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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G31/G38/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de febrero de 2006 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F AGRICULTURA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G53/G65/G72/G69/G63/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G20/G79/G20/G43/G75/G6C/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G6F/G72/G65/G72/G61/G2C/G20/G61/G54/G61/G69/G6C/G61/G6E/G64/G69/G61/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0084-2006-AG Lima, 2 de febrero de 2006 VISTO: El Oficio RE (GAB) Nº 2-9/2, de fecha 18 de enero de 2006, del Ministro de Relaciones Exteriores; y, CONSIDERANDO:Que, del 3 al 9 de febrero de 2006, una Delegación Oficial Peruana visitará el Reino de Tailandia, a fin de fortalecer la cooperación bilateral y el intercambio deexperiencias en el campo de la museología y áreasvinculadas a temas agrícolas; Que, dado el interés del Gobierno Peruano en desarrollar la industria de la seda, en dicha visita se tratarán asuntos vinculados a la Cooperación Agrícola en el plano de la Sericultura, para lo cual se haprogramado reuniones con expertos del Instituto deSericultura ¨Reina Sirikit¨, entidad que centraliza laspolíticas, proyectos y programas que han convertido ala industria Tailandesa de la seda en una de las más exitosas del mundo; Que, a través del documento del Visto, se solicita al Ministerio de Agricultura que designe a unrepresentante vinculado a asuntos de cooperaciónagrícola en el plano de la sericultura, para que integrela delegación; Que, mediante Ley Nº 28502 se conformó la Comisión Multisectorial encargada de la Promoción yProducción de la Sericultura y Cultivo de la Morera cuyoobjeto es incluirla como de preferente prioridad dentrode los programas alternativos del cultivo de la coca;cuyo presidente es el sociólogo Andrés Escudero Cabada, Director de la Oficina de Cooperación Técnica y Financiera de la Oficina General de PlanificaciónAgraria; Que, según el Decreto de Urgencia Nº 002-2006 están exceptuados de la prohibición de viajes alexterior, aquellos que realicen funcionarios del Estado y que estén destinados a efectuar acciones de promoción y/o negociación económica comercial deimportancia para el Perú, en consecuencia, espertinente autorizar el viaje del sociólogo AndrésEscudero Cabada, Presidente de la ComisiónMultisectorial encargada de la Promoción y Producción de la Sericultura y Cultivo de la Morera, el mismo que debe ser aprobado por ResoluciónMinisterial, de conformidad con el artículo primero dela Ley Nº 27619; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25902, Ley orgánica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2006, y el Decreto de UrgenciaNº 002-2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del sociólogo Andrés Escudero Cabada, Presidente de la ComisiónMultisectorial encargada de la Promoción y Producciónde la Sericultura y Cultivo de la Morera, del 3 al 9 defebrero de 2006, a la ciudad de Bangkok, Reino deTailandia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán con cargo alos recursos presupuestales asignados al Pliego 013Ministerio de Agricultura, Administración Central, deacuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2 950.00 Viáticos US$ 1 820.00 Tarifa Única por uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido profesional deberá presentar al Ministro de Agricultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 02081 MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G6C/G20/G52/G65/G69/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G69/G6C/G61/G6E/G64/G69/G61/G20/G79/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G69/G6E/G67/G61/G70/G75/G72/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 036-2006-MINCETUR/DM Lima, 30 de enero de 2006 Visto los Memorándum Nºs. 033, 048, 052, 064 y 065-2006-MINCETUR/VMCE del Viceministro de Comercio Exterior. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisarla política de comercio exterior y de turismo y esresponsable en materia de negociacionescomerciales internacionales, en coordinación con lossectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, en octubre de 2003 el Presidente de la República del Perú y el Primer Ministro del Reino deTailandia acordaron iniciar las negociaciones de unTratado de Libre Comercio, en base al Acuerdo Marcopara una Asociación Económica más cercana suscrito entre ambos países, con el objetivo de crear un área de libre comercio bilateral para el año 2015,entre otros; Que, para tal fin se llevaron a cabo siete Rondas de Negociaciones, concluyendo con la firma del "Protocoloentre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización de Comercio de Mercancías y la Facilitación de Comercio", que fue suscrito el 19 denoviembre del 2005, en la ciudad de Busan, Corea delSur; Que, según lo acordado en el Artículo 2.3 del Protocolo, se continuarán las negociaciones de las reglas específicas de origen de algunas partidas arancelarias, así como para el Certificado de Origen y Formulario deDeclaración del Productor; Que, en tal razón, se llevará a cabo una reunión del 7 al 12 de febrero de 2006, en la ciudad deBangkok, Reino de Tailandia, con el fin de continuar