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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2006 (19/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 310507 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de enero de 2006 Que, mediante Resolución Ministerial Nº 008-2005- MTC/02, se designó a la Asociación Automotriz delPerú como una de las entidades administradoras de Placas de Exhibición en el territorio nacional, durante el período comprendido entre el 7 de enero y el 31 dediciembre de 2005, período durante el cual cumplió y se sujetó a las obligaciones y responsabilidades establecidas en el Decreto Supremo Nº 055-2003-MTC; Que, la Asociación Automotriz del Perú es una entidad que ha acreditado experiencia en las actividades propiasde la administración de las placas de exhibición, disposición de la infraestructura y personal necesario para el desempeño de dicha labor y solvencia moral yeconómica suficiente, por lo que procede designar a la misma como una de las administradoras de las placas de exhibición en el territorio nacional, pudiendodesignarse otras; Estando a lo informado por la Dirección General de Circulación Terrestre, a través del Informe Nº 279-2005-MTC/15; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio deTransportes y Comunicaciones y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto SupremoNº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2006, a la Asociación Automotriz del Perú como una de las Administradorasde placa de exhibición en el territorio nacional, encargadas de la fabricación de las citadas placas en el territorio nacional, quedando sujeta a las obligacionesy responsabilidades establecidas en el Decreto Supremo Nº 055-2003-MTC. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 01039 FE DE ERRATAS Anexo - DECRETO SUPREMO Nº 032-2005-MTC REGLAMENTO NACIONAL DE FERROCARRILES Mediante Oficio Nº 020-2006-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratasdel Reglamento Nacional de Ferrocarriles, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2005-MTC, y publicado en la edición del día 6 de enero de 2006. En el Artículo 104º DICE: ... Dentro del período de eficiencia restringida, el titular del Permiso de Operación deberá acreditar el cumplimiento de las condiciones establecidas en elArtículo 109º de este Reglamento, con el fin que la Autoridad Competente le reconozca el Permiso de Operación la condición de eficacia plena. DEBE DECIR: ... Dentro del período de eficacia restringida, el titular del Permiso de Operación deberá acreditar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el Artículo 109º de este Reglamento, con el fin que laAutoridad Competente le reconozca al Permiso de Operación la condición de eficacia plena. 01136PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Declaran Duelo Judicial Nacional laborable el día 18 de enero de 2006por sepelio de Presidenta de laAsociación de Damas del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 007-2006-CE-PJ Lima, 18 de enero del 2006CONSIDERANDO: Que, habiéndose producido el sensible fallecimiento de la doctora Cira Olga Rebaza Romero de Vásquez, esposa del señor Presidente del Poder Judicial yPresidenta de la Asociación de Damas de este Poder del Estado, el día 16 de enero del año en curso; resulta pertinente en muestra de solidaridad, establecersimbólicamente en la fecha del sepelio, día de Duelo Judicial Nacional laborable; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión extraordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Javier RománSantisteban por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar Duelo Judicial Nacional laborable, el día 18 de enero del año en curso, por el sepeliode la doctora Cira Olga Rebaza Romero de Vásquez, esposa del señor Presidente del Poder Judicial, y Presidenta de la Asociación de Damas de este Poder del Estado. Artículo Segundo.- Disponer el izamiento a media asta del Pabellón Nacional el 18 de los corrientes, día de las exequias, en todos las dependencias del Poder Judicial. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de la República, a laOficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para los fines correspondientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. ANTONIO PAJARES PAREDESJOSÉ DONAIRES CUBA WÁLTER COTRINA MIÑANO LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ01079 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Reconforman la Primera y Segunda Salas Civiles y la Primera Sala Penal -Reos CÆrcel de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 039-2006-CSJCN/PJ Independencia, dieciséis de enero del dos mil seis.