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PÆg. 311920 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de febrero de 2006 iv. Teléfono v. Organización (acreditar de ser el caso su representación). 3. La participación oral de los interesados será por estricto orden de inscripción, y no podrá exceder los cinco (5) minutos. Cabe precisar que cada participantesólo puede participar una (1) única oportunidad y que esta participación no es endosable, es decir que la misma no puede ser cedida. 4. La audiencia pública tendrá las siguientes estaciones: a. Apertura de la audiencia pública, a cargo del moderador. b. Breve descripción del procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión, a cargo de un funcionario de SUNASS. c. Breve descripción del proceso de Concesión de los Servicios de Saneamiento en las Provincias de Piura y Paita, de parte del funcionario de PROINVERSIÓN. d. Presentación del Estudio Tarifario con la propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión, de parte del funcionario de la SUNASS que esta institución designe y que tendrá una duración máximade sesenta (60) minutos. e. Preguntas y comentarios formulados por los asistentes a la Audiencia Pública que indicaron su deseode hacer uso de la palabra. La intervención de los oradores deberá estar referida a la propuesta de la empresa y sólo podrá intervenir un representante pororganización; si fuera el caso. f. Breve comentario final a cargo de un funcionario de SUNASS; luego de lo cual el moderador dará porconcluida la Audiencia Pública. g. El desarrollo de la Audiencia Pública será grabado (en voz e imagen). h. El moderador tiene la responsabilidad de conducir la Audiencia Pública, aplicando con buen criterio las reglas establecidas a efectos de asegurar el éxito de ésta. i. La Audiencia Pública deberá llevarse a cabo en orden y en un clima de tranquilidad y respecto que permita a la SUNASS dar cuenta de los fundamentos técnicosde la propuesta. Los concurrentes a la Audiencia Pública deberán acatar las indicaciones que realice el moderador, quien está facultado para suspender o postergar la mismaen caso no se presenten las condiciones adecuadas para su normal desarrollo. Nº XX -2006-SUNASS-CD Lima, XX de febrero de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 8/2006/CPI-EMS/PROINVERSIÓN de fecha 9 de enero de 2006, mediante el cual la Agencia de Promoción de la Inversión Privada, PROINVERSIÓN, presentó a la SUNASS el Plan Maestro Optimizado parala aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que será aplicada por la empresa concesionaria de la infraestructura y de los servicios desaneamiento en la jurisdicción de los municipios provinciales de Piura y Paita; El Memorando Nº XX-2006-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el Estudio Tarifario que contiene la propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán deaplicación en el primer quinquenio de la concesión por la empresa concesionaria de la infraestructura y de los servicios de saneamiento en la jurisdicción de losmunicipios provinciales de Piura y Paita; CONSIDERANDO:Que, por acuerdos del Consejo Provincial de Piura de fecha 9 de octubre de 2004 y de Paita de fecha 26 deenero de 2005, las referidas Municipalidad Provinciales delegaron en la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, la facultad de conducir laLicitación Pública Especial para la entrega en concesión de los servicios de saneamiento en las provincias de Piura y Paita;Que, por acuerdo de fecha 16 de diciembre de 2004, el Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructuray de Servicios Públicos aprobó las Bases de la citada Licitación Pública Especial, las que a su vez fueron aprobadas por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN ensu sesión de fecha 22 de diciembre de 2004. Que, mediante Resolución Nº 002-2006-SUNASS- GRT, la Gerencia de Regulación Tarifaria admitió a trámitela solicitud de PROINVERSIÓN, de conformidad con el artículo 9º de la Directiva sobre el Procedimiento de Aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifariasy Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 033- 2005-SUNASS-CD; Que, mediante Memorando Nº XX-2006-SUNASS- 110, la Gerencia de Regulación Tarifaria presentó el Estudio Tarifario que determina la fórmula tarifaria,estructuras tarifarias y metas de gestión que serán aplicables a la empresa concesionaria de los servicios de saneamiento en la jurisdicción de los municipiosprovinciales de Piura y Paita, las que definen los incrementos tarifarios para el primer quinquenio de la concesión; así como sus respectivos indicadores; Que, en esta etapa corresponde a la SUNASS aprobar la fórmula tarifaria y estructura tarifaria; así como determinar las metas de gestión e indicadores para elprimer quinquenio del plazo de la concesión de la infraestructura y de los servicios de saneamiento en la jurisdicción de los municipios provinciales de Piura y Paita; Estando a lo acordado en la Sesión de Consejo Directivo Nº 03-2006-SUNASS: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación a la empresa adjudicataria de la Licitación Pública Especial para la entrega en concesión de los servicios desaneamiento en la jurisdicción de los municipios provinciales de Piura y Paita, para el primer quinquenio de la concesión, las cuales se encuentran contenidasen el anexo Nº 01 de la presente Resolución. Artículo 2º.- Aprobar la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión aprobadas en el artículoprimero precedente, entrarán en vigencia a partir de la fecha en que la empresa adjudicataria de la Licitación Pública Especial para la entrega en concesión de losservicios de saneamiento en la jurisdicción de los municipios provinciales de Piura y Paita, inicie sus operaciones. A partir de dicha fecha, dejarán de tenervigencia las tarifas y la estructura tarifaria que viene aplicando actualmente la EPS GRAU S.A., dentro del ámbito de la Concesión, y que fueran aprobadas por laResolución de Superintendencia Nº 1200-99-SUNASS. Regístrese, comuníquese y publíquese.Con la intervención de los señores consejeros Sergio Salinas Rivas, Manuel Burga Seoane, Javier Prado Blas,Víctor Antonio Maldonado Yactayo y Santiago Roca Tavella. SERGIO SALINAS RIVAS Presidente Consejo Directivo ANEXO Nº 1 FÓRMULAS TARIFARIAS QUE APLICARÁ DURANTE EL PRIMER QUINQUENIO DE LA CONCESIÓN EL CONCESIONARIO DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO EN LAS PROVINCIAS DE PIURA Y PAITA Por el servicio de Agua Potable y Alcantarillado Para las provincias de Piura y Paita 1. Cargo por volumen Incremento sobre las tarifas medias por volumen (S/. / m3) para los primeros cinco años de la concesión, como sigue:PROYECTO