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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de diciembre de 2006 335475 Modifican R.S. Nº 523-2006-DE/MGP relativa al cargo de Comandante General de la Marina de Guerra del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 549-2006-DE/MGP Lima, 26 de diciembre de 2006CONSIDERANDO:Vista la Resolución Suprema Nº 523-2006-DE/MGP de fecha 20 de diciembre de 2006, relativa al cargo de Comandante General de la Marina de Guerra del Perú; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car el artículo 1º de la Resolución Suprema Nº 523-2006-DE/MGP de fecha 20 de diciembre de 2006, en los términos siguientes: “Dar por concluida la designación del Almirante Jorge Ampuero Trabucco, en el cargo de Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, el 31 de diciembre de 2006, por la causal de Pase al Retiro por 35 años de servicios, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la nación” Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 10149-9 Autorizan al Centro de Altos Estudios Nacionales la confección de carpetas a color con el logo del CAEN, para actividades académicas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1259-2006-DE/SG Lima, 13 de diciembre de 2006Vistos el O fi cio Nº 755-VAAE/B/01/DCP del 23 de noviembre del 2006; CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio Nº 2279 CAEN/OF.ADMTV/ U.ABASTO Y SSGG del 17 de noviembre del 2006, el Director Ejecutivo del Centro de Altos Estudios Nacionales, solicita la confección de carpetas a color con el logo del CAEN, para actividades académicas; Que, el CAEN es la Institución Académica de más alto nivel del Sistema de Defensa Nacional, encargada de capacitar y especializar a nivel de postgrado, bajo el principio de autonomía académica, a personal seleccionado del sector público y privado, en materia de Seguridad y Defensa Nacional, para lo cual viene dictando Maestrías, Diplomados, Cursos de Defensa Nacional, Cursos de Altos Estudios en Política y Estrategia, requiriendo para talfi n contar con material impreso a color; Que, de producto del dictado de los cursos precitados en el considerando precedente, generan recursos fi nancieros que sirven para solventar las necesidades de bienes, servicios y pago de catedráticos; Que, mediante D.S. Nº 050-2006-PCM del 8 de agosto del 2006, se prohíbe en las entidades del Sector Público, la impresión, fotocopiado y publicaciones a color para efectos de comunicaciones y/o documentos de todo tipo debiendo éstos efectuarse en blanco y negro; pudiendo el titular de la entidad o quien éste delegue, autorizar excepcionalmente la confección de impresos a color para casos debidamente justi fi cados en consecuencia, debe autorizarse al CAEN la confección de carpetas a color con fi nes académicos; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Centro de Altos Estudios Nacionales la confección de carpetas a color con el logo del CAEN, para actividades académicas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZON Ministro de Defensa 10139-1 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1378-2006-DE/SG Lima, 21 de diciembre de 2006CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 1334 de fecha 4 de diciembre de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos de América, en el marco del Convenio fi rmado en 1984, entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministro de Marina de entonces y la Marina de los Estados Unidos, construyó dos sedes en el Perú; en las cuales labora personal militar americano; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 2 de enero al 8 de febrero de 2006, para realizar un entrenamiento en enfermedades tropicales en los laboratorios del Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZON Ministro de Defensa 10139-2