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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 323186El Peruano sábado 8 de julio de 2006 SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar el Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores al señor Alejandro Tudela Chopitea, Ministro de Estado en el Despacho de Justicia,del 8 al 13 de julio de 2006. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 11995 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G76/G69/G61/G6A/G65/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20 /G64/G65 /G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G79/G20/G54/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E /G79/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G73/G75/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G61/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65 /G45/G63/G6F/G6E/G6F/G6D/GED/G61/G20/G79/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 184-2006-PCM Lima, 7 de julio de 2006 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, señor ALFREDO FERRERO DIEZ CANSECO, viajará a las ciudades de Washington D.C. y Nueva Y ork, Estados Unidos de Norte América, del 10 al 15 de julio de 2006, afin de realizar gestiones ante el Congreso Americano para la aprobación del Tratado de Libre Comercio - TLC; Que, conforme al artículo 2º de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Titular de este Sector dirige las negociaciones comerciales internacionales del Estado, enel ámbito de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27790, de Organizacióny Funciones del MINCETUR y Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 006-2006y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor ALFREDO FERRERO DIEZ CANSECO, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a las ciudades de Washington D.C. yNueva York, Estados Unidos de Norte América, del 9 al 15 de julio de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán efectuados con cargo al Pliego Presupuestal 035: Ministerio de ComercioExterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 3 533,00 Viáticos : US$ 1 760,00 Tarifa CORPAC : US$ 30,25 Artículo 3º.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo al señor FERNANDO ZAVALA LOMBARDI,Ministro de Economía y Finanzas, a partir del 9 de julio de 2006 y en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 11996/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G76/G69/G61/G6A/G65/G20 /G64/G65/G20 /G70/G65/G72/G69/G6F/G64/G69/G73/G74/G61/G20 /G79 /G63/G61/G6D/G61/G72/GF3/G67/G72/G61/G66/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G52/G54/G50/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G75/G62/G72/G69/G72/G69/G6E/G63/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G6C/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73 /G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G55/G6E/G69/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4E/G6F/G72/G74/G65/G20/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 185-2006-PCM Lima, 7 de julio de 2006 Visto los Oficios Nºs. 106-2006-PE-IRTP y 108-2006- PE-IRTP , del Presidente Ejecutivo del Instituto Nacionalde Radio y Televisión del Perú - IRTP; CONSIDERANDO:Que, resulta necesario cubrir las incidencias informativas de la Reunión del Presidente de la República,en los Estados Unidos de Norte América, del 7 al 13 de julio de 2006; Que, en tal sentido, se ha estimado conveniente autorizar a los señores Renzo Dante Marini Bracamonte e Isaac Antonio Puertas Villanueva, periodista y camarógrafo del Instituto Nacional de Radio y Televisióndel Perú - IRTP , respectivamente; Que las personas comisionadas viajarán en el avión presidencial por lo que los gastos por concepto deviáticos y tarifa única por uso de aeropuerto serán asumidos por el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado medianteel Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 006-2006; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior de los señores Dante Marini Bracamonte e Isaac Antonio Puertas Villanueva, periodista y camarógrafo del InstitutoNacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP , respectivamente a los Estados Unidos de Norte América, del 7 al 13 de julio de 2006, para los fines a los que serefiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, se efectuarán concargo a los recursos ordinarios del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP , de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (US$ 220 x 7 días x 2 personas) US$ 3,080.00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 60.50(US$ 30.25 x 2 personas) -------------------- TOTAL US$ 3,140.50 Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las referidas personas deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultadosobtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 11997