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PÆg. 310497 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de enero de 2006 el otorgamiento de metas de atención del año 2006, para las carreras profesionales correspondientes. 8.2 Los Institutos Superiores Tecnológicos que se encuentren en proceso de revalidación y no presenten su solicitud dentro del plazo establecido por el D.S.Nº 021-2005-ED, no serán comprendidos dentro de sus alcances. 8.3 Los Institutos Superiores Tecnológicos que no se han presentado al proceso de revalidación no podrán solicitar acogerse al plazo ampliatorio otorgado por el D.S. Nº 021-2005-ED. 01086 ENERGÍA Y MINAS Otorgan concesión temporal a Empresa de Generación Huallaga S.A. paradesarrollar estudios relacionados conactividades de generación de energíaelØctrica de la futura CentralHidroelØctrica Chaglla RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 012-2006-MEM/DM Lima, 6 de enero de 2006VISTO: El Expediente Nº 21138105, sobre otorgamiento de concesión temporal para desarrollarestudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentadopor la Empresa de Generación Huallaga S.A., persona jurídica inscrita en el Rubro A 00001 de la Partida Nº 11565106 del Registro de Personas Jurídicas de laOficina Registral de Lima; CONSIDERANDO:Que, la Empresa de Generación Huallaga S.A. ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesióntemporal para realizar estudio de generación de energía eléctrica de la futura Central Hidroeléctrica Chaglla, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30º del Reglamentode la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la futura instalación citada en el primer considerando estará ubicada en los distritos de Chaglla y Codo del Pozuzo, provincias de Pachitea y Puerto Inca, departamento de Huánuco, en la zona comprendidadentro las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitanteha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 252-2005-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 36º del Reglamento de la Ley deConcesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Otorgar concesión temporal a favor de la Empresa de Generación Huallaga S.A., que se identificará con el código Nº 21138105, para desarrollarestudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Hidroeléctrica Chaglla, para una potencia instalada de 240 MW, por unplazo de dos (2) años contados a partir de la vigencia de la presente Resolución y que estará ubicada en los distritos de Chaglla y Codo del Pozuzo, provincias dePachitea y Puerto Inca, departamento de Huánuco. Artículo 2º .- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán lazona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56):VÉRTICE NORTE ESTE 1 8 928 419,58 420 907,46 2 8 912 070,18 420 907,46 3 8 915 000,00 436 689,414 8 920 473,90 442 996,76 5 8 925 000,00 433 972,40 Artículo 3º .- El concesionario está obligado a realizar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad; preservando el medio ambiente ysalvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación; así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento ydemás normas legales pertinentes. Artículo 4º .- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36º delReglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado; y, entrará en vigencia apartir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 00717 Aprueban transferencia de bienes que conforman el proyecto PequeæoSistema ElØctrico Anta - Limatambo IIEtapa a Electro Sur Este S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 034-2006-MEM/DM Lima, 13 de enero de 2006 CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 021-93-EM del 14 de mayo de 1993, se constituyó la Dirección Ejecutiva deProyectos del Ministerio de Energía y Minas con la finalidad de ejecutar el Plan Nacional de Electrificación Rural enmarcado dentro de los lineamientos de políticadel Sector Energía y Minas y, de modo específico, para llevar a cabo la ejecución y/o coordinación de proyectos electromecánicos, prioritariamente en el área rural yzonas de extrema pobreza; Que, previa Licitación Pública Nº OSP/PER/357/541- OECF, con fecha 27 de febrero de 2001, la DirecciónEjecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas y la firma Consorcio G y M S.A. - Fertécnica, suscribieron el Contrato Nº 01-003-EM/DEP, para la ejecución de lasObras Civiles, Montaje Electromecánico, Pruebas y Puesta en Servicio del Grupo Nº 05 del PAFE I, dentro del cual se encuentra el Pequeño Sistema Eléctrico Anta -Limatambo II Etapa, ubicado en el departamento de Cusco; Que, las obras indicadas han quedado concluidas y han sido recepcionadas, por la Empresa Regional deServicio Público de Electricidad del Sur Este S.A.A. - Electro Sur Este S.A.A., según consta en el Acta de Recepción Provisional del 17 de enero de 2002 y en elActa de Conformidad de Operación Experimental del 17 de abril de 2002; Que, mediante Resolución Directoral Nº 073-03-EM/ DEP de fecha 15 de abril de 2003, se aprobó la Liquidación Final del Contrato de Obra Nº 01-003-EM/ DEP, que estableció un costo final del contrato por laejecución del Proyecto: Pequeño Sistema Eléctrico Anta - Limatambo II Etapa por la suma ascendente a Trescientos Ochenta y Siete Mil Quinientos Setenta yUno y 16/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 387 571,16) incluido IGV; Que, por Resolución Directoral Nº 228-04-EM/DEP del 25 de noviembre de 2004, se aprobó la Liquidación Final del Proyecto, que estableció un Costo Total Ajustado al 31 de diciembre de 2003, de Tres Millones CientoSesenta y Seis Mil Novecientos Uno y 94/100 Nuevos Soles (S/. 3 166 901,94), incluido IGV;