Resolucion del Titular de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento o de la MORDAZA Autoridad Administrativa, segun corresponda. Asimismo, desde la convocatoria al MORDAZA, sera obligatoria la participacion de un representante de la Oficina de Control Interno de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento, en calidad de veedor, el cual debera comunicar a la Contraloria General de la Republica el inicio del proceso. Articulo 2º.- De las Etapas del MORDAZA Las etapas del MORDAZA para la contratacion de las obras de saneamiento en el MORDAZA de la emergencia, seran las siguientes: 1. Convocatoria Publica. 2. MORDAZA, absolucion de consultas e integracion de las Bases. 3. Precalificacion de los participantes interesados. Elaboracion de Lista Larga. 4. Calificacion de participantes interesados. Elaboracion de Lista Corta. 5. Apertura de Sobres de la Propuesta Economica, otorgamiento de la buena pro y suscripcion del contrato. Articulo 3º.- Del Desarrollo de las Etapas del MORDAZA 1. Convocatoria Publica, El Comite de Saneamiento, a traves de diferentes medios de comunicacion, uno de los cuales debera ser necesariamente el Diario Oficial El Peruano, publicara el aviso con las obras de saneamiento alicitarse por dos (2) dias consecutivos. Asimismo, dicha convocatoria, asi como las bases, seran publicadas en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. Dichas obras deberan tener el codigo SNIP asignado por el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversion Publica y contar con la declaratoria de viabilidad a nivel de perfil. Podran participar todas las personas naturales o juridicas, de manera individual o en consorcio, las cuales deberan registrarse en la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento, pagando su derecho de participacion, el cual no podra ser superior al costo de reproduccion de las Bases. 2. MORDAZA, absolucion de consultas e integracion de Bases.- Los participantes pueden efectuar consultas a las Bases dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes de haberse efectuado la convocatoria. El Comite de Saneamiento debera absolver las consultas dentro de los dos (2) dias siguientes, publicando el pliego de absolucion de consultas y la integracion de las Bases a traves del SEACE. Absueltas las consultas o si las mismas no se ha presentado, las Bases quedaran integradas como reglas definitivas, no pudiendo ser impugnadas cuestionadas ni modificadas por ninguna otra via, debiendo publicarse dicha integracion en el SEACE. No cabe solicitar que las Bases MORDAZA elevadas a CONSUCODE. Los participantes podran registrarse hasta el dia habil siguiente a la integracion de las Bases. 3. Precalificacion. Elaboracion de la Lista Larga. Los participantes remitiran su Manifestacion de Interes al MORDAZA dia de la integracion de las bases. En la manifestacion de interes debera establecerse la(s) obra(s) respecto de la(s) cual(es) se tiene interes en participar. La Manifestacion de Interes que presenten los participantes debera ir acompanada de los documentos que sustenten los siguientes requisitos minimos: - Compromiso bancario de extender cartas fianzas hasta por un monto del 30% el valor de la(s) obra(s), sobre los cuales tiene interes el participante. - Acreditar experiencia en la ejecucion de obras de agua potable y alcantarillado. - No tener impedimento alguno para contratar con el Estado. - Acreditacion de estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores. La recepcion de los documentos se realizara en acto publico con la presencia de Notario Publico, o del Juez de Paz, segun corresponda quienes daran fe del acto. El Comite de Saneamiento evaluara los documentos MORDAZA

senalados, en un plazo no mayor de tres (3) dias de vencido el plazo para recibir la Manifestacion de Interes, procediendo a la elaboracion de la Lista Larga de los participantes aptos para participar en el MORDAZA, la cual publicara en el SEACE. 4. Calificacion de Participantes Interesados. Elaboracion de Lista Corta. Los participantes que conforman la Lista Larga deberan presentar la siguiente informacion adicional en un plazo no mayor de veinte (20) dias habiles de publicada la lista larga en el SEACE: - Experiencia de obras de saneamiento ejecutadas en los ultimos quince (15) anos, por un minimo acumulado equivalente al valor referencial de la obra materia de la convocatoria, siendo el valor minimo de cada obra similar que se acumule el 20% del valor referencial; - Experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto y equipos; - Situacion Economica Financiera del participante. Se exigiran Estados Financieros Auditados. La experiencia del participante se acreditara con copias simples de contratos y sus respectivas actas de recepcion y conformidad. - Oferta Economica por obra en sobre lacrado y por separado. La entidad debera revisar los documentos en un plazo no mayor de tres (3) dias habiles de recibida la informacion adicional; procediendose -en el dia habil siguiente de la evaluacion- a la publicacion en el SEACE de la Lista Corta de los participantes aptos para continuar en el proceso. 5. Apertura de Sobres de la Propuesta Economica, otorgamiento de la buena pro y suscripcion del contrato Al dia siguiente de publicada la Lista Corta en el SEACE, se procedera a la apertura de los sobres que contienen la oferta economica en acto publico,con presencia de Notario Publico o del Juez de Paz cuando en la localidad donde se efectue no hubiere el primero. Se adjudicara la buena pro al participante que oferte el monto economico mas bajo, suscribiendose el contrato respectivo en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles. En caso de desistimiento por parte del adjudicatario o de incumplimiento del contrato, se debera poner en conocimiento del CONSUCODE para las acciones legales que correspondan. Articulo 4º.- De la Responsabilidad en la aplicacion del presente Decreto Supremo El Titular de la Entidad o la MORDAZA Autoridad Administrativa, segun corresponda, y los miembros del Comite de Saneamiento son solidariamente responsables por el cumplimiento del procedimiento establecido en la presente norma. Articulo 5º.- Recursos Impugnativos Las discrepancias que surjan entre la Entidad y los participantes durante el MORDAZA de seleccion solamente podra dar lugar a la interposicion del recurso de revision ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendo cumplirse con los requisitos, tasas y garantias establecidos en el articulo 162º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Respecto de la garantia, el calculo se MORDAZA en base al valor referencial del proceso. El recurso de revision contra el otorgamiento de la Buena Pro y los actos previos que afecten su validez, deberan ser interpuestos por los participantes dentro de los dos (2) dias siguientes a realizado el acto publico de otorgamiento de la Buena Pro. El Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado resolvera dichos recursos en el termino mas breve posible. Vencido el plazo para resolver y notificar la resolucion que se pronuncia sobre el recurso de revision, el recurrente debera considerar denegado su recurso, a efectos de la interposicion de la demanda contenciosoadministrativa, sin que ello suspenda la realizacion de la suscripcion y ejecucion del contrato. Articulo 6º.- De la implementacion de la Veeduria Los procesos de seleccion y la ejecucion de los contratos que se deriven de la presente MORDAZA estaran sujetos a los mecanismos de control preventivo del Sistema Nacional de Control, como las veedurias, a que se refiere la Directiva Nº 001-2005-CG/OCI-GSNA, aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 528-2005-CG y modificada por Resolucion de Contraloria Nº 238-2006-CG, sin perjuicio del control posterior que corresponda.

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