Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2006 (02/02/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, jueves 2 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

Pag. 311819

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 4 de octubre del 2005, trato el tema relacionado al Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de la Direccion Regional de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que es mision del Gobierno Regional organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region; Que, el literal f) del articulo 9º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que es competencia constitucional del Gobierno Regional, dictar normas inherentes a la gestion regional; Que, el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales senala que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, resulta pertinente la implementacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Direccion Regional de Salud aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 025-05-GRA/CR de fecha 11 de MORDAZA del 2005; Que, el articulo 15º del Decreto Supremo Nº 43-2004PCM, establece que los MORDAZA para Asignacion de Personal ­ CAP, deben ser aprobados por Ordenanza Regional, en el caso de los Gobiernos Regionales; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, el Consejo Regional con el MORDAZA unanime de sus miembros y dispensa del tramite de lectura del Acta, aprobo la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignacion del Personal - CAP de las siguientes instituciones: - Sede de la Direccion Regional de Salud de Ayacucho; - Hospital Regional de Ayacucho; - Direccion de la Red de Salud Huamanga; - Direccion de la Red de Salud Huanta; - Direccion de la Red de Salud San Miguel; - Direccion de la Red de Salud San Francisco; - Direccion de la Red de Salud Centro Ayacucho; - Direccion de la Red de Salud Puquio; y - Direccion de la Red de Salud Coracora; cuyos textos anexados forman parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DEJESE sin efecto toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Direccion Regional de Salud de MORDAZA la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 01933

Crean el Consejo Regional de la Persona con Discapacidad de la Region MORDAZA - COREDIS
ORDENANZA REGIONAL Nº 052-05-GRA/CR MORDAZA, 27 de diciembre del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 22 de Agosto del 2005, trato el tema relacionado al Consejo Regional de la Persona con Discapacidad de la Region MORDAZA - COREDIS; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que es mision del gobierno regional organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo sostenible de la region; Que, el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales senala que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el literal h) del articulo 60º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que es funcion especifica del Gobierno Regional en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, formular y ejecutar politicas y acciones concretas orientadas para la asistencia social se torne productiva para la region con proteccion y apoyo a los ninos, jovenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situacion de riesgo y vulnerabilidad; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Organica de Gobiernos Regionales, senala que es atribucion del Presidente promulgar las Ordenanzas Regionales y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902; el Consejo Regional con el MORDAZA unanime de sus miembros, aprobo la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- CREASE, el Consejo Regional de la Persona con Discapacidad de la Region MORDAZA COREDIS, como un organo consultivo, de participacion y fiscalizacion de la Region Ayacucho. Articulo Segundo.- El COREDIS estara conformado por los representantes de las siguientes Instituciones: - Gobierno Regional de MORDAZA - Prefectura Regional - Policia Nacional del Peru - Ejercito Peruano - MORDAZA - Direccion Regional de Educacion - Direccion Regional de Salud - Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo - Direccion Regional de Transpor tes y Comunicaciones - Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento - FONCODES - MIMDES MORDAZA - ESSALUD - CONADIS - MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.