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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (12/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G34/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 12 de febrero de 2006 Cuando en el presente Reglamento se haga mención a la Ley sin indicar su numeración, deberá entenderse que la referencia es a la Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el Registro de Predios - Ley Nº 28294; y cuando se mencione artículos sin señalar el dispositivo legal al que corresponden, deberá entenderse que están referidos a los del presente Reglamento. Artículo 2º.- Abreviaturas y Nomenclaturas Para fines del presente Reglamento se entiende por: SNCP : Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial. CNC : Consejo Nacional de Catastro. Secretaría Técnica : Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial. CUC : Código Único Catastral. BDC : Base de Datos Catastrales RdP : Registro de Predios creado por la Ley Nº 27755. IGN : Instituto Geográfico Nacional. INEI : Instituto Nacional de Estadística e Informática Artículo 3º.- Definicionesa) Base de Datos Catastrales - BDC Es el conjunto de datos gráficos y alfanuméricos que describen las características físicas, jurídicas y económicas de los predios catastrados. b) Cartografía Básica Es la representación gráfica del territorio nacional con información topográfica, planimétrica y altimétrica, cuya elaboración se encuentra sujeta a la validación y normas técnicas del Instituto Geográfico Nacional - IGN. Esta información puede ser utilizada, entre otras finalidades, como base para ubicar los levantamientos catastrales de los predios. La publicación de la cartografía básica por el IGN se denomina Cartografía Básica Oficial. c) Cartografía Catastral Es la representación de un conjunto de predios a escalas 1:10 000, 1:5 000, 1:1 000 ó escalas intermedias o mayores de acuerdo a las series cartográficas que muestra la información topográfica, planimétrica y altimétrica de los predios. d) Catastro de Predios Es el inventario físico de todos los predios que conforman el territorio nacional, incluyendo sus características físicas, económicas, uso, infraestructura, equipamiento y derechos inscritos o no, en el RdP. e) Código de Referencia Catastral Es la identificación alfanumérica asignada al predio que vienen usando las Entidades Generadoras de catastro, el mismo que es independientemente al CUC. Su uso es temporal mientras dichas entidades relacionen a través del CUC su información a la BDC del SNCP. f) Entidades Generadoras de Catastro Son aquellas que por mandato legal tienen la atribución de generar y mantener el catastro de predios, tales como las Municipalidades y los Programas de Titulación entre los que se encuentra el Proyecto Especial de Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT y la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI. g) Generación de la Información Catastral o Levantamiento Catastral Es el procedimiento por el cual, las Entidades Generadoras de Catastro, levantan información gráfica y alfanumérica de los predios y del titular catastral, para generar el Catastro de Predios. h) Mantenimiento de la Información Catastral Son las actividades encaminadas a mantener actualizada la BDC a efectos de lograr la coincidencia entre la realidad física y la descripción registral.i) Plan Nacional de Catastro Es el documento que determina la política nacional del SNCP, su vinculación con el RdP y lo que establezca el CNC, con el fin de promover e impulsar el desarrollo del catastro a nivel nacional. j) Plano Catastral Es la representación gráfica de uno o más predios, elaborada con las especificaciones técnicas establecidas mediante directivas que emita el CNC. k) Plano de Conjunto Es un tipo de plano catastral, que representa gráficamente el perímetro del territorio de las Comunidades Campesinas, levantados conforme a las leyes que las regulan. l) Plano de Demarcación Territorial Es un tipo de plano catastral, que representa gráficamente la superficie de un territorio. Para el caso de las Comunidades Nativas se aplica este concepto concordado con las leyes que las regulan. m) Predio Es la superficie delimitada por una línea poligonal continua y cerrada; y se extiende al subsuelo y al sobresuelo, comprendidos dentro de los planos verticales del perímetro superficial, excluyéndose del suelo y subsuelo a los recursos naturales, los yacimientos, restos arqueológicos y otros bienes regidos por leyes especiales. n) Red Geodésica Es el conjunto de puntos físicamente establecidos mediante marcas, situados sobre el terreno y dentro del ámbito del territorio nacional, parcial o total, enlazado y ajustado al Sistema Geodésico Oficial. o) Saneamiento Catastral Es el conjunto de procedimientos técnicos y legales que se ejecutan de manera progresiva, a fin de rectificar las inexactitudes y actualizar la información registral de un predio, adecuándola a la realidad física del mismo. p) Series Cartográfica Catastrales Es un conjunto de planos de un territorio, los cuales son identificados por una nomenclatura única y relacionadas a las series cartográficas básicas. q) Sistema Geodésico Oficial Es la Red Geodésica Nacional, implementada por el Instituto Geográfico Nacional- IGN, conformada por el conjunto de puntos localizados a lo largo y ancho del país, determinados físicamente mediante monumentos o marcas, que interconectados permiten la obtención conjunta o por separado de su posición geodésica, altura o del campo de gravedad, enlazados a los sistemas de referencia establecidos. r) Técnico Catastral Es el personal técnico que cuentan con conocimientos o experiencia en materia catastral. Asimismo, presta servicios en las entidades generadoras de catastro. s) Verificador Catastral Son las personas naturales, profesionales colegiados y/o personas jurídicas competentes, inscritos, de existir, en el Indice de Verificadores a cargo de las Municipalidades y en el Registro de Verificadores de la SUNARP. t) Zona Catastrada Es un ámbito geográfico dentro del territorio nacional, cuyo levantamiento y cartografía catastral está finalizada a fin de ingresar a la BDC del SNCP. u) Zona no Catastrada Ámbito geográfico dentro del territorio nacional cuyo levantamiento catastral no se ha ejecutado. v) Zona Catastral Ámbito geográfico que se encuentra en proceso de efectuar el levantamiento catastral.