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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2006 (13/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 92

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 323608El Peruano jueves 13 de julio de 2006 Anita para interponer denuncia penal contra Edgar Ramiro Arias Vicuña y los que resulten responsables por la presunta Comisión del Delito contra la Fe Pública - Falsificación de documentos previsto y sancionado en el Artículo 427º del Código Penal, en agravio de la Municipalidad Distrital de Santa Anita. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Procuraduría Pública Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 12019 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G45/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2006-ALC/MDSA Santa Anita, 3 de julio de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA CONSIDERANDO: Que, los Artículos 194º, 195º incisos 3) y 4) y el Artículo 196º inciso 1) y siguientes de nuestra Constitución Política, según Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, así como elArtículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica deMunicipalidades - Ley Nº 27972, establecen que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el presente año se celebra el 185º Aniversario de la Independencia Política del Perú y, por ese motivo, es pertinente compartir con el vecindario Santanitense las diversas actividades cívicas que demuestrenidentidad, patriotismo y ejemplares actitudes de buenavecindad en tan importante efeméride; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en el inciso 6) del Artículo 20º de la LeyOrgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Disponer el Embanderamiento General del distrito de Santa Anita desde el 16 hasta el 31 de julio del añoen curso con ocasión de conmemorarse el 185º Aniversario de la Independencia Política del Perú. Artículo Segundo.- Disponer la limpieza de fachadas y techos de las viviendas y locales públicos y privados ubicados en el distrito. Artículo Tercero.- Invocar a los vecinos de Santa Anita el cumplimiento de lo dispuesto en el presenteDecreto de Alcaldía como muestra de respeto al Estadode Derecho y en cumplimiento de los dispositivos emanados del gobierno local. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional, a la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, a laGerencia de Desarrollo Económico y Social y a la Gerencia de Servicios Públicos el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 12018 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G73/G75/G62/G64/G69/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G74/G65/G20/G6D/G61/G74/G72/G69/G7A /G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 062-06-GODU/MDS Surquillo, 22 de junio de 2006 LA GERENCIA DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Visto, el Expediente Nº 89256-06, promovido por doña MARIONILA NICOLASA MASGOS MILLAN, que solicitala SUBDIVISIÓN del Lote Matriz, ubicado con frente a jirón Manuel Iturregui Nº 337-341 (antes General Velarde,parte de la Manzana 185), Urb. Surquillo del distrito de Surquillo, con el área de 292.80 m 2, en dos Sublotes 1 y 2; CONSIDERANDO: Que, los recurrentes acreditan la propiedad del Lote Matriz con la Copia Literal Partida Nº 46304241 del registrode propiedad inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao; planos de Ubicación y Localización (U), planos de Subdivisión de lote y memoria descriptiva de lasubdivisión de lote; y demás documentos que obran en autos; cumple con lo exigido por el TUPA. Que, en el Informe Nº 002-06/SGCHU/GODU del 15-03- 2006, de Catastro, se detalla que el Lote Matriz materia de laSubdivisión de acuerdo a la verificación de los Planos de Subdivisión comprenden, el Sublote 1 con 236.52 m 2, ubicado en Jr. Manuel Iturregui Nº 337, el Sublote 2 con 56.28m2, ubicado en Jr. Manuel Iturregui Nº 341. Que, el precedente informe de Catastro y Habilitaciones urbanas aprueba la Subdivisión solicitadadel Lote Matriz de 292.80 m 2 ubicado en Jr. Manuel Iturregui Nº 337-341, Urb. Surquillo del distrito de Surquillo, de la Provincia y departamento de Lima; con la zonificación I1R (Zona de Vivienda Taller). Que, conforme a las atribuciones determinadas por el Reglamento Nacional de Construcciones; la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y demás normas vigentes sobre la materia. SE RESUELVE: Artículo Primero .- Aprobar la Subdivisión del Lote Matriz de 292.80 m2, sito en Jr. Manuel Iturregui Nº 337-341, Urb. Surquillo del distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima; con la Zonificación I1R, Zona de Vivienda Taller; conforme al área, linderos y medidas perimétricas siguientes: ÁREA LOTE MATRIZ 292.80 M2(PLANO: SUB) Por el Frente , con Jr. Manuel Iturregui, con 12.20 ml. Por la Derecha , con propiedad de terceros, con 24.00 ml. Por la Izquierda , con propiedad de terceros, con 24.00 ml. Por el Fondo , con propiedad de terceros, con 12.20 ml. ÁREA SUBLOTE 1 236.52 M2(PLANO: SUB) Por el Frente , con Jr. Manuel Iturregui, con 8.00 ml. Por la Derecha , con línea quebrada de tres tramos: el primero de 13.40 ml y el segundo doblando a la derecha con 4.20 ml colindantes con el SUBLOTE 2, y el tercero doblando a laizquierda con 10.60 ml colindante con propiedad de terceros. Por la Izquierda , con propiedad de terceros, con 24.00 ml. Por el Fondo , con propiedad de terceros, con 12.20 ml. ÁREA SUBLOTE 2 56.28 M2(PLANO: SUB) Por el Frente , con Jr. Manuel Iturregui, con 4.20 ml. Por la Derecha , con propiedad de terceros, con 13.40 ml. Por la Izquierda , con el SUBLOTE 1, con 13.40 ml. Por el Fondo , con el SUBLOTE 1, con 4.20 ml. Artículo Segundo.- Las características de los Sublotes resultantes 1 y 2, figuran en los Planos yMemoria Descriptiva anexos, que forman parte de la presente Resolución debidamente visados. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, que corre a cargo de los recurrentes, el cual debe efectuarse dentro de 30 días a partir de su notificación. Artículo Cuarto .- Transcríbase esta Resolución al Servicio de Parques de la Municipalidad Metropolitana de Lima para la revisión de los aportes que correspondan, asimismo, a la Oficina Registral de Lima y Callao, para laInscripción Inmobiliaria que corresponda. Artículo Quinto .- Encargar el cumplimiento de la presente determinación a la Subgerencia de Catastro yHabilitaciones Urbanas y a la Subgerencia de Administración Documentaria y Archivo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MANUEL GAILLOUR RONCAGLIOLO Gerente Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano 12100