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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2006 (23/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 23 de julio de 2006 324809REPUBLICADELPERU aguas y, en el inciso f) el de promover y ejecutar proyectos y obras de irrigación, mejoramiento de riego,manejo adecuado y conservación de los recursoshídricos y de suelos; Que, mediante el artículo 341º de la Ley Nº 24977 - Ley de Presupuesto General de la República para el año1989, de fecha 31 de diciembre de 1988, se creó laAutoridad Autónoma del Alto Piura, como organismopúblico descentralizado con personería jurídica dederecho público interno, con autonomía técnica,económica y administrativa, encargada de normar,ejecutar y dirigir el Proyecto Hidroenergético del Valle delAlto Piura; Que, mediante el artículo 413º de la Ley de Presupuesto General de la República para el año 1990 -Decreto Legislativo Nº 556, del 30 de diciembre de 1989,el Proyecto Especial Alto Piura es transferido a la ExRegión Grau, dependiendo presupuestalmente desde eseaño de este organismo, constituyéndose en el Proyecto801.001 Alto Piura, Subprograma 801 del Programa 01:DIGA (Administración Central) del Pliego 001: RegiónGrau, según Resolución Presidencial Nº 001-95/CTAR-RG; Que mediante Acuerdo Regional Nº 019-2003-CRP de fecha 20 de febrero del 2003, se dispone la formaciónde una comisión para la reactivación de la autoridadAutónoma del Proyecto Hidroenergético del Alto Piura; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 004-2003/ GOB.REG PIURA.CR de fecha 28 de junio del 2003 sereactiva la Autoridad Autónoma del ProyectoHidroenergético del Alto Piura, como Organismo PúblicoDescentralizado del Gobierno Regional de Piura y conpersonería jurídica de derecho público con autonomíatécnica y económica; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 005-2003/ GOB.REG .PIURA.CR de fecha 28 de junio del 2003 sedeclara de interés público el Proyecto Hidroenergéticodel Alto Piura y se reserva las aguas procedentes de lacuenca Alta del río Huancabamba, que cubrirá losrequerimientos hídricos del Proyecto EspecialHidroenergético del Alto Piura, hasta un volumen de 370MMC; Que, mediante Decreto Regional Nº 005-2003/ GOB.REG .PIURA.CR, de fecha 1 de Octubre del 2003,se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones-ROF - de la Autoridad Autónoma del ProyectoHidroenergético del Alto Piura; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 036-2004/ GRP-CR de fecha 27 de junio del 2004, se modifica elnumeral 3 del artículo 92 del Reglamento deOrganización y Funciones del Gobierno Regional Piura,quedando dicho artículo redactado en los términossiguientes: 3. de los Proyectos Especiales Chira Piura -Alto Piura - son Organismos dependientes de laPresidencia del Gobierno Regional con autonomía técnica- económica y administrativa , su fuente de financiamientoserá con recursos de Tesoro Público y/o recursos deCooperación Técnica, de la Sociedad Civil y otras fuentescooperantes. Las funciones, planes operativos,programas de inversión y otros documentos de gestiónserán aprobados por el Gobierno Regional informandoperiódicamente sobre sus avances a la Gerencia Generaly coordinando con la Gerencia Regional de Planeamiento,Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la OficinaRegional de Administración la ejecución de supresupuesto y presentación de la información contablefinanciera; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 065-2005/ GRP-CR de fecha 25 de febrero del 2005, se modifica elliteral b) del numeral 3 del artículo 92 del Reglamento deOrganización y Funciones del Gobierno Regional Piura,quedando dicho artículo redactado en los términossiguientes: 3. de los Proyectos Especiales: Chira Piura -Alto Piura - Programa de Apoyo Social .- b) del ProyectoEspecial Alto Piura- la Autoridad Autónoma del ProyectoEspecial Hidroenergético del Alto Piura, es un OrganismoPúblico Descentralizado del Gobierno Regional Piura,con personería jurídica de derecho publico interno, conautonomía técnica, económica y administrativa ,encargada de normar, ejecutar y dirigir el ProyectoEspecial Hidroenergético del Alto Piura. El máximoOrganismo de esta entidad es el directorio constituido por 8 miembros, quienes tiene derecho a percibir dieta,por un máximo de dos (2) sesiones al mes. Las dietasno tienen carácter remunerativo, son renunciables yexcluyentes de cualquier otra bonificación o asignaciónde similar concepto; Que, mediante la Ordenanza Regional 074-GRP- CR, de fecha 11 de junio del 2005, se aprueba lamodificación del Reglamento de Organización yFunciones del Gobierno Regional Piura,considerándose a la Autoridad Autónoma del ProyectoEspecial Hidroenergético del Alto Piura como un Organismo Descentralizado del Gobierno Regional Piura, con personería jurídica de derecho públicointerno, con autonomía técnica, económica yadministrativa, encargada de normar, ejecutar y dirigirel Proyecto Especial Hidroenergético del Alto Piura,para los efectos de coordinación Institucional dependefuncional y jerárquicamente de la Presidencia Regional; Que, mediante Memorándum Nº 046/2006-GRP- AAPEHAP-407000, de fecha 27 de Abril del 2006, sepropone que la denominación del mencionadoProyecto, debe ser “Proyecto Especial de Irrigacióne Hidroenergético del Alto Piura”, y mediante InformeNº 038-2006/GRP-410000 de fecha 14 de marzo del2006, e Informe Nº 076-2006/GRP-410000 de fecha11 de mayo del 2006, la Gerencia Regional dePlaneamiento, Presupuesto y AcondicionamientoTerritorial del Gobierno Regional Piura, concluye yrecomienda que es procedente la aprobación delReglamento de Organización y Funciones delProyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético delAlto Piura; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 04, de fecha 20 dejunio del 2006, con dispensa del trámite de Lectura yAprobación del Acta, el Consejo Regional del GobiernoRegional Piura en uso de sus facultades y atribucionesconferidas por la Constitución Política del Perú y la LeyOrgánica de Gobiernos Regionales; HA DADO LA ORDENANZA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL PROYECTO ESPECIAL DE IRRIGACIÓN E HIDROENERGÉTICO DEL ALTO PIURA - PEIHAP Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Proyecto Especialde Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura, que constade 8 Títulos, 9 Capítulos, 26 Artículos y TresDisposiciones Complementarias y Finales, y elOrganigrama que en anexo adjunto forma parte de lapresente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Déjese sin efecto las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los veinte días del mes de junio del año dos mil seis. CÉSAR TRELLES LARA Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil seis. CÉSAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional Piura 00319-1