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PÆg. 313257 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de febrero de 2006 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 006-2006-ED Mediante Oficio Nº 063-C-2006-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publiqueFe de Erratas del Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, publicado en la edición del 20 de febrero de 2006. DICE: Artículo 4º.- Refrendo "El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Educación." DEBE DECIR: Artículo 4º.- Refrendo "El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación." REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DICE: Artículo 21º.- i) "Analizar, conjuntamente con la Unidad de Planes y Programas, ..." DEBE DECIR:Artículo 21º.- i) "Analizar, conjuntamente con la Unidad de Programación, ..." DICE: Artículo 38º.-b) "Diseñar la estructura curricular de la Educación Técnico-Productiva..." DEBE DECIR: Artículo 38º.- b) "Diseñar la estructura curricular de la Educación Superior Tecnológica y Educación Técnico-Productiva..." 03563 ENERGÍA Y MINAS Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presunto responsable deextracción ilícita de mineral nometÆlico RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 084-2006-MEM/DM Lima, 20 de febrero de 2006 VISTO, el Expediente Nº 1375465 sobre extracción ilícita de mineral no metálico en agravio del Estado en laParcela Nº 47 del sector denominado "Expansión Agrícola Santa Rosa de Collanac", ubicada en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, de la investigación realizada por la Dirección General de Minería, se expidió la Resolución con fecha 23 de septiembre de 2002 que aprobó el informe pericialpresentado por el ingeniero César Augusto Villa Alagón y declaró comprobada la extracción ilícita de mineral no metálico en agravio del Estado dentro de la ParcelaNº 47 del sector denominado "Expansión Agrícola SantaRosa de Collanac" de la Comunidad Campesina de Collanac, ubicada en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima, notificándose al señor Oscar Mejía Velásquez, para que bajo apercibimiento de Ley, paralicede inmediato la extracción del mineral no metálico y en el plazo de diez (10) días, cumpla con devolver las sustancias extraídas indebidamente 48 545.00 m 3 o su valor ascendente a trescientos ochenta y ocho mil trescientos sesenta con 00/100 nuevos soles (S/. 388 360.00), sin deducir costo alguno a la Cta. Cte. Nº 0000-283592-MEM-MULTAS Y SANCIONES del Banco de la Nación; Que, hasta la fecha el mencionado infractor, ha incumplido con lo dispuesto por la Resolución emitida el23 de septiembre de 2002, en cuanto a la devolución de los minerales indebidamente extraídos o sus valores; Que, del estudio y análisis del expediente administrativo, se ha determinado que existen indicios razonables de la comisión de delito en agravio del Estado, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el numeral5) del artículo 90º del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificadopor el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 018-2003-EM, es procedente autorizar al Procurador Público encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energía yMinas, para que formule las correspondientes acciones legales contra Oscar Mejía Velásquez; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 De la Representación y Defensa del Estado en Juicio, Decreto Ley Nº 17667 que modifica los artículos 12º y13º del Decreto Ley 17537, Decreto Ley Nº 25962 Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energía y Minas, para que en nombre y representacióndel Estado, formule las correspondientes acciones legales pertinentes contra Oscar Mejía Velásquez, por las razones expuestas en la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público, los antecedentes de la presente Resolución, contranscripción de la misma para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 03424 Aprueban transferencias de bienes que conforman Proyectos de PequeæosSistemas ElØctricos a favor de ElectroSur Este S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 085-2006-MEM/DM Lima, 20 de febrero de 2006CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 021-93-EM del 14 de mayo de 1993, se constituyó la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas con la finalidad de ejecutar el Plan Nacional de ElectrificaciónRural enmarcado dentro de los lineamientos de políticadel Sector Energía y Minas y, de modo específico, parallevar a cabo la ejecución y/o coordinación de proyectoselectromecánicos, prioritariamente en el área rural y zonas de extrema pobreza; Que, previa Licitación Pública Nº OSP/PER/357/541 - OECF, con fecha 27 de febrero de 2001, la DirecciónEjecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas yla firma Consorcio G y M S.A. - Fertécnica, suscribieron elContrato Nº 01-003-EM/DEP, para la ejecución de las Obras Civiles, Montaje Electromecánico, Pruebas y Puesta en