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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de diciembre de 2006 335437 lafi cha Nº 251086 continuada en la Partida Electrónica Nº 45046451 del Registro de Predios de Lima, después de la Independización de las Parcelas Nº 5 y Nº 6 de 11,000.00 m2 y 17,653.76 m2 respectivamente, aprobada con Resolución Nº 013-2006-MML-GDU-SPHU de fecha 21 de marzo de 2006; CONSIDERANDO:Que, con Acuerdo Nº 2, tomado en Sesión Nº 13- 2005 de fecha 14 de diciembre de 2005 (fs. 41 del Expediente Nº 104631-05) la Comisión Metropolitana de Habilitaciones Urbanas declaró favorable la aprobación del Planeamiento Integral del terreno de 978,224.67 m2 y la Independización de las Parcelas Nº 5 y Nº 6 de 11,000.00 m2 y 17,653.76 m2 respectivamente, ubicadas en la denominada “Sección Rosa Mercedes 208”, en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima; Que, con Resolución Nº 013-2006-MML-GDU-SPHU de fecha 21 de marzo de 2006 (fs. 68 al 70) se formaliza lo señalado por la Comisión Metropolitana de Habilitaciones Urbanas quedando como área remanente, después de la independización de las Parcelas Nº 5 y Nº 6 señaladas, un área de 949,570.91 m2 dentro de la cual, la Administrada propone la Independización de la denominada Parcela Nº 7 de 24,610.52 m2, cali fi cada con el Uso Residencial de Baja Densidad “R-1”; Que, con Acuerdo Nº 01, tomado en Sesión Nº 01-2006 de fecha 17 de marzo de 2006 (fs. 47), la Comisión Metropolitana de Habilitaciones Urbanas declaró Favorable la aprobación del Planeamiento Integral (Anteproyecto de Diseño Urbano) de la Parcela Nº 7 de 24,610.52 m2 cali fi cada con el Uso Residencial de Baja Densidad “R-1”, del área mayor de 949,570.91 m2 resultante de la Independización de las Parcelas Nº 5 y Nº 6 en mérito al Acuerdo Nº 2, tomado en Sesión Nº 13-2005 de fecha 14 de diciembre de 2005, señalando también, que los aportes reglamentarios correspondientes a la Parcela cuya independización es objeto de este trámite, serán los establecidos en la Ordenanza Nº 836-MML; Que, el terreno de 949,570.91 m2 forma parte del área mayor de 978,224.67 m2 y se encuentra inscrito en lafi cha Nº 251086 continuada en la Partida Electrónica Nº 45046451 del Registro de Predios de Lima a favor de Arenera La Molina S.A.; Germán Aparicio Valdez y Sra.; Fanny Jenny Gereda Zauvitz; Ana Beatriz, Carmen Lucía, Felipe Javier Mariano, Fernando José, Gustavo José Antonio, Jenny María y Oscar German Aparicio Gereda; Alfredo Carlos Aparicio Hernández; Luis Ernesto Aparicio Valdez y Sra.; Rosa Mercedes Aparicio Valdez y Carmen Aparicio Valdez y su cónyuge, los cuales se encuentran debidamente representados por Luis Antonio Isasi Cayo y José Miguel Ramírez Gastón Roe según poderes inscritos (fs. 5 al 14); Que, con Informe Nº 046-2006-MML-GDU-SPHU- DSAC (fs. 66 y 67) de fecha 24 de abril de 2006, la División de Subdivisiones y Acciones Complementarias de esta Subgerencia comunica que estando a lo dictaminado por la Comisión Metropolitana de Habilitaciones Urbanas y habiendo cumplido la Administrada con presentar la documentación exigida en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, TUPA-2006 y cancelado la Liquidación Nº 005-2006-MML-GDU-SPHU por el monto de S/. 2,244.95 nuevos soles (fs. 53 al 55), según lo establece el Art. II-XXIII-5 del Reglamento Nacional de Construcciones, corresponde emitirse la Resolución que apruebe la Independización solicitada; Que, asimismo, la División de Subdivisiones y Acciones Complementarias recomienda se señale que con Resolución Nº 013-2006-MML-GDU-SPHU de fecha 21 de marzo de 2006 y sus planos signados con el Nº 002-2006-MML-GDU-SPHU y Nº 003-2006-MML-GDU-SPHU, se ha aprobado el Planeamiento Integral del terreno matriz de 978,224.67 m2, disponiéndose, de conformidad con lo señalado en el artículo II-IV-7.5 del Reglamento Nacional de Construcciones, que desde el momento de su inscripción tenga una vigencia mínima de cinco (05) años, razón por la cual en el presente trámite no es necesario aprobar nuevamente el plano de Planeamiento Integral; Que, con Informe Nº 128-2006-MML-GDU-SPHU-AL (fs. 72 y 73) de fecha 26 de abril de 2006 emitido poro el Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas opina que se ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento 16 del TUPA 2006 de la sección correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Urbano para solicitar la Independización de terreno rústico. Por lo que al haber cumplido con los requisitos tanto técnico como legales corresponde emitir la resolución autorizando la independización propuesta; Con el visto bueno del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas y la División de Subdivisiones y Acciones Complementarias; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Ley de Procedimientos Administrativos General Nº 27444, Título II del Reglamento Nacional de Construcciones, la Ordenanza Nº 836-MML y la Ordenanza Nº 894-MML; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, de conformidad con el Plano signado con el Nº 009-2006-MML-GDU-SPHU el Anteproyecto de Diseño Urbano de la Parcela Nº 7 de 24,610.52 m2, cali fi cada con Uso Residencial de Densidad Baja “R-1”, la cual respeta los aportes reglamentarios establecidos en la Ordenanza Nº 836-MML. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a Arenera La Molina S.A. y Otros, la Independización de la Parcela Nº 7 de 24,610.52 m2, cali fi cada con Uso Residencial de Densidad Baja “R-1”, según la descripción que fi gura en el Plano signado con el Nº 010-2006-MML-GDU-SPHU y Nº 011-2006-MML-GDU-SPHU y las Memorias Descriptivas Nº 005-2006-MML-GDU-SPHU y Nº 006-2006-MML-GDU-SPHU que forman parte de la presente Resolución, quedando el área matriz reducida de 949,570.91 m2 a 924,960.39 m2, como consecuencia de la Independización que se autoriza por la presente Resolución. Artículo Tercero.- DISPONER, que los propietarios o futuros adquirentes de la parcela Resultante, están obligados a efectuar el procedimiento de Habilitación Urbana con sujeción a las normas vigentes que regulan dicho proceso, dejando los aportes reglamentarios a los que se encuentren afectos. Artículo Cuarto.- Disponer, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano a cargo de los interesados, debiendo efectuarse en un plazo no mayor de 30 días calendario contados a partir de la fecha de su noti fi cación. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la O fi cina Registral de Lima, a la Municipalidad Distrital de La Molina y a la administrada para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIELLA BUENO OTINIANO SubgerenteSubgerencia de Planeamiento yHabilitaciones UrbanasGerencia de Desarrollo Urbano 8978-1 MUNICIPALIDAD DE LURIN Aprueban proyecto de regularización de habilitación urbana ejecutada en terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN SUBGERENCIAL Nº 011-2006-SGOPHU-GDU/ML Lurín, 15 de noviembre de 2006