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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (24/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de diciembre de 2006 335441 Artículo Tercero.- Autorizar la distribución domiciliaria de los Cronogramas de Pagos conteniendo los tributos mencionados. Artículo Cuarto.- Manténgase en Tres y 10/100 Nuevos Soles (S/. 3.10), el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de emisión mecanizada de determinación del tributo, incluyendo la distribución del cronograma de pagos de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Serenazgo, correspondiente al ejercicio 2007. Artículo Quinto.- Encargar a la O fi cina de Administración Tributaria y a la O fi cina de Informática, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Asimismo, encargar a la O fi cina de Comunicación Social su difusión, y a la O fi cina de Administración su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 9476-1 Otorgan premio a la puntualidad ORDENANZA Nº 239-MPL Pueblo Libre, 14 de diciembre del 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBREVisto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 040-2006-MPL/CPL-CPDE de la Comisión Permanente de Desarrollo Económico; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú de 1993 y su modi fi catoria, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, es necesario reconocer y premiar la puntualidad en las obligaciones tributarias a los contribuyentes que en la actualidad no tienen deudas pendientes de cancelación con la Municipalidad y promover e incentivar dicha cultura tributaria, por lo que se les otorgarán descuentos especiales para el ejercicio 2007; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º de la Ley Orgánica de la Municipalidad Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Otorgar a los contribuyentes que culminen el año 2006 sin deudas tributarias con la Municipalidad, los siguientes bene fi cios: a) Premio por puntualidad ascendente al 20% (veinte por ciento) de descuento en los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del 2007, siempre que efectúen la cancelación por adelantado, de todo el año 2007, hasta el 28 de febrero del 2007. b) Estímulo de Puntualidad, ascendente al 5% (cinco por ciento) de descuento, en los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2007, siempre que se efectúen sus pagos en forma mensual y oportuna. En caso de incumplimiento del pago, perderán el descuento del mes correspondiente, pudiendo seguir gozando de dicho bene fi cio al momento de actualizar su pago. Artículo Segundo.- Facultar al Alcalde para la reglamentación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la O fi cina de Administración Tributaria y a la O fi cina de Informática, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la O fi cina de Comunicación Social su difusión y a la O fi cina de Administración, su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 9476-2 Modifican Ordenanza N° 215-MPL- TUPA DECRETO DE ALCALDÍA N° 03-2006-MPL Pueblo Libre, 26 de octubre de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 señala entre otros aspectos, que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas; sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza N° 215-MPL de fecha 23 de mayo del 2006, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre; Que, la Ley N° 27444, “Ley de Procedimiento Administrativo General en su artículo 38º numeral 38.5) establece que una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo; Que, mediante O fi cio N° 004-090-00003235, el Servicio de Administración Tributaria - SAT remite las observaciones técnicas y legales de la Ordenanza N° 215-MPL que aprobó el Texto Único de Procedimiento Administrativo, las cuales fueron coordinadas por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto con las áreas pertinentes mediante Memorándum N° 336-2006-MPL-OPP; Que, con Informe N° 072-2006-MPL-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto propone conforme al