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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2006 (09/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 9 de julio de 2006 323341REPUBLICADELPERU serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2006, de acuerdoal siguiente detalle: Pasajes (clase económica) US$ 1206,12 Viáticos 880,00 Tarifa CORPAC 30,25 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduanade cualquier clase o denominación a favor del funcionariocuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Segurosy Administradoras Privadas deFondos de Pensiones 11729 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G78/G63/G6C/G75/G69/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G70/G69/G74/G61/G6C /G70/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6C/G61/G73/G65/G20/G22/G41/G22/G20/G65/G6D/G69/G74/G69/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G41/G4C/G49/G43/G4F/G52/G50/G20/G53/G2E/G41/G2E/G41/G2E/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 034-2006-EF/94.45 Lima, 4 de julio de 2006 VISTO:El Expediente Nº 2006017276, así como el Informe Interno Nº 292-2006-EF/94.45.2 del 4 de julio de 2006 dela Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Gerencial Nº 013-2002-EF/ 94.45, del 6 de mayo de 2002, se resolvió pronunciarse afavor del listado de las acciones de capital preferencialesclase “A” emitidas por ALICORP S.A.A.; Que, mediante escrito presentado el 6 de junio de 2006, ALICORP S.A.A., solicitó a la Bolsa de Valores de LimaS.A. el deslistado de las acciones de capital preferencialesclase “A” representativas de su capital social del Registrode Valores de la Bolsa de Valores de Lima, así como suexclusión del Registro Público del Mercado de Valores; Que, mediante carta del 22 de junio de 2006, la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a CONASEV su decisiónde admitir el deslistado de los mencionados valores y deelevar el expediente a CONASEV para los fines pertinentes; Que, el artículo 37º, inciso b), de la Ley de Mercado de Valores establece que la exclusión de un valor del RegistroPúblico del Mercado de Valores tiene lugar por resoluciónfundamentada de CONASEV, cuando opere la extinciónde los derechos sobre el valor, por amortización, rescatetotal u otra causa; Que, el artículo 38º de la Ley Mercado de Valores, en concordancia con el artículo 32º del Reglamento de OfertaPública de Adquisición y de Compra de Valores porExclusión, dispone que la exclusión de un valor del RegistroPúblico del Mercado de Valores genera la obligación deefectuar una Oferta Pública de Compra; Que, no obstante lo señalado en el considerando precedente, la exclusión del Registro Público del Mercadode Valores de las acciones de capital preferenciales clase“A” emitidas por ALICORP S.A.A., se encuentra dentro dela causal de excepción a la realización de una Oferta Públicade Compra, contemplada en el artículo 37º, inciso a), delReglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Comprade Valores por Exclusión; Que, el artículo 2º, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidaspor los Órganos Decisorios de CONASEV, establece quelas resoluciones administrativas referidas a la inscripciónde valores mobiliarios objeto de oferta pública y la exclusiónde estos del Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales delDiario Oficial El Peruano y de la página de CONASEV eninternet; y Estando a lo dispuesto por el artículo 52º del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores yel acuerdo del Directorio de CONASEV adoptado el 18 dediciembre de 2000, que faculta a la Gerencia de Mercadosy Emisores a disponer la exclusión de valores del RegistroPúblico del Mercado de Valores; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de las acciones de capital preferenciales clase “A” emitidas porALICORP S.A.A. del Registro de Valores de la Bolsa deValores de Lima. Artículo 2º.- Disponer la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de los valores señalados en elartículo anterior. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página de CONASEV en internet. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a ALICORP S.A.A., a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali S.A.ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese.HÉCTOR VALENTÍN HURTADO Gerente de Mercados y EmisoresComisión Nacional Supervisora deEmpresas y Valores 11755 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G64/G6F/G6D/G69/G6E/G69/G6F/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G73/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G79/G20/G41/G6E/G63/G61/G73/G68 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 081-2006/SBN-GO-JAR La Molina, 28 de junio de 2006 Visto el Expediente Nº 040-2006/SBN-JAR, correspondiente al trámite de inscripción en primera dedominio a favor del Estado del terreno de 1 632,51 m²,ubicado a la altura de la quinta cuadra del jirón Amazonas,entre los puentes Balta y Huánuco, en el distrito, provinciay departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económicode los bienes del Estado en armonía con el interés social,promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidady estableciendo mecanismos para su registro, inscripción yfiscalización; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, seha identificado que el terreno de 1 632,51 m², ubicado a laaltura de la quinta cuadra del jirón Amazonas, entre lospuentes Balta y Huánuco, en el distrito, provincia ydepartamento de Lima, se encuentra libre de inscripción; Que, realizada la inspección técnica con fecha 28 de marzo de 2006, se constató que se trata de un terreno de topografíavariada y viene siendo ocupado por la Asociación CámaraPopular de Libreros Alameda de la Cultura "Miguel Grau"; Que, conforme al Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 20 de enero de 2006, emitido por la Zona RegistralNº IX - Sede Lima sobre la base del Informe TécnicoNº 0191-2006-SUNARP-Z.R.IX/OC de fecha 10 de enerode 2006, el Registro de Predios de Lima concluye que elterreno en mención se ubica en zona donde gráficamenteno se observa inscripción registral;