Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2006 (08/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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LICA DEL P E

RU

323184

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano sabado 8 de MORDAZA de 2006

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
RESOLUCION LEGISLATIVA DEL CONGRESO Nº 022-2005-CR
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE MODIFICA EL ARTICULO 33º DELREGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA
Articulo unico.- Objeto de la Resolucion Legislativa Modificase el primer parrafo del articulo 33º del Reglamento del Congreso, conforme al texto siguiente: "La Mesa Directiva del Congreso Articulo 33º.- La Mesa Directiva tiene a su cargo la direccion administrativa del Congreso y de los debates que se realizan en el Pleno del mismo, de la Comision Permanente y del Consejo Directivo, asi como la representacion oficial del Congreso en los actos protocolares. Esta compuesta por el Presidente y tres Vicepresidentes. La Mesa Directiva supervisa la administracion del Congreso bajo las politicas administrativas y financieras que establece, de acuerdo con los lineamientos adoptados por el Pleno y el Consejo Directivo del Congreso. Acuerda el nombramiento de los funcionarios de mas alto nivel del Congreso a propuesta del Oficial Mayor, dando cuenta al Consejo Directivo. Tambien autoriza la contratacion de servicios y la realizacion de concursos y el nombramiento y contrato de los profesionales, tecnicos y auxiliares que se requieran para el normal desarrollo de las actividades parlamentarias. Aprueba el Presupuesto y la Cuenta General del Congreso MORDAZA de su MORDAZA al Pleno del Congreso por el Presidente." DISPOSICION COMPLEMENTARIA UNICA.- Lo dispuesto en la presente Resolucion Legislativa entra en vigencia a partir del 26 de MORDAZA de 2006. Publiquese, comuniquese y cumplase. Dada en el Palacio del Congreso, en MORDAZA, a los seis dias del mes de MORDAZA de dos mil seis. MORDAZA AYAIPOMA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DODERO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 11911

Que el articulo 49º del Reglamento del Congreso de la Republica establece que el periodo anual de sesiones comprende dos periodos ordinarios de sesiones o legislaturas ordinarias; Que durante el receso parlamentario funciona la Comision Permanente, cuyas funciones son establecidas por los articulos 99º, 100º y 101º de la Constitucion Politica del Peru; Que, sin perjuicio de las funciones ordinarias que debe desarrollar la Comision Permanente durante el receso parlamentario, hay proposiciones de ley y otros asuntos que deben ser tratados por el Pleno del Congreso de la Republica, que no pueden ser objeto de delegacion de facultades legislativas a la Comision Permanente, segun lo establecido por el MORDAZA parrafo del inciso 4 del articulo 101º de la Constitucion Politica del Peru; Que, segun el inciso b) del citado articulo 49º del Reglamento del Congreso de la Republica, la MORDAZA legislatura ordinaria del periodo anual de sesiones 2005 - 2006 debio culminar el 15 de junio de 2006; Que, mediante decreto de la Presidencia del Congreso de 15 de junio de 2006, se amplio la convocatoria de la MORDAZA legislatura ordinaria del periodo anual de sesiones 2005 - 2006, desde el 16 de junio hasta el 7 de MORDAZA de 2006, con la finalidad de que el Pleno del Congreso de la Republica se reuna para tratar los asuntos materia de la agenda fija; Que al vencimiento del primer periodo de ampliacion de la MORDAZA legislatura ordinaria del periodo anual de sesiones 2005 - 2006, decretado el 15 de junio de 2006, se ha estimado necesario decretar una MORDAZA ampliacion, con la finalidad de tratar importantes asuntos todavia pendientes, contenidos en la agenda del Pleno del Congreso o en MORDAZA de decision sobre su admision en MORDAZA por la Junta de Portavoces; Que, asimismo, se debe tener en cuenta la MORDAZA del articulo 105º de la Constitucion Politica del Peru, sobre la naturaleza preferencial de los proyectos enviados con caracter de urgencia por el Presidente de la Republica; y, EJERCIENDO la facultad de ampliacion de la convocatoria de cualquiera de las legislaturas ordinarias, prevista en el ultimo parrafo del articulo 49º del Reglamento del Congreso de la Republica y segun los precedentes parlamentarios; DECRETA: Ampliese por MORDAZA vez la convocatoria de la MORDAZA legislatura ordinaria del periodo anual de sesiones 2005 - 2006, desde el 8 hasta el 13 de MORDAZA de 2006, con la finalidad de que el Pleno del Congreso de la Republica se reuna para tratar los siguientes asuntos materia de la agenda fija: 1. Las proposiciones dictaminadas que se encuentran en la agenda hasta el 7 de MORDAZA de 2006 y aquellas otras que acuerde la Junta de Portavoces dentro de sus atribuciones reglamentarias. 2. Los proyectos de ley y de resolucion legislativa enviados por el Presidente de la Republica con caracter de urgencia. 3. La delegacion de facultades legislativas a la Comision Permanente. 4. Cualquier otro MORDAZA de urgencia relativo al cierre del periodo parlamentario 2001 - 2006 y a la transferencia del mandato parlamentario que deba ser conocido por el Pleno del Congreso, previo acuerdo de la Junta de Portavoces. Dado en MORDAZA, en el Palacio del Congreso, a los siete dias del mes de MORDAZA de dos mil seis. Publiquese y cumplase. MORDAZA AYAIPOMA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica 11908

Decreto de MORDAZA Ampliacion de la Convocatoria de la MORDAZA Legislatura Ordinaria del Periodo Anual de Sesiones 2005 - 2006
DECRETO DE PRESIDENCIA Nº 02-2006-P/CR EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA

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