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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (16/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 81

PÆg. 312679 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de febrero de 2006 Política del Perú, que dispone que nadie puede ser procesado ni condenado por un acto u omisión que al tiempo de cometerse no esté previamente calificado por la ley, de manera expresa e inequívoca, como infracciónpunible, ni sancionado con pena prevista en la ley, así como al principio de legalidad instruido; Que, en sesión de Comisión de Administración emitió el Dictamen Nº 002-2006-MPC-CAM en virtud del cual recomendó al Pleno del Concejo Municipal la modificación de los artículos cuarto, quinto, sexto y segundadisposición transitoria a fin de precisar su contenido y lograr darle precisión y aplicabilidad; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº. 27972; y artículos 183 y 183-A de la Ley Nº 28251, modificatoria del Código Penal vigente, se expide la presente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 000022-2003-MPC QUE ESTABLECE PROHIBICIONES Y SANCIONES AL ACCESO A PÁGINAS PORNOGRÁFICAS POR MENORES DE EDAD O AL PÚBLICO EN GENERAL A PÁGINAS WEB CON CONTENIDO DE PORNOGRAFÍA INFANTIL EN CABINAS DE INTERNET DEL CALLAO Artículo Primero . Modifícase los Artículos Cuarto, Quinto, Sexto y Segunda Disposición Transitoria de laOrdenanza Municipal Nº 000022-2003 del 13 de diciembre del 2003, con la siguiente redacción. "Artículo Cuarto. Los infractores a la presente Ordenanza se harán acreedores a las siguientes sanciones: Los que transgredan lo dispuesto en el Artículo Primero de la presente Ordenanza, se les sancionará con laaplicación de una multa equivalente al 100% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y clausura temporal; sin perjuicio de la denuncia penal correspondiente Los que transgredan lo dispuesto en el Artículo Segundo de la presente Ordenanza, serán sancionados con una multa de 10% de la Unidad Impositiva Tributaria(UIT) y clausura temporal del local o establecimiento; sin perjuicio de la denuncia penal correspondiente. Los que transgredan lo dispuesto en el Artículo Tercero de la presente Ordenanza, serán sancionados con una multa de 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y clausura temporal, sin perjuicio de la denunciapenal correspondiente. En todos los casos, contemplados en el presente artículo, la reincidencia será sancionada con una multaequivalente al 100% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), clausura definitiva. sin perjuicio de la denuncia penal correspondiente." "Artículo Quinto. Modifícase e incorpórase las siguientes infracciones en el Cuadro de Infraccionesaprobado por la Ordenanza Nº 027-2001, con el tenor siguiente: Ítem Desc ripción de la infracción Sanción Accesorios %UIT 285 Por permitir al público en general el acceso a páginas W.E.B. cuyos contenidos estén orientados a la exhibición de pornografía infantil Clausura Temporal 100% Reincidencia. Clausura Definitiva 100% 286 Por permitir el acceso a páginas W.E.B. con contenidos pornográficos u otros queofendan la moral y el pudor a menores de 18 años de edad. Clausura Temporal 100% Reincidencia Clausura Definitiva 100% 287 Por no contar con un aviso preventivo o porque el mismo no esté ubicado en un lugar visible al usuario, o porque sus dimen-siones sean menores a 30 cm. x 50 cm. en el cual se consigne la prohibición de acceso a páginas W.E.B. cuyo contenido esté orien-tado a la exhibición de pornografía infantil, así como a cualquier página W.E.B. con con- tenido pornográfico, que ofendan la moral yel pudor Clausura Temporal 10% Reincidencia Clausura Definitiva 100%288 Por no contar con navegadores gratuitos o software especiales de filtro y bloqueo o cualquier otro medio que tenga como efecto impedir la visualización depáginas W:E:B con contenido que esté orientado a la exhibición de pornografía infantil o contenido pornográfico queofenda la moral y el pudor. Clausura Temporal 10% Reincidencia Clausura Definitiva 100%" "Artículo Sexto. Encárguese a la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización la supervisión y ejecución de la presente Ordenanza." "DISPOSICIONES TRANSITORIAS... Segunda. La Municipalidad Provincial del Callao por intermedio de las Gerencias Generales de Desarrollo Económico Local yComercialización y de Seguridad Ciudadana en coordinación con la Policía Nacional del Perú fiscalizarán el cumplimiento de la presente Ordenanza." Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización elcumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 02802 Modifican la Ordenanza N” 033-2005- MPC, sobre ordenanzas que apruebantasas de estacionamiento vehicular ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000005 Callao, 10 de febrero de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 10 de febrero de 2006, aprobó la siguiente Ordenanza Municipal: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 033-2005-MPC Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 3.3 de la Ordenanza Nº 00033-2005-MPC, en los siguientes términos: Artículo 3º.- Requisitos (...) 3.3.- En el caso de las Ordenanzas que aprueban tasas de estacionamiento vehicular, se deberá adjuntar además, la estructura desagregada de los costos delservicio a prestar y un informe técnico detallando el número de espacios habilitados o el área de la zona habilitada, y horario durante el cual se prestará el servicioe ingreso proyectado mensual conforme a la aplicación de la tasa establecida." Artículo 2º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 02761