Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2006 (08/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 8 de MORDAZA de 2006

Aprueban Reglamento Interno del Consejo Nacional de la Competitividad
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 251-2006-PCM MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 068-2002PCM, 100-2002-PCM, 022-2003-PCM y 087-2003-PCM, se constituyo el Consejo Nacional de la Competitividad como una Comision de Coordinacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de desarrollar e implementar un Plan Nacional de Competitividad; Que, por Resolucion Ministerial Nº 028-2004-PCM, modificada por Resolucion Ministerial Nº 343-2005-PCM, se aprobo el Reglamento del Consejo Nacional de la Competitividad, que establece sus funciones y estructura organizativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 057-2005-PCM se aprobo el Plan Nacional de Competitividad, conteniendo las bases para llevar a cabo una reforma que permita eliminar distorsiones y sobrecostos existentes, y crear un clima que favorezca de manera efectiva las inversiones, la integracion exitosa en la economia global, la generacion de empleo MORDAZA y la elevacion del nivel de MORDAZA de la poblacion; Que, mediante el articulo 47º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0942005-PCM, se establecio que el Consejo Nacional de la Competitividad es una Comision Permanente de Coordinacion de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2006-PCM se modifica la composicion del Consejo Directivo del Consejo Nacional de la Competitividad, modificando el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM, y se autoriza la actualizacion del Reglamento Interno del Consejo Nacional de la Competitividad; Que, resulta necesario actualizar el Reglamento Interno que regula el funcionamiento del Consejo Nacional de la Competitividad, para asegurar la exitosa implementacion del Plan Nacional de Competitividad, en favor de la productividad y competitividad del MORDAZA a nivel nacional, regional y local, con la participacion de los sectores publico y privado; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo Nº 094-2005-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion. Aprobar el Reglamento Interno del Consejo Nacional de la Competitividad, que consta de once (11) articulos y que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Derogatoria. Derogar las Resoluciones Ministeriales Nºs. 0282004-PCM y 343-2005-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Presidente del Consejo de Ministros ANEXO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA COMPETITIVIDAD Titulo Preliminar Disposiciones Generales Articulo Unico.- Objeto. El presente Reglamento regula el funcionamiento del Consejo Nacional de la Competitividad, creado por el Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM.

Titulo I De Organizacion Articulo 1º.- Organos. El Consejo Nacional de la Competitividad esta conformado por: a) El Consejo Directivo; y, b) La Secretaria Tecnica. Capitulo I Del Consejo Directivo Articulo 2º.- Direccion. El Consejo Directivo tiene a su cargo la direccion del Consejo Nacional de la Competitividad. El Consejo Directivo sesiona en la MORDAZA de Lima. Articulo 3º.- Funciones. El Consejo Directivo tiene por funciones, las siguientes: a) Desarrollar la Estrategia Nacional de Competitividad y proponer su actualizacion al Poder Ejecutivo, conforme evolucionen las condiciones globales del pais; b) Establecer los lineamientos generales del Plan Nacional de Competitividad, aprobar los planes de accion, adoptar las decisiones necesarias para su implementacion y supervisar su ejecucion; c) Conformar los Grupos Consultivos y/o Tecnicos que considere conveniente; y, d) Las demas que le correspondan, de acuerdo a su naturaleza. Articulo 4º.- Sesiones. 4.1. Las sesiones del Consejo Directivo son ordinarias y extraordinarias. Las sesiones ordinarias se realizan trimestralmente, debiendose realizar no menos de cuatro al ano. Las sesiones extraordinarias se realizan en cualquier momento a pedido del Presidente del Consejo Directivo, del Vicepresidente o de la mayoria de sus miembros. 4.2. En ausencia del Presidente y del Vicepresidente del Consejo Directivo en una de las sesiones, los miembros del Consejo Directivo que asistan a la sesion, elegiran entre ellos a quien habra de dirigirla. Articulo 5º.- Citaciones. 5.1. Las citaciones a las sesiones del Consejo Directivo se haran por escrito con una antelacion no menor de dos (2) dias a la fecha senalada para la reunion. En las citaciones se indicara la agenda, el dia, la hora y el lugar de reunion. 5.2. No obstante lo indicado en el parrafo anterior, se entendera que el Consejo Directivo ha sido validamente convocado y constituido, siempre que concurran la totalidad de sus miembros y estos acepten por unanimidad la celebracion de la sesion y los asuntos que en MORDAZA se proponga tratar. Articulo 6º.- Quorum y Votacion. 6.1. El quorum del Consejo Directivo es el numero entero inmediatamente superior a la mitad de sus miembros. 6.2. Los acuerdos se adoptan con el MORDAZA favorable del numero entero inmediatamente superior a la mitad de los asistentes con derecho a voto. En caso de empate, el Presidente tiene MORDAZA dirimente. En caso de ausencia del Presidente del Consejo Directivo o de su representante, el Vicepresidente solo podra ejercer el derecho a su MORDAZA como miembro del Consejo; en caso de empate en las votaciones del Consejo, el Vicepresidente del Consejo Directivo podra ejercer el MORDAZA dirimente a que se refiere el presente articulo. 6.3. El Director Ejecutivo y los Miembros Honorarios tendran derecho a voz pero no a voto. Articulo 7º.- Actas. Las sesiones y acuerdos del Consejo Directivo constaran en actas, en las cuales se consignara cuando menos, la fecha, lugar, hora, nombre de los asistentes, asuntos tratados, votos emitidos, acuerdos adoptados y constancias que los asistentes quieran asentar.

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