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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2006 (06/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 7

PÆg. 309417 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de enero de 2006 para el año Fiscal 2006, las Leyes Nºs. 27790 y 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Carmen Huapaya Huapaya, profesional que presta servicios ala Gerencia de Textil, Confecciones y Accesorios de PROMPEX, a la ciudad de Nueva-York - Estados Unidos de Norteamérica, del 6 al 11 de enero del 2006, paraque en representación de PROMPEX participe en la Feria Accessories The Show, a realizarse en dicha ciudad. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto del Pliego 008 Comisión para la Promociónde Exportaciones, del Sector 35 Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 001 Comisión para la Promoción de Exportaciones, Función 11 Industria,Comercio y Servicio, Programa 040 Comercio, Sub- Programa 0110 Promoción Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 220,00 x 5 días) : US$ 1 100,00 - Pasajes : US$ 1 310,00- Tarifa Corpac : US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la representante de PROMPEX, autorizada mediante el Artículo 1º de la presente resolución, presentará al Titular de la Entidadun informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 00173 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la Repœblica de personal militar de MØxico, Venezuela, Guatemala, Corea, Brasil, Uruguay, PanamÆ, Chile,Alemania, Ecuador y EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 738-2005-DE/SG Lima, 29 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DSL-AMA) Nº 840, recibido con fecha 3 de diciembre del año 2005, el Secretario de PolíticaExterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la Armada de México, Venezuela, Guatemala,Corea, Brasil, Uruguay, Panamá, Chile, Alemania, Ecuador a bordo del Buque Escuela ARM. "CUAUHTÉMOC" (BE-01), sin armas de guerra; Que, el Buque Escuela "CUAUHTÉMOC" (BE-01) de la Armada Mexicana va a realizar una Visita Oficial al Puerto del Callao en el desarrollo del Crucero de Instrucción"CIRCUNNAVEGACIÓN - 2006", dicha visita es con el propósito de afianzar y estrechar los lazos de amistad y reciprocidad existentes entre ambas Instituciones Navales; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de laRepública, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica,actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en laque se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de México, Venezuela, Guatemala, Corea, Brasil, Uruguay,Panamá, Chile, Alemania, Ecuador a bordo del Buque Escuela ARM. "CUAUHTÉMOC" (BE-01), cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de lapresente Resolución, del 29 diciembre de 2005 al 6 enero de 2006, con la finalidad de llevar a cabo una Visita Oficial al Puerto del Callao, en el desarrollo del Crucero deInstrucción "CIRCUNNAVEGACIÓN - 2006". Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a laComisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacióna la que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 00215 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 739-2005-DE/SG Lima, 29 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DSL-AMA) Nº 843, de fecha 7 de diciembre del año 2005, el Director General para Asuntosde Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos deAmérica, sin armas de guerra; Que, el personal militar americano viene a realizar la Conferencia Inicial del Ejercicio Regional de Operacionesde Paz del año 2006, en el que el Perú será el país anfitrión; este Ejercicio servirá de preparación a los futuros participantes de las misiones de Operaciones dePaz de las Naciones Unidas; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para elingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armasde guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en laque se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de