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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2006 (19/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 9

PÆg. 310491 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de enero de 2006 actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en laque se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Chile,cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 4 al 7 de diciembre de 2005, para realizar una visita oficial atendiendo unainvitación de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a laComisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorizacióna la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de RelacionesExteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 01127 REPUBLICADELPERU MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS COMUNICADO Nº 001 - 2006-EF/76.01 A LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS DE LOS GOBIERNOS NACIONAL, REGIONAL Y LOCAL PRESENTACIÓN A LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO DE SOLICITUDES SOBRE MODIFICACIONES EN EL NIVEL FUNCIONAL PROGRAMÁTICO A REALIZARSE DURANTE EL MES DE ENERO DEL AÑO FISCAL 2006 La Dirección Nacional del Presupuesto Público comunica lo siguiente: 1. El Inciso f) del Artículo 6º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006 señala que a nivel de Pliegos, el Grupo Genérico de Gasto 1. “Personal y Obligaciones Sociales” no es objeto de Habilitaciones con cargo a Anulaciones Presupuestarias de otrosGrupos Genéricos de Gasto, salvo entre otras, las modificaciones en el nivel funcional programático, que se realicen durante el mes de enero, previo informe favorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público. 2. Las Directivas Nºs. 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución el Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2006 y 002-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecucióndel Proceso Presupuestario de los Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2006, establecen en el Numeral 9.2 del Artículo 9º, respectivamente, que cuando por efecto de la norma legal correspondiente, se requiera informe favorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público,las solicitudes para opinión serán presentadas por los Pliegos, a más tardar cinco (5) días calendario antes del plazo límite fijado. 3. En el marco de las Directivas antes señaladas, el plazo máximo para presentar las solicitudes de informe favorable de la Dirección Nacional de Presupuesto Público para aprobar las modificaciones en el nivel funcional a que hace referencia el Inciso f) del Artículo 6º de la Ley Nº28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006 y que se indica que en el punto 1 del presente Comunicado vence el 26 de enero de 2006. 4. En tal sentido se recomienda a los Pliegos de los Gobiernos Nacional, Regional y Local, adoptar las acciones pertinentes, a fin que sus solicitudes se alcancen a la Dirección Nacional del Presupuesto Público dentro del plazo antes mencionado, considerando que no se puede dartrámite a aquellas solicitudes que lleguen con posterioridad al 26 de enero de 2006. 5. Finalmente, se les recuerda que los requerimientos para incrementar el Grupo Genérico 1.”Personal y Obligaciones Sociales”, tendrían que enmarcarse en las disposiciones de disciplina, racionalidad y austeridad presupuestaria establecidas por la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, como son salvaguardar los programas protegidos deEducación y Salud, entre otros. Lima, 17 de enero de 2006 DIRECCIÓN NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS 01110