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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de diciembre de 2006 335482 el 30 de diciembre del 2006, que tengan aula a cargo u horas de clase, en cualquier nivel de Educación Básica Regular en Instituciones Educativas Públicas o que funcionan en Convenio con el Ministerio de Educación. Pueden participar los docentes que, gozando de licencia, quieran tomar parte en esta actividad. Para ello, lo deben solicitar por escrito a su Institución Educativa o a su UGEL 4.3.4 No participan en esta evaluación censal los docentes que están destacados en las DRE, UGEL, en la ONDEC, ODE u otra institución pública y que realicen funciones administrativas. Tampoco participan los directores y personal jerárquico que no tiene hora de clase o aula a cargo. 4.3.5 Veri fi can y visan los listados fi rmados que enviaron los directores de las instituciones educativas. 4.3.6 Autorizan la evaluación de cualquier docente que trabaje en aula y no aparece en la nómina, siempre que acredite con su boleta de pago o su D.N.I. que trabaja en Educación Básica Regular en una Institución Educativa Pública o por Convenio. 4.3.7 Entregan la nómina de docentes por I.E. a los Supervisores del Operador Logístico para que sean publicadas en cada aula de los locales de aplicación. 4.3.8 Coordinan con los directores de las instituciones educativas de su ámbito, donde se realizará la evaluación censal, las acciones que contribuyan al logro de los objetivos de esta actividad. 4.3.9 Coordinan con la DRE y el Supervisor del Operador Logístico, la difusión de los locales en los cuales se desarrollarán las evaluaciones de docentes, así como la publicación y difusión de los listados de docentes, en los locales de evaluación y en cada una de sus aulas. Cada aula recibirá treinta docentes. 4.3.10 Veri fi can que el Operador Logístico pegue en un lugar de fácil observación de cada local de evaluación, la relación de los docentes que deben asistir a cada uno de los ambientes. 4.3.11 Veri fi can, en cada local de evaluación, el ingreso de los docentes, y monitorean el acto de aplicación de los instrumentos. 4.3.12 Supervisan que los aplicadores del Operador Logístico veri fi quen la asistencia de los docentes, en cada aula, de acuerdo al listado correspondiente. 4.3.13 Al inicio de la aplicación de la evaluación censal se levanta un Acta, por aula y, al fi nal, se la fi rma colocando la hora. Si hubiese alguna observación que el representante del Ministerio de Educación o el Operador Logístico quisieran hacer, se escribe en el Acta y la fi rma quien hizo la observación. 4.3.14 Resuelven con el Supervisor del Operador Logístico, las situaciones no previstas en la presente norma. 4.4 LOS DIRECTORES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS 4.4.1 Si el local de la institución educativa es elegido para ser sede de la evaluación censal, el Director brinda todas las facilidades al Operador Logístico para su adecuación teniendo en cuenta que participan 30 docentes por aula. 4.5 DE LOS PROFESORES DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR 4.5.1 La asistencia para la prueba de evaluación a la que se re fi ere la presente directiva tiene el carácter de obligatoria. Se realiza en la UGEL en la que se trabaja. V. LUGAR, FECHA Y HORA DE LA EVALUACIÓN DE PROFESORES 5.1 Lugar 5.1.1 El Ministerio de Educación, en coordinación con las Direcciones Regionales de Educación y con el Operador Logístico, establecen los lugares de evaluación docente. 5.1.2 Las Direcciones Regionales de Educación y las UGEL son responsables de comunicar a los profesores el lugar donde se presentarán para la Evaluación. 5.2. Fecha y hora 5.2.2 La Evaluación de Profesores será el lunes 8 de enero del 2007 a las 8.30 de la mañana.VI. PROCESO DE LA APLICACIÓN DE LA PRUEBA 6.1.1 Cada docente ingresará al local de aplicación que le corresponde, identi fi cándose con su Documento de Identidad Nacional - DNI (original). 6.1.2 El proceso de aplicación de la prueba de docentes, estará a cargo del Operador Logístico. VII. ESTRUCTURA DEL CUADERNILLOCada docente recibirá un cuadernillo que consta de las siguientes partes: Datos personales y profesionalesPruebaCuestionario. Estructura de la prueba Tiene dos partes: Primera Parte, general para todos los docentes: 7.1.1 Habilidades básicas de comprensión lectora.Esta parte se centra en comprensión de textos escritos: capacidad de identi fi car, relacionar e integrar la información y de fi nir el propósito y contenido del texto. La comprensión de textos tiene 20 ítemes. 7.1.2 Competencias de lógico matemática. Explora el razonamiento lógico matemático y contiene ítemes sobre comprensión, interpretación y resolución de problemas, aplicando conceptos, procedimientos y cálculos básicos. Tiene 20 ítemes 7.1.3 Conocimientos generales del Currículo Se re fi ere a la fundamentación del currículo, organización de las áreas curriculares, diversi fi cación, programación. Tiene 20 ítemes. Segunda Parte, es diferenciada. El docente resolverá la que le corresponde, de acuerdo al nivel educativo en el que se encuentre trabajando actualmente. Tiene 20 ítemes 7.1.4 Conocimiento del Currículum de cada nivel educativo. Contenidos teórico prácticos curriculares del nivel educativo en el trabaja. Hay una prueba para inicial, otra para primaria y otra para secundaria, las tres son diferenciadas. Tiene 20 ítemes. Cuestionario. Es de carácter informativo, no se evalúa y permitirá conocer la opinión de los docentes respecto a las acciones de capacitación que se realicen posteriormente. Tipo de preguntas.La prueba tiene preguntas cuyas respuestas son de opción múltiple. En una fecha posterior el Ministerio de Educación administrará a los docentes, pruebas por cada una de las especialidades VIII. ACCIONES POSTERIORES A LA EVALUACIÓN CENSAL Todo profesor que participe en la evaluación censal será tomado en cuenta en las acciones de desarrollo profesional que realice el Ministerio de Educación. Su participación en la línea de base permitirá, al docente, conocer su punto de partida y al Ministerio de Educación, determinar las acciones necesarias para desarrollar un Programa Nacional de Capacitación Docente y avanzar en el diseño del Sistema de Formación Continua, así como las acciones de fortalecimiento educativo institucional y regional. Cada docente, en particular, recibirá la información de los resultados de su evaluación si lo solicita, la misma que tendrá una valoración cualitativa. IX. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS9.1.1 A los docentes nombrados y contratados, se les reconocerá la suma de treinta nuevos soles por concepto de gastos de movilidad y refrigerio que se originen como consecuencia de su participación en este proceso de