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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2006 (08/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 323196El Peruano sábado 8 de julio de 2006 Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministrode Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 11992 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G64/G65 /G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 301-2006-DE/SG Lima, 6 de julio de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 570, de fecha 8 de junio de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicitase expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, una delegación militar presidida por el Comandante del Ejército Sur de los Estados Unidos de América, estará realizando una visita protocolar al Ministro de Defensa y a Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Perú, en el mes de julio; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de laRepública, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica,actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación delpersonal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que formaparte de la presente Resolución, del 1 al 17 de julio de 2006, para realizar una visita protocolar al Ministro de Defensa y Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Perú. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, DesarrolloAlternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorización a la que se refiere el artículo 1º sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 11989/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F /G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 302-2006-DE/EP/DP-2006 Lima, 6 de julio de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 336-2005 DE/ EP , del 4 de julio de 2005, se nombra en Misión deEstudios, al Crl EP Carlos Javier ROMERO VON BANCELS, para participar en el Curso Superior de Defensa y Seguridad Hemisférica en el ColegioInteramericano de Defensa de los Estados Unidos de América, del 12 de julio de 2005 al 15 de julio de 2006; Que, mediante el Oficio Nº 040 DP JID del 24 de abril de 2006, el General Director del Colegio Interamericano de Defensa, recomienda la designación del Crl Ing Carlos Javier ROMERO VON BANCELS, como Asesor en el ColegioInteramericano de Defensa, a fin de aprovechar su experiencia como Oficial graduado de este Centro de Estudios; Que, se ha determinado la necesidad de nombrar en Misión de Estudios al Crl EP Carlos Javier ROMERO VON BANCELS, para que participe como Asesor e Integrante de la Facultad del Colegio Interamericano deDefensa de los Estados Unidos de América, a partir del 16 de julio de 2006 hasta el 31 de diciembre de 2006; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto de Urgencia Nº 002-2006 del 19 de enero de 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 dejunio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG del 26 de enero de 2004, y su modificatoria con el Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Crl EP Carlos Javier ROMERO VON BANCELS, para que participe como Asesor e Integrantede la Facultad del Colegio Interamericano de Defensa de los Estados Unidos de América, a partir del 16 de julio de 2006 hasta el 31 de diciembre de 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero US$ 3,050.00 x 5 meses x 1 persona US$ 3,050.00 : 30 días x 15 días x 1 persona Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término del Nombramiento, sin exceder el período total establecido. Artículo 4º.- El citado Oficial deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la CuartaDisposición Final del Decreto Supremo Nº 002 - 2004 - DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 11990