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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G30/G39/G34/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 24 de enero de 2006 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G44/G69/G63/G74/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G69/G2D /G6E/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G6C/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G65/G6E/G20/G74/G61/G6E/G74/G6F/G20/G6E/G6F/G20/G73/G65/G20/G61/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G64/G65/G20/G67/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G6C/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G2D/G20/G44/G49/G4E/G49/G2C/G20/G63/G72/G65/G61/G64/G61 /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G36/G36/G34 DECRETO SUPREMO Nº 003-2006-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28664, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la Dirección Nacional deInteligencia - DINI, se crea la Dirección Nacional deInteligencia - DINI, órgano rector especializado del Sistemade Inteligencia Nacional - SINA, que dirige, coordina,centraliza, integra, procesa y difunde la inteligencia quecon carácter obligatorio, le proveen todos los componentesdel Sistema de Inteligencia Nacional; Que, la Ley antes citada determinó la estructura básica de la Dirección Nacional de Inteligencia y autorizó al PoderEjecutivo a establecer y desarrollar mediante DecretoSupremo de carácter secreto, refrendado por el Presidentedel Consejo de Ministros, el Reglamento de Personal, elCuadro para Asignación de Personal, el Cuadro Normativode Personal y el Presupuesto Analítico de Personal de laDirección Nacional de Inteligencia - DINI, los cuales debenexpedirse dentro de los 120 días hábiles siguientes a laentrada en vigencia de la Ley Nº 28664; Que, asimismo, la indicada Ley en su artículo 31º, estableció que bajo responsabilidad, la Dirección Nacionalde Inteligencia, debe emitir una Directiva que regule laautorización, ejecución, sustentación y control en la rendiciónde cuentas de los recursos especiales utilizados por losórganos que componen el Sistema de Inteligencia Nacional,la misma que para su validez legal deberá contar con laprevia opinión del Contralor General de la Repúblicaexpedida dentro de los 30 días siguientes a su remisión; Que, en consecuencia, en tanto no se aprueben los documentos de gestión normativa de la Dirección Nacionalde Inteligencia - DINI, así como la directiva para laaprobación y ejecución de los recursos especiales delSistema de Inteligencia Nacional - SINA, es necesarioprecisar las disposiciones correspondientes con el fin deno entorpecer la continuidad de las actividades deinteligencia y, así asegurar la producción de inteligenciaque es de interés nacional; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el inciso2) del artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley delPoder Ejecutivo y la Ley Nº 28664; DECRETA:Artículo 1º.- Régimen transitorio Precísese que en virtud a lo dispuesto por el primer párrafo de la Segunda Disposición Final de la Ley Nº 28664 - Ley delSistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la DirecciónNacional de Inteligencia - DINI, el Personal del ex ConsejoNacional de Inteligencia, incluido los funcionarios y empleadosde confianza, continuarán con sus labores en cumplimientode las actividades, funciones y atribuciones y conforme alnivel remunerativo dispuesto en las disposiciones normativasde gestión vigentes, en tanto no culmine el proceso detransferencia de personal y la aprobación de los documentosnormativos de gestión referidos en la Tercera DisposiciónTransitoria y la Tercera y Cuarta Disposición Complementariade la Ley Nº 28664, respectivamente. Artículo 2º.- Recursos especiales Precísese que la referencia al ex Consejo Nacional de Inteligencia que aparece en los instrumentos y normativainterna que regulan el uso de los recursos destinados a laproducción de inteligencia vigentes al 4 de enero de 2006,se entiende hecha a la Dirección Nacional de Inteligencia,siendo de plena aplicación hasta la aprobación de la Directiva a que se refiere el artículo 31º de la Ley Nº 28664 - Ley delSistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la DirecciónNacional de Inteligencia - DINI. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y FinanzasEncargado de la Presidencia delConsejo de Ministros 01443 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G71/G75/G65 /G61/G73/G69/G73/G74/G69/G72/GE1/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G65/G72/G65/G6D/G6F/G6E/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G64/G65/G6C/G20/G4D/G61/G6E/G64/G6F/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G64/G65/G20/G48/G6F/G6E/G64/G75/G72/G61/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 033-2006-PCM Lima, 23 de enero de 2006 CONSIDERANDO:Que, el día 27 de enero de 2006 se llevará a cabo la Ceremonia de Transmisión de Mando Presidencial de laRepública de Honduras al Presidente Electo, Sr. ManuelZelaya Rosales a la cual ha sido invitado el señor Presidentede la República, doctor Alejandro Toledo; Que el Gobierno Peruano, a través de su política exterior, busca estrechar y fortalecer los vínculos de amistady cooperación con los diversos países de la región; Que, el señor Presidente, por motivos de su recargada agenda y de compromisos previamente asumidos, no podráparticipar en dicha ceremonia, habiendo encargado larepresentación del Gobierno Peruano, al señor Presidentedel Congreso de la República, doctor Marcial AyaipomaAlvarado, quien presidirá una delegación conformada porfuncionarios del Servicio Diplomático de la República; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la TerceraDisposición Transitoria de la Ley Nº 28562; la Ley Nº 27619,Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidoresy funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado por elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto de UrgenciaNº 015-2004, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 006-2005; el Decreto Supremo Nº 007-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar la Delegación Oficial que asistirá en representación del Gobierno Peruano, a la Ceremoniade Transmisión de Mando Presidencial de la República deHonduras, a realizarse en la ciudad de Tegucigalpa, losdías 26 al 28 de enero del presente año, que estaráconformada por las siguientes personas: - Congresista Marcial Ayaipoma Alvarado, Presidente del Congreso de la República, quien la presidirá. - Ministro del SDR, Gustavo Antonio Otero Zapata, Embajador del Perú en la República de Honduras. - Ministro en el SDR, Juan Carlos Gamarra Skeels, Director General de México, Centroamérica y El Caribe; y, - Tercer Secretario en el SDR, César Ramón Salinas Olivera, Funcionario de la Embajada del Perú en Honduras. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje del señor Marcial Ayaipoma Alvarado serán asumidos por el DespachoPresidencial de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 707,20 Viáticos por día : US$ 200,00 T arifa Corpac : US$ 30,25