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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2006 (23/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324798El Peruano domingo 23 de julio de 2006 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 334-2006-INDECI 18 de julio del 2006VISTOS: el Oficio Nº 415-2006-GRP/CRDCP del 17.MAY.2006, del Gobierno Regional de Puno, elMemorándum Nº 486-2006-INDECI/14.0 del10.JUL.2006, de la Dirección Nacional de ProyectosEspeciales y el Oficio Nº 1100-2006-EF/68.01 del7.JUL.2006, de la Dirección General de ProgramaciónMultianual del Sector Público del Ministerio de Economíay Finanzas, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM se creó la Comisión Multisectorial de Prevención yAtención de Desastres (CMPAD) generados porfenómenos de origen natural o tecnológico, encargadade coordinar, evaluar, priorizar y supervisar lasmedidas de prevención de daños, atención yrehabilitación en las zonas del país que se encuentrenen peligro inminente o afectados por desastres de granmagnitud; Que, mediante Ley Nº 28382 se amplió hasta S/. 50’000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON00/100 NUEVOS SOLES) el monto de la Línea deCrédito Extraordinaria, Permanente y Revolvente,otorgada por el Banco de la Nación al INDECI alamparo del Decreto Legislativo Nº 442, modificadopor el Decreto de Urgencia Nº 092-96. Los recursosprovenientes de dicha Línea de Crédito se destinaránpara realizar acciones que permitan reducir losefectos dañinos de un peligro inminente de origennatural o antrópico, brindar una respuesta oportunaa la población, ejecutar acciones de rehabilitación dela infraestructura pública para recuperar los nivelesque los servicios básicos tenían antes de laocurrencia de un desastre; y ejecutar acciones derecuperación de la capacidad productiva de las zonasafectadas por desastres; Que, la Octava Disposición Final de la Ley Nº 28562, Ley que autoriza Crédito Suplementario en elPresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005,autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante decretosupremo refrendado por el Ministro de Economía yFinanzas, a propuesta de la Dirección General deProgramación Multianual del Sector Público, incorpore,cuando sea necesario, previo informe favorable de laDirección Nacional del Presupuesto Público, los recursosen la Fuente de Financiamiento "Recursos porOperaciones Oficiales de Crédito Interno" provenientesde la Línea de Crédito referida en el considerandoprecedente, a favor del Instituto Nacional de DefensaCivil - INDECI; Que, la Décima Disposición Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2006, establece la prórroga dela vigencia de la referida Octava Disposición Final; Que, en Tercera Sesión de fecha 28.JUN.2006, la CMPAD aprobó el Proyecto señalado en el Anexo 01 adjunto a la presenteResolución, por el monto de CINCUENTA Y CUATRO MILTRESCIENTOS CUARENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES(S/. 54,340.00), incluido en el "Programa de Prevención yRehabilitación" y evaluado por el INDECI y la Dirección Generalde Programación Multianual del Sector Público del Ministerio deEconomía y Finanzas (DGPMSP-MEF); Que, mediante Oficio Nº 1100-2006-EF/68.01 de fecha 07.JUL.2006, la Dirección General deProgramación Multianual del Sector Público del Ministeriode Economía y Finanzas determinó la elegibilidad de laFicha Técnica correspondiente al Proyecto presentadopor el Gobierno Regional de Puno; Que, mediante Decreto Supremo Nº 102-2006-EF se incorporó vía Crédito Suplementario en el Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2006, Pliego 006INDECI, la suma de SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVEMIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON00/100 NUEVOS SOLES (S/. 669, 954.00),correspondiente a la Fuente de Financiamiento Recursospor Operaciones Oficiales de Crédito Interno, provenientes del crédito extraordinario, permanente yrevolvente otorgado por el Banco de la Nación a favordel INDECI, con cargo a los recursos de la mencionadaLínea de Crédito; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para elAño Fiscal 2006, las Transferencias Financieras querealiza, entre otros, el INDECI para la atención dedesastres se aprueban por Resolución del Titular delPliego, que serán obligatoriamente publicadas en el DiarioOficial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Puno,con cargo a los recursos provenientes del créditoextraordinario, permanente y revolvente otorgado por elBanco de la Nación a favor del INDECI, hasta por elmonto de CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOSCUARENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 54,340.00), para la ejecución del Proyecto señalado en elAnexo 01 adjunto; Con las visaciones de la Subjefatura, las Oficinas de Asesoría Jurídica, Planificación y Presupuesto yAdministración y Dirección Nacional de ProyectosEspeciales; De conformidad con la Ley Nº 28562 - Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2005, Ley Nº 28652- Ley de Presupuesto del Sector Público para el AñoFiscal 2006, LeyNº 28653 - Ley de Equilibrio Financierodel Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2006, Ley Nº 28382, Ley Nº 28411 - Ley General delSistema Nacional de Presupuesto y en uso de lasatribuciones conferidas en el Reglamento deOrganización y Funciones del INDECI, aprobado porDecreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado porDecretos Supremos Nºs. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presenteResolución, la Transferencia Financiera de Recursosa favor del Gobierno Regional de Puno, con cargo alos recursos provenientes del crédito extraordinario,permanente y revolvente otorgado por el Banco de laNación a favor del INDECI, hasta por un monto deCINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOSCUARENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES(S/. 54, 340.00), para la ejecución del Proyectoseñalado en el Anexo 01 que forma parte de la presenteResolución. Artículo Segundo.- La Oficina de Administración del INDECI, dará cumplimiento a lo establecido en la presenteResolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales la coordinacióncorrespondiente para la suscripción del respectivoConvenio entre el INDECI y el Gobierno Regional dePuno para el control, seguimiento y monitoreo deejecución y cumplimiento de metas físicas, conforme ala normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el ArchivoGeneral del INDECI, publique la misma en el DiarioOficial El Peruano y remita copia autenticada porFedatario al Gobierno Regional de Puno, la Subjefatura,las Oficinas de Asesoría Jurídica, Planificación yPresupuesto y Administración y Dirección Nacionalde Proyectos Especiales, para su conocimiento y finespertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil