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PÆg. 313266 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de febrero de 2006 de la relación bilateral y nuevas iniciativas que se enmarcan en la alianza estratégica entre el Perú y Brasil,particularmente referidas al desarrollo amazónico, laseguridad y la defensa; Que, el mencionado Embajador tuvo una labor destacada durante la "XIII Reunión del Consejo de Cooperación Amazónica-CCA", llevada a cabo en la ciudad de Iquitos el 24 de noviembre de 2005, donde seabordó preliminarmente la negociación de la "CartaAmazónica", tema que constituye el único punto deagenda de la "Reunión Extraordinaria del Consejo deCooperación Amazónica" que tendrá lugar en la sede de esta Cancillería del 20 al 21 de febrero de 2006; Teniendo en cuenta el Memorándum (SME-DGM) Nº 125 de la Subsecretaría de Asuntos Multilaterales, de7 de febrero de 2006; y lo dispuesto en la Hoja de Trámite(GPX) Nº 457, del Gabinete de Coordinación delSecretario de Política Exterior, de 7 de febrero de 2006; De conformidad con los artículos 222º y 223º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de laRepública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Llamar a Lima al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la RepúblicaFederativa del Brasil, Embajador en el ServicioDiplomático de la República, Hernán Antonio CouturierMariátegui, del 16 al 22 de febrero de 2006, para que participe en la "Segunda Reunión del Mecanismo de Coordinación y Seguimiento de Cancilleres" y en la"Reunión Extraordinaria del Consejo de CooperaciónAmazónica", de acuerdo a los fundamentos de la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la presente resolución serán cubiertos por la asignación para gastos de funcionamiento de la Embajada del Perúen la República Federativa del Brasil, con cargo a posteriorreembolso por parte del pliego presupuestal del Ministeriode Relaciones Exteriores. Artículo Tercero.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 03432 SALUD Designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Economía de laOficina General de Administración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 185-2006/MINSA Lima, 22 de febrero de 2006 Visto el Oficio Nº 206-2006-OGA/MINSA; CONDIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 259-2005/ MINSA del 8 de abril de 2005 se designó a la CPC Rosa Vera Correa en el cargo de Directora Ejecutiva de laOficina Ejecutiva de Economía de la Oficina General deAdministración; Que, habiendo renunciado al cargo la profesional indicada, resulta necesario aceptar la misma y designar al profesional propuesto; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, los artículos 77º y 185º del Reglamentode la Carrera Administrativa, aprobado por DecretoSupremo Nº 005-90-PCM y los artículos 3º y 7º de la LeyNº 27594;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la CPC Rosa Blasa VERA CORREA al cargo de DirectoraEjecutiva, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Economíade la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, al CPC Raúl Fernando MEJIA LOPEZ en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de laOficina Ejecutiva de Economía de la Oficina General deAdministración del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 03422 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Precisan Derecho de Vía de Carreteras en los departamentos de Puno yAmazonas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 153-2006-MTC/02 Lima, 21 de febrero de 2006 VISTO:El Memorándum Nº 0074-2006-MTC/14, de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, mediante el cual se solicita se expida la Resolución Ministerial queprecise el derecho de vía de la carretera Humalzo -Mazocruz, Mazocruz - Límite Internacional (PuenteDesaguadero), Desaguadero - Carancas; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º del Decreto Ley Nº 20081 establece que la faja de dominio o derecho de vía, comprende elárea de terreno en que se encuentra la carretera y sus obras complementarias, los servicios y zonas de seguridad para los usuarios y las previsiones para futurasobras de ensanche y mejoramiento; Que, de conformidad con el artículo 4º del Decreto Ley Nº 20081 corresponde al Ministerio de Transportes,Comunicaciones, Vivienda y Construcción, hoy Ministerio de Transportes y Comunicaciones, fijar el derecho de vía, en atención a la categoría y clasificación de las carreteras,así como a las características topográficas de las regionesen las que se ejecuten los proyectos viales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 09-95-MTC se aprobó el Clasificador de Rutas del País, estableciéndose que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Resolución Ministerial, actualizará el referidoClasificador de Rutas; Que, mediante Informe Nº 005-2006-MTC/14.03, de fecha 12 de enero de 2006, la Dirección de DesarrolloVial de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, indica lo siguiente: i) el tramo carretero sobre la red vial nacional tiene una longitud de 223.93 kms. Humalzo -Mazocruz (116.22 kms.), Mazocruz Límite Internacional(Puente Desaguadero) (107.71 kms.), y el TramoDesaguadero - Comunidad Carancas ruta vecinal sinregistro, tiene una longitud de 16 kms.; ii) para el tramo Humalzo - Mazocruz Ruta 34A, Mazocruz - Límite Internacional (Puente Desaguadero) Ruta 034C yDesaguadero - Comunidad Carancas sin Registro deRuta, se está determinando el Derecho de Vía de acuerdoa lo dispuesto en la Resolución Suprema Nº 333 del 8 deoctubre de 1947 que aprueba las Normas Técnicas para Estudios y Construcción de Caminos y al Manual de Diseño Geométrico de Carreteras del año 2001, aprobadocon Resolución Directoral Nº 143-2001-MTC/15.17 de