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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (02/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 79

PÆg. 311833 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de febrero de 2006 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Establecen Programa de Regularización de Deudas para inquilinos de tiendasy locales comerciales ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2006-MDLP-ALC La Punta, 20 de enero de 2006 VISTOS: En Concejo Municipal del distrito de La Punta, en su Sesión Ordinaria de fecha 20 de enero del 2006; CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú precisa que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 29) artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades,corresponde al Concejo aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicoslocales; Que, debido a la actual situación económica existen inquilinos de tiendas y locales comerciales con deudaspendientes de pago, las cuales desean ser regularizadas por los conductores y para ello el Municipio ha visto conveniente otorgar facilidades de pago por MercedConductiva; Que, el Manual de Organización y Funciones establece que el Departamento de Comercialización seencarga de realizar las negociaciones respectivas por las deudas de los alquileres con los arrendatarios; Estando a lo expuesto por la Gerencia de Rentas y Comercialización según Memorando Nº 015-2006-MDLP/GRC, con la visación de la Secretaría General, Gerenciade Rentas y Comercialización y Asesoría Legal, y enejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Establecer el Programa de Regularización de Deudas para los inquilinos de tiendas y locales comerciales que tengan adeudos por Merced Conductiva con las siguientes condiciones:fraccionamiento hasta en 60 meses y una cuota inicialdel 5% del monto insoluto. Artículo Segundo.- Aquellos inquilinos que tengan un convenio de fraccionamiento o compromiso de pago suscrito con la Municipalidad y tengan cuotas vencidas de pago, podrán reformularlo por la deuda total, bajo lascondiciones referidas en el artículo 1º. Artículo Tercero.- En interés compensatorio mensual a aplicar a la deuda materia de fraccionamiento, esequivalente al 80% de la Tasa de Interés Moratorio (TIM) vigente. Este interés es a rebatir, es decir sobre el saldo de la deuda. Artículo Cuarto.- Establézcase el cobro de Interés Moratorio en caso de atraso en el pago de las cuotasestablecidas en el Convenio de Fraccionamiento, elmismo que se generará a partir del día siguiente a la fecha de vencimiento, cobrándose la tasas de interés moratorio que fija la Superintendencia de Banca ySeguros Artículo Quinto.- El incumplimiento de pago de dos cuotas del convenio de fraccionamiento señaladoen el Artículo Primero dará lugar a la resolución del mismo.Artículo Sexto.- La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Sétimo.- Encárguese a la Gerencia de Rentas y Comercialización la revisión, evaluación,calificación y suscripción de los Convenios deFraccionamiento que se originen en virtud a la presente ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase.WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 01931 Otorgan Amnistía Total hasta el 28 de febrero de 2006, a contribuyentes quetengan deudas tributarias con laMunicipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2006-MDLP-ALC La Punta, 26 de enero de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO:En Concejo Municipal del distrito de La Punta, en su Sesión Ordinaria de fecha 26 de enero del 2006; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú precisa que los Gobiernos Locales tienen autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas en la creación, modificación y suspensión de suscontribuciones, arbitrios, derechos y licencias, deconformidad con los artículos 191º y 192º incisos 2) y 3)de la Constitución Política del Perú, concordante con lasNormas III y IV del Título Preliminar del Código Tributario; Que, es necesario brindar facilidades a los contribuyentes del distrito, para que cumplan con ponerseal día en el pago de sus obligaciones tributarias; Que, el artículo 41º del Código Tributario, establece que los Gobiernos Locales en forma excepcionalpueden condonar, con carácter general el interés moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Estando expuesto por la Gerencia de Rentas y Comercialización según Memorando Nº 021-2006-MDLP/GRC y a lo opinado por Asesoría Legal través del InformeNº 031-2006-MDLP/HBA y en mérito de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Otorgar a partir del día siguiente de publicada la presente Ordenanza hasta el 28 de febrero del año 2006, una AMNISTÍA TOTAL para loscontribuyentes que mantengan deudas tributarias con elMunicipio, la cual consiste en la condonación de interesesmoratorios, costas y gastos procesales, de seraplicables. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Comercialización, el fiel cumplimiento de lapresente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 01932