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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2006 (13/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 88

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 323604El Peruano jueves 13 de julio de 2006 archivo digital del plano y pagos de derechos estableci- dos; Que, de acuerdo al informe Nº 88-2006-GAG/JGTC/ MSJL de fecha 19 de mayo del 2006 el cual es ratificado por la Jefatura de Gestión del Territorio y Catastro donde se menciona que obras de Habilitación Urbana, materia de la presente Recepción, se han ejecutado de acuerdo a lo aprobado Resolución de Alcaldía Nº 171-94-MLM/SMDU-DMDU de fecha 24 de noviembre de 1994;Que mediante Ordenanza Nº 776 publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 26.5.05, la Municipalidad Metropolitana de Lima estableció que no resulta aplicable,para los procesos de Habilitación Urbana que se desarrollen en la provincia de Lima, el TUO de la Ley General de Habilitaciones Urbanas (D.S. Nº 010-2005-VIVIENDA), quedando en plena vigencia las Ordenanzas Municipales Nº 292 y 375 expedidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, de conformidad con el artículo 2º de la LeyNº 26878, el numeral 2.2) del artículo 159º de la LeyNº 27972 y el artículo primero de la Ordenanza Nº 776 se establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima es la entidad competente para aprobar y normar los procesos de Habilitación Urbana. Que, estando a la normatividad contenida en la Ley Nº 26878, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27444Ley de Procedimiento Administrativo General, LeyOrgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y en con- cordancia con las competencias señaladas en el régi- men de organización interior y funcionamiento de go-bierno local de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, Ordenanza Nº 067-05-MSJL y demás nor- mas de la materia; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR recepcionada las obras en vías de regularización de la Habilitación Urba- na presentada por la ASOCIACIÓN PARA VIVIENDA SANPEDRO DE CAMPOY , de conformidad con el Plano de Replanteo de Lotización signado con el Nº 001-2006- CTHU-JGTC/GDU-MDSJL para Uso de Vivienda de Densidad Media R-3 del terreno de 10,010.40 m2 (diezmil diez metros cuadrados con cuarenta decímetros cua-drados), de la Urbanización Campoy de conformidad con el Proyecto de Habilitación Urbana aprobado me- diante Resolución de Alcaldía Nº 171-94-MLM/SMDU- DMDU de fecha 24 de noviembre de 1994, otorgada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, correspondiente al Lote 2 de la Manzana T de la Lotización Campoy deldistrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departa-mento de Lima; Artículo Segundo.- El cuadro de áreas que se aprueba es el siguiente: CUADRO DE ÁREAS ÁREA TOTAL BRUTA 10,010.40m2 ÁREA ÚTIL (VIVIENDA) 7,692.56m2 ÁREA DE VÍAS PÚBLICAS 2,317.84m2 Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la ASOCIACIÓN PARA VIVIENDA SAN PEDRO DE CAMPOY , la adjudica- ción de los lotes del terreno que constituyen la Habilita- ción Urbana que se recepciona. Artículo Tercero.- DISPONER a la ASOCIACIÓN PARA VIVIENDA SAN PEDRO DE CAMPOY efectué la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial El Peruano en un plazo no mayor de 30 días calendario,contados a partir de la fecha de notificación de la pre-sente, sufragando los gastos a que hubiera dado lugar. Artículo Cuarto.- REMITIR, la presente Resolución y los planos que se aprueban en copia certificada a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la Munici- palidad Metropolitana de Lima para su conocimiento deacuerdo a lo establecido en la Ley Nº 26878 - Ley Gene-ral de Habilitaciones Urbanas. Artículo Quinto.- DISPONER se notifique la pre- sente Resolución al administrado, quien señala domicilio en la Calle San Pedro Manzana T2 Lote 13. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de De- sarrollo Urbano, incorporar la presente HabilitaciónUrbana en el Plan Urbano del distrito de San Juan deLurigancho siendo este su competencia según lo esta-blece el ROIF vigente.Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROMELIA ZEGARRA ACUÑA Gerente de Desarrollo Urbano 12128 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES /G52/G65/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65 /G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20 /G43/G69/G76/G69/G6C/G20 /G64/G65/G20 /G53/G61/G6E/G20 /G4A/G75/G61/G6E/G20 /G64/G65/G4D/G69/G72/G61/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000018-2006/MDSJM San Juan de Miraflores, 7 de junio de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Ley Nº 19338 modificado por los Decretos Legislativos Nºs. 442, 735 y 905 y el Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD el Estado crea y reglamenta el Sistema Nacional de Defensa Civil como parte integrante de la Defensa Nacional. Que, en ellos establecen los altos fines de su creación como son: la protección de la población, previsión dedaños, proporcionando ayuda oportuna y asegurando su rehabilitación en caso de desastre. Que, asimismo el Artículo 2º establece que la representación de los Organismos del Sector Público enel Comité de Defensa Civil es Obligatoria e irrenunciable en razón del cargo que ocupan y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 20º numeral 30 de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades que señala que se debe disponer las medidas y coordinar la ejecución de acciones necesarias para hacer frente a los desastres. Que, de acuerdo con el Artículo 11º del Reglamento de la Ley del Sistema de Defensa Civil se establece la obligación de constituir el Comité Distrital de Defensa Civil, siendo necesario reorganizar y activar el mismo, para el mejor logro de fines bajo la Presidencia del Alcalde. Estando las atribuciones que al Art. 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- Reestructurar el Comité Distrital de Defensa Civil de San Juan de Miraflores, para el período 2006, el cual estará integrado conforme se detalla: 1. Alcalde y Presidente del Comité Distrital de Defensa Civil de San Juan de Miraflores. 2. Dirección de Movilización Militar.3. Subgerencia de Abastecimiento - MDSJM. 4. Hospital María Auxiliadora. 5. Comisaría de San Juan de Miraflores. 6. Organización Distrital del Programa del Vaso de Leche. 7. Oficina de Planificación, Racionalización y Presupuesto - MDSJM. 8. Instituto Superior Tecnológico Público “Gilda Ballivian Rosado”. Artículo Segundo.- ESTABLECER que la Secretaría Técnica del Comité de San Juan de Miraflores, está acargo de la Licenciada señora Carmen Rosa TamayoRojas, Secretaria Técnica de Defensa Civil de laMunicipalidad de San Juan de Miraflores, designada por Resolución de Alcaldía Nº 000082 - 2006 de fecha 8 de marzo del 2006. Artículo Tercero.- La Oficina de Defensa Civil Distrital convocará a las personas y representantes de lasentidades mencionadas en el Artículo Primero para lainstalación del Comité comunicando sobre estas actividades a los órganos superiores del Instituto Nacional de Defensa Civil.