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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (02/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 70

PÆg. 311824 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de febrero de 2006 Que, mediante Informe Nº 03-06-OREC-SG/MDA, la Oficina de Registro Civil, recomienda celebrar elMatrimonio Civil Comunitario, el viernes 3 de marzo de2006, en el Parque FAP de la Urbanización Residencialde Salamanca de Monterrico, indicando los requisitosque deben de cumplir los contrayentes, proponiendo el costo del acto, así como la programación para la celebración. Que, asimismo con Informe Nº 08-06-OREC-SG/ MDA la Oficina de Registro Civil señala que conrespecto al Edicto Matrimonial y de acuerdo a loestablecido en el artículo 252º del Código Civil se solicita la exoneración de publicación de edicto para las parejas contrayentes. Que, mediante Informe Nº 199-06-GAJ/MDA, la Gerencia de Asuntos Jurídicos señala que el artículo248º del Código Civil establece los requisitos queacompañarán todas aquellas personas que requieran contraer Matrimonio Civil, los cuales declararán su solicitud oral o por escrito ante el Alcalde Provincial oDistrital. Que, mediante Informe Nº 232-06-GAJ/MDA, la Gerencia de Asuntos Jurídicos hace presente que segúnlo establece el artículo 252º del Código Civil el Alcalde puede dispensar la publicación de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todoslos documentos exigidos en el artículo 248º del CódigoCivil. Que, ante la necesidad de varias parejas de convivientes del distrito, de formalizar su estado civil, teniendo en cuenta la acogida de este tipo de celebraciones entre los vecinos, la Gerencia de AsuntosJurídicos opina que es procedente la celebración delMatrimonio Civil Comunitario. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas de acuerdo al inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA:Artículo 1º.- AUTORIZAR, la realización del Matrimonio Masivo Comunitario por el 44º Aniversario de la Urbanización Residencial de Salamanca deMonterrico; en mérito a los considerandos antesexpuestos. Artículo 2º.- ESTABLECER, como pago por derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 50.00 (Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles) por cada pareja; asimismo exonerar la publicación de los EdictosMatrimoniales de los contrayentes, debiendo ademásadjuntar los siguientes requisitos: a) D.N.I. de los contrayentes, vigentes - original y copia. b) Partidas de Nacimiento de los contrayentes, original actualizada. c) Certificado de salud de ambos, expedido por el Centro de Salud. d) Dos testigos con D.N.I. vigente en original y copia (no familiares). e) Fólder Manila A4. Artículo 3º.- ESTABLECER el siguiente cronograma: MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO (SALAMANCA) - Del 30 de enero al 17 de febrero de 2006, inscripción de las parejas en la Agencia Municipal de Salamanca. - Celebración del Matrimonio Civil, viernes 3 de marzo de 2006, a horas 06:00 p.m. en el Parque FAP de la Urbanización Residencial de Salamanca de Monterrico. Artículo 4º.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia General Municipal, laOficina de Registro Civil y Secretaría de Imagen Institucional, la coordinación, divulgación general y otras acciones que sean necesarias.Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LEONARDO VÍLCHEZ FERNÁNDEZ Alcalde 02023 MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA Aprueban Reglamento de Organización Interior del Concejo y Órganigrama ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-06-MCPSMH C.P. de Santa María de Huachipa, 17 de enero de 2006 VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de enero del 2006, el proveído Nº 131-2006 GM/MCPSMH de la Gerencia Municipal adjuntado elOrganigrama y el Reglamento de OrganizaciónInterior del Concejo. CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº 768 del Concejo Metropolitano de Lima, se conformó la Comisión Técnicade Apoyo que tiene por objeto el cumplimiento de las facultades y competencias el cual luego deberá proponer al Concejo Metropolitano el proceso de transferenciaspresupuestales. Que asimismo la referida ComisiónTécnica tiene bajo su responsabilidad la elaboración yproposición de los instrumentos de gestión a fin de seraprobados por la Alta Dirección del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, Que la cuarta disposición transitoria final señala que la Municipalidad del C.P. de Santa María de Huachipa,deberá adecuarse según las competencias y funcionesdispuestas en la presente Ordenanza. Que la Comisión Técnica de Apoyo a la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, ha remitido a esta Municipalidad elReglamento Interior del Concejo y el Organigramasegún Oficios Nº 001-2005 MML/CTAMCPSMH yNº 002-2005 MML/CTAMCPSMH; Que sometido a votación conforme al Reglamento de Sesiones, por unanimidad los señores Regidores en uso de la facultad conferida en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánicade Municipalidades; ACUERDA: Artículo 1º.- APROBAR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN INTERIOR DEL CONCEJO Y ELORGANIGRAMA elaborado, revisado y encontradoconforme por la Comisión Técnica de Apoyo a laMunicipalidad del Centro Poblado de Santa María deHuachipa, por los considerandos expuestos. Artículo 2º.- AUTORIZAR A LA SEÑORA ALCALDESA MARIA ANGELICA FONSECA ESPINOZAla publicación e implementación de la nueva estructuraorgánica de esta Municipalidad, la misma que se encuentra debidamente presupuestada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 050-05 MCPSMH. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y archívese. MARIA A. FONSECA ESPINOZA Alcaldesa