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PÆg. 311821 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de febrero de 2006 los principios rectores de las políticas y la gestión regional como es la gestión moderna y rendición de cuentas, laeficacia y eficiencia; Que, los literales a) y q) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionalesseñalan que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia yfunciones del Gobierno Regional y aprobar el plan regionalde desarrollo de capacidades humanas y el programade desarrollo institucional; Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que es atribución del Presidente del Gobierno Regionalpromulgar las Ordenanzas Regionales y ejecutar losAcuerdos del Consejo Regional; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902; el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros y la dispensa del trámitede lectura de Acta aprobó la siguiente OrdenanzaRegional: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Transferencias Sectoriales al Gobierno Regional de Ayacucho del año 2005, cuyo texto adjunto forma parteintegrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicación de la presenteOrdenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.OMAR QUESADA MARTÍNEZ Presidente 01930 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Solicitan a la Municipalidad Distrital de Barranco la paralización inmediata de obras en el sector Costa Verde desu jurisdicción durante la temporadade verano AUTORIDAD DEL PROYECTO COSTA VERDE Municipalidad Metropolitana de Lima, Chorrillos, Barranco, Miraflores, San Isidro, Magdalena del Mar y San Miguel Los miembros de la Autoridad del Proyecto Costa Verde - APCV en concordancia con la Ley Nº 26306, suReglamento aprobado por D.S. Nº 01-95-MTC, y la Ord. Nº 750-MML, acordaron hacer de conocimiento público el siguiente Acuerdo adoptado en la SesiónNº 207 de fecha 30.1.06 ACUERDO Nº 809 El Consejo Directivo de la APCV solicita a la Municipalidad Distrital de Barranco, que disponga laparalización inmediata de las obras, que se vienenejecutando en el sector Costa Verde de su jurisdiccióndurante la temporada de verano, en aplicación al art. 37ºde la Ordenanza Nº 750-MML. Documento Original firmado por: el Sr. Ricardo de la Piedra Cassinelli, Representante de la MunicipalidadMetropolitana de Lima; Sr. Martín del Pomar Saettone, Alcalde de la Municipalidad de Barranco; Dr. AntonioUccelli Rodríguez, Teniente Alcalde - Representantede la Municipalidad de San Isidro; Dr. César AlayoRamos, Representante de la Municipalidad deMiraflores; Sr. Carlos Aguayo Jiménez, Representante de la Municipalidad de Magdalena del Mar; Dra. Teresa Canevaro Bocanegra, Representante de laMunicipalidad de San Miguel y Lic. Alfonso CamposAlvarez, Secretario General Permanente -Representante de INVERMET. RICARDO DE LA PIEDRA CASSINELLI Presidente de la Autoridaddel Proyecto Costa Verde 01912 MUNICIPALIDAD DE ATE Modifican artículo del Reglamento Interno de Trabajo para los Obreros Municipales DECRETO DE ALCALDÍA Nº 053 Ate, 30 de diciembre de 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; los Informes Nºs. 986-05 y 1153-05-SGP- GA/MDA de la Subgerencia de Personal; el InformeNº 2957-05-GAJ/MDA de la Gerencia de AsuntosJurídicos; el Informe Nº 564-05-GA/MDA de la Gerenciade Administración y el Proveído Nº 4109-05-GGM-MDA de la Gerencia General Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 010 de fecha 25.2.02 se aprobó el Reglamento Interno de Trabajo para los Obreros Municipales, en cuyo artículo 85º se ha previsto la conformación de un Comité de CalificaciónPermanente que tendrá a su cargo la evaluación de lasfaltas de los obreros que podrían originar un CeseTemporal mayores a 15 días hasta 12 meses, el cualestaría integrado por tres miembros de los cuales dos (2) son designados por la administración y uno (1) por los obreros. Que, el objetivo es determinar las condiciones y/o relaciones a que deben sujetarse tanto la Municipalidadcomo los trabajadores obreros en la prestación deservicios; determinando los derechos y obligaciones que deben observarse dentro del marco legal laboral y convencional. Que, la finalidad es modificar el artículo 85º del Reglamento Interno de Trabajo para ObrerosMunicipales, que permita realizar un efectivo procesode sanción, que asegure el cabal cumplimiento de las normas laborales, orientadas a corregir las transgresiones que afecten al servicio que brinda laMunicipalidad. Que, el procedimiento para establecer normas y procedimientos tiene su base legal en la ConstituciónPolítica del Perú artículos 191º y 192º, Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Ley Nº 27469, Ley Nº 039-91-TR, Decreto LegislativoNº 728, Decreto Supremo Nº 002-97-TR, DecretoSupremo Nº 003-97-TR, Ley Nº 27573 Ley dePresupuesto del Sector Público para el año 2002. Que, mediante Informe Nº 986-05-SGP-GA/MDA la Subgerencia de Personal solicita opinión legal a la Gerencia de Asuntos Jurídicos respecto a lamodificación del artículo 85º del Reglamento Interno paraObreros Municipales ya que se observó que dice: “ElComité de Calificación Permanente estará conformado