Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2006 (22/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS COMUNICADO Nº 24-2006-EF/76.01 A LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL Estando proximo el Cierre del Presupuesto del Ano Fiscal 2006, en el MORDAZA de lo establecido por la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico y 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto y la Ley Nº 28652-Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, se recuerda a los Titulares de Pliego, a los Directores Generales de Planificacion y Presupuesto, a los Gerentes Regionales de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorio, a los Jefes de las Oficinas de Presupuesto, o la que MORDAZA sus veces, en las Unidades Ejecutoras de los Pliegos, y a los administradores de recursos publicos en general lo siguiente: a) Todo gasto que efectuen sus Unidades Ejecutoras se sujeta al MORDAZA de legalidad. b) Los gastos comprometidos y devengados hasta el 31 de diciembre de 2006 se orientan a cumplir con las metas previstas en el presupuesto institucional para el ano fiscal 2006. c) Se recomienda a los Pliegos evitar incurrir en gastos adicionales por comision de transferencias a organismos o instituciones ajenas a la administracion de la entidad, que impliquen un mayor costo para el cumplimiento de las metas previstas por la entidad o una reduccion de las mismas. d) En aplicacion del articulo 35° de la Ley N° 28411 todos los compromisos que se devenguen hasta el 31 de diciembre de 2006, deben contar obligatoriamente con la documentacion que acredite que el bien recepcionado y/o servicio otorgado es satisfactorio. e) La Ley Nº 28652, en materia de personal, prohibe todo reajuste o incremento de remuneraciones, asi como la aprobacion de escalas remunerativas, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones y beneficios de toda indole cualquiera sea su forma, modalidad, mecanismo, fuente de financiamiento, incluyendo el incremento de los incentivos laborales que se otorgan a traves del CAFAE. f) Todas las transferencias financieras de fondos publicos al CAFAE se afectan al Grupo Generico de Gastos 1. Personal y Obligaciones Sociales. La existencia de MORDAZA presupuestal en dicho Grupo Generico de Gasto, por si mismo, no es sustento legal ni factico para efectuar mayores transferencias al CAFAE con relacion al monto total transferido en el ano 2005 y su aplicacion efectiva e individualizada se sujeta montos ejecutados en el ano 2005. Asimismo, ningun otro Grupo Generico de Gasto, incluidos los Grupos Genericos 3. Bienes y Servicios y 4. Otros Gastos Corrientes, puede ser destinado a efectuar transferencias financieras al CAFAE, asi como tampoco ser aplicados para la entrega de cualquier MORDAZA de prestacion, sea pecuniaria o en especie, bajo responsabilidad de los funcionarios que autoricen tal accion en el pliego.

g) Los actos administrativos generadores de gastos que emiten las Unidades Ejecutoras, deben contar con el respectivo credito presupuestario en el Presupuesto Institucional del Pliego para el ano fiscal 2006. h) La ejecucion de los gastos se efectua dentro de los Calendarios de Compromisos, la Programacion Trimestral del Gasto, la Asignacion Trimestral y el Presupuesto Institucional del Pliego. Estas previsiones no convalidan en ningun caso actos o acciones administrativas que impliquen gastos que no se sujetan al MORDAZA de legalidad. i) La ejecucion de los presupuestos institucionales deben respetar los limites establecidos en las reglas fiscales que establece la Ley Nº 27245 - Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y sus modificatorias; y en el caso de las Regiones, esta prohibido efectuar cualquier MORDAZA de gasto corriente que implique compromisos de pago posteriores a la finalizacion de la actual administracion regional. En el MORDAZA de lo MORDAZA senalado, no se pueden ejecutar nuevos gastos de caracter permanente que no cuenten con financiamiento en el Presupuesto del Ano Fiscal 2007.

Las acciones que no se hayan sujetado a lo MORDAZA senalado o que contravengan normas de caracter presupuestario son nulas de pleno derecho, sin perjuicio de la responsabilidad del funcionario del Pliego ejecutor que autorizo tales actos. MORDAZA, diciembre de 2006 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General DIRECCION NACIONAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO 9358-1

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