Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (03/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G31/G38/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de febrero de 2006 el desarrollo de políticas avanzadas de cooperación e integración física y económica entre el Perú y Brasil en elmarco de la iniciativa para la Integración de laInfraestructura Regional Sudamericana (IIRSA) en la quejuega un rol importante el incremento del comercio y lasinversiones entre Perú y Brasil; Que, resulta conveniente designar como Consejera Económico Comercial en el Consulado General del Perúen Sao Paulo, a la señora Jenny Medina Infante, por suexperiencia profesional y excelente desempeño en lamateria; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, los artículos 3º y 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del PoderEjecutivo en el nombramiento y designación defuncionarios públicos, el Decreto Ley Nº 25957; el DecretoSupremo Nº 19-95-RE de 7 de julio de 1995; y laResolución Ministerial Nº 0533-2002-RE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la señora Jenny Medina Infante en el cargo de confianza Nivel F-4, paraque desempeñe el cargo de Consejero Económico Comercial en el Consulado General del Perú en Sao Paulo, República Federativa del Brasil, a partir del 1 demarzo de 2006. Artículo Segundo.- La citada funcionaria de confianza percibirá por concepto de remuneración porservicio exterior el equivalente a la de un Consejero en el Servicio Diplomático de la República, en dicho Consulado General. Artículo Tercero.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolución a las partidas correspondientes delpliego presupuestal del Ministerio de RelacionesExteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 01970 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E /G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G71/G75/GED/G6D/G69/G63/G6F/G73/G20/G79/G6D/G65/G64/G69/G6F/G20/G61/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G44/G75/G62/G61/G69/G2C/G45/G6D/G69/G72/G61/G74/G6F/G73/G20/GC1/G72/G61/G62/G65/G73/G20/G55/G6E/G69/G64/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0131-2006-RE Lima, 1 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, las actividades para la elaboración de un enfoque estratégico para la gestión de los productos químicos anivel internacional - SAICM, por sus siglas en inglés, seiniciaron en virtud a las decisiones del Consejo deAdministración del Programa de las Naciones Unidaspara el Medio Ambiente (PNUMA) SS.VII/3, del 15 de febrero de 2002; 22/4 IV, del 7 de febrero de 2003; y, 23/ 9 II, de 25 de febrero de 2005. La iniciativa para el iniciode dichas actividades fue refrendada por la CumbreMundial sobre el Desarrollo Sostenible, enJohannesburgo, en setiembre de 2002, conforme a lospárrafos 23 y 23 b) del Plan de Aplicación de la citada Cumbre; Que, el Consejo de Administración del PNUMA, en su Decisión 22/4, de 7 febrero de 2003, tomó nota de laimportancia de coordinar la elaboración del enfoqueestratégico para la gestión de los productos químicos anivel internacional y la labor del Convenio de Rotterdam para la Aplicación del Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo a Ciertos Plaguicidas y ProductosQuímicos Objeto de Comercio Internacional; el Conveniode Estocolmo sobre Contaminantes OrgánicosPersistentes; el Convenio de Basilea sobre el Control delos Movimientos Transfronterizos de DesechosPeligrosos y su Eliminación; y, el Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono y su Protocolo deMontreal, relativo a las Sustancias que agotan la Capade Ozono, teniendo en cuenta sus mandatosrespectivos. El Perú es país Parte de los mencionadosConvenios Internacionales, por lo que resulta importante la participación de nuestro país, en todo el proceso de negociación del SAICM; Que, en la parte IV de la decisión 22/4 de febrero de 2003, el Consejo de Administración del PNUMA, entreotras cosas, hizo suyo el concepto de un proceso deconsulta de composición abierta integrado por representantes de todos los grupos de interesados directos, que adoptase la forma de reunionespreparatorias y la convocatoria de una conferenciainternacional, por lo que el Comité Preparatorio para elSAICM, celebró su Primer Período de Sesiones, enBangkok, Tailandia, del 9 al 13 de noviembre de 2003; el Segundo en Nairobi, Kenya, del 4 al 8 de octubre de 2004; y, el Tercero en Viena, Austria, del 19 al 24 desetiembre de 2005. Posteriormente, a la reunión en Vienase ha convocado una Conferencia Internacional, arealizarse en la ciudad de Dubai, Emiratos ÁrabesUnidos, del 4 al 6 e febrero de 2006, en la cual se ha previsto la adopción del SAICM; Que, luego de la adopción del SAICM, éste será remitido a los órganos rectores y organizacionesinternacionales, incluido el Consejo de Administración/Foro Ambiental Mundial a Nivel Ministerial del PNUMA ensu noveno período extraordinario de sesiones, que tendrá lugar en la ciudad de Dubai, del 7 al 9 de febrero de 2006, para su consideración; Que, en ese contexto el PNUMA; el Foro Intergubernamental sobre Seguridad Química - FISQ; y, elPrograma Interinstitucional para la Gestión Racional de lasSustancias Químicas -IOMC, por sus siglas en inglés, han invitado al Perú a designar a sus representantes para que participen en la Conferencia Internacional sobre Gestiónde Productos Químicos y en el IX Período Extraordinariode Sesiones del Consejo de Administración/Foro AmbientalMundial a Nivel Ministerial del Programa de las NacionesUnidas para el Medio Ambiente (PNUMA), que se llevarán a cabo en la ciudad de Dubai, Emiratos Árabes Unidos, del 4 al 6 y del 7 al 9 de febrero de 2006, respectivamente, porlo cual es necesario designar a la delegación nacional enlos referidos eventos; Teniendo en cuenta el Oficio Nº 8810-2005/DG/ DIGESA, de 9 de diciembre de 2005; la Carta Nº 2697- 2005-CONAM/SE, de 9 de diciembre de 2005; y lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GPX) Nº 205, delGabinete de Coordinación del Secretario de PolíticaExterior, de 19 enero de 2006; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Leydel Servicio Diplomático de la República; en concordanciacon el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM,Reglamento de la Ley de Bases de la CarreraAdministrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización deviajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, ysu Reglamento aprobado mediante Decreto SupremoNº 047-2002-PCM; el artículo 1º del Decreto de UrgenciaNº 015-2004, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005, de 28 de octubre de 2005; y el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la delegación peruana que participará en las siguientes reuniones que sellevarán a cabo en la ciudad de Dubai, Emiratos ÁrabesUnidos, del 4 al 9 de febrero de 2006: 1.- Conferencia Internacional sobre Gestión de Productos Químicos, del 4 al 6 de febrero: - Doctor Jorge Mariano Guillermo Castro Sánchez- Moreno, Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional delAmbiente (CONAM), quien la presidirá; e,