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PÆg. 312662 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de febrero de 2006 En consecuencia, se consideró que una implementación inmediata de la regulación de cargos a nivel de costos puede causar efectos nocivos en la industria considerandolos ajustes en la tarifa fijo-móvil, la unificación de los cargos y la magnitud de la reducción propuesta. En este sentido, un ajuste gradual permitirá que las empresas cuenten conun tiempo razonable para ajustar sus estrategias. Un impacto gradual en el equilibrio financiero de la empresa permitirá la aplicación de la regulación de cargos en elmercado de servicios móviles de acuerdo a los objetivos de política previstos. En segundo lugar, considerando el doble rol que cumple el cargo por terminación (como ingreso y como costo de cada empresa de servicio móvil), la inexistencia de un margen por externalidad implica que una empresamóvil en particular, por ejemplo TELEFÓNICA MÓVILES, no va a destinar recursos en pagar dicho margen a las otras empresas móviles lo que conlleva a que genere unahorro que puede destinar para sus propios objetivos de expansión del servicio. Adicionalmente, si consideramos la política establecida por el regulador de fomentar el desarrollo de los servicios móviles a través de que estas empresas establezcan las tarifas de las comunicaciones localesoriginadas en la red del servicio de telefonía fija, en la modalidad de abonados, y terminadas en las redes de servicios móviles, se puede establecer que dichasempresas móviles cuentan con mecanismos adicionales para fomentar su expansión. De otro lado, se considera que la política del regulador a ser aplicada en el mercado en general y en particular al mercado de servicios móviles debe ser una política que tienda a establecer mecanismos e incentivos que derivenen la expansión del servicio, sin introducir instrumentos que impliquen un mayor intervencionismo y costos de transacción evitables para la sociedad en su conjunto.De esta forma, se considera que la aplicación de un margen por externalidad, como mecanismo para la expansión, si bien podría lograr cierto nivel de objetivosde cobertura, implica la ocurrencia de determinados costos (supervisiones, liquidaciones entre empresas, etc.). Debido a ello, se considera pertinente que, deacuerdo a la dinámica de la competencia, sean las mismas empresas las que establezcan sus propios mecanismos que les permitan lograr una mayorexpansión de sus servicios con los recursos con los que cuentan y que fueron expuestos anteriormente, por lo que no amerita la inclusión de un margen porexternalidad. Adicionalmente, respecto del informe elaborado por la empresa consultora NERA, si bien es correcto que nofue mencionado en la Resolución Nº 070-2005-CD/ OSIPTEL, cabe resaltar que en dicho informe se expone que el hecho de la incorporación de un margen porexternalidad de red supone el reconocer que hay relaciónentre el mercado de suscripción y el de originación y terminación, por lo que se debe incorporar en el costo de terminación los costos de publicidad, mercadeo,distribución, etc. Sobre el particular, debe distinguirse claramente dentro de la prestación del servicio móvil, la línea denegocio referida a la provisión del servicio a nivel mayorista (terminación y originación de llamadas) de la línea referida a la provisión del servicio a nivel minorista(retail). De esta manera, el hecho que el margen por externalidad haya sido estimado considerando el tráfico total (el de ambas líneas de negocio) para obtener unvalor unitario, no implica que los componentes de costos de una de dichas líneas de negocio se incluya dentro de los costos de la otra. Una estructura de cargos y preciosque considere la aplicación de un margen por externalidad uniforme debe considerar con claridad dicha diferencia. En ese sentido, el costo de provisión de cada línea de negocio debería estar dado básicamente por la suma de los costos directamente atribuibles a dicha línea más una contribución a los costos comunes. De esta forma,los servicios expuestos por la empresa, tales como los costos de publicidad, mercadeo, distribución, etc. forman parte de la provisión de los servicios a nivel minoristapor lo que no deben ser incorporados dentro del costo del cargo por terminación de llamadas. De otro lado, es importante reiterar que si bien el documento elaborado por NERA presenta una revisión del tratamiento teórico que sustenta los procesos de internalización de las externalidades positivas de red,información que también fuera considerada por OSIPTEL en el informe que se publicó para comentarios, la decisión de no aplicación del margen por externalidad de red esconsistente con una propuesta regulatoria que pondera debidamente los objetivos de eficiencia y cobertura en la búsqueda de la maximización del bienestar agregado,resaltando en el segundo caso, la implementación de un programa de ajustes graduales y la no aplicación del cargo tope a las comunicaciones fijo-móvil locales. De otro lado, en relación con el análisis realizado por NERA respecto de la posible subvaluación de las economías de escala en el cargo tope propuesto porOSIPTEL, es importante precisar los siguientes aspectos: • Existen importantes diferencias tecnológicas entre las diversas redes de servicios móviles, más aún si hablamos de redes que operan en distintas localidades.De esta manera, no es posible asumir que las funciones de producción y la tecnología son idénticas. • Aun considerando el supuesto de tecnologías idénticas, si consideramos que el cargo fijado en el Reino Unido no necesariamente podría representar un cargo óptimo, se verifica una alta sensibilidad en la estimacióndel denominado factor de economías de escala.Gráfico Nº 03: Opciones para la Aplicación del Cargo por Terminación de Llamadas en una Red Móvil. Reducción inmediata prioriza: Competencia. Eficiencia. Equidad por menores tarifas desde TUPs.2006 2007 2008 2009 US$ 0.2053No regulación prioriza: Cobertura. Equidad por mayor acceso. Solución TØcnica: Gradualidad Logra: Cobertura. Eficiencia. Equidad por menores tarifas desde TUPs. Equidad por mayor acceso. Competencia.US$ 0.10 US$ 0,09