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NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 26 de julio de 2006 325131REPUBLICADELPERU Presidente de Mesa y en segunda instancia por el Comité Electoral, en el mismo acto electoral. Artículo 39º: Difusión de resultados.- El Comité Electoral comunicará al Alcalde por escrito la relación de los cuatro (4) representantes titulares electos ante el Consejo de Coordinación Local, adjuntando el Acta Electoral, para la emisión de laResolución respectiva y entrega de credenciales que los acrediten como tales. TÍTULO V OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL CAPÍTULO I DURACIÓN DEL MANDATO Artículo 40º: Vigencia del mandato.- Los representantes de la sociedad civil son elegidos por un período de dos (2) años, contados desde la fecha de la instalación del respectivo Consejo de Coordinación Local. En caso de vacancia de un representante de la sociedad civil, se incorporará al Consejo de Coordinación Local, mediante designación por Resolución de Alcaldía,al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, siguiendo el orden de los resultados del escrutinio final. Dicha designación será hasta completar el períodocorrespondiente. CAPÍTULO II OBLIGACIONES Y DERECHOS Artículo 41º: Obligaciones.- Los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local se encuentran obligados a: a) Asistir a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias. b) Coordinar con sus representados las propuestas que se presentarán en el Consejo. c) Coordinar entre sí para informar de las propuestas u opiniones que se presentarán en las sesiones yconcertar propuestas conjuntas. d) Presentar al Consejo, las propuestas concertadas efectuadas por las organizaciones a la que representan. e) Presentar colectivamente informes anuales sobre los actos realizados en cumplimiento del mandato conferido. f) Otras que establezca el Reglamento Interno del Consejo. Artículo 42º: Derechos.- Los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local tienen derecho a: a) Convocar a los representantes de las organizaciones del distrito de San Isidro a reuniones decoordinación e información. b) Solicitar y recibir información de la Municipalidad en temas relacionados con el ejercicio de las funcionesdel Concejo de Coordinación Local. c) Presentar su renuncia ante el Consejo, a seguir ejerciendo el mandato de representación conferido. d) Otros que establezca el Reglamento Interno del Consejo. CAPÍTULO III VACANCIA Artículo 43º: Causales de vacancia.- El cargo de representante de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local, vaca por las siguientes causales:a) Muerte. b) Renuncia. c) Incapacidad física o mental permanente que impida el desempeño de sus funciones. d) Cambio de domicilio fuera del distrito.e) Condena judicial consentida o ejecutoriada por delito doloso. f) Inasistencia injustificada a dos sesiones ordinarias consecutivas o no consecutivas. g) Por sobrevenir alguno de los impedimentos establecidos en los artículos 29º y 30º del presenteReglamento, después de la elección. Artículo 44º: Procedimiento.- El Consejo de Coordinación Local resolverá los pedidos de vacancia en una Sesión expresamenteconvocada para tal fin. La resolución que se expida es inapelable. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES: Primera.- Incorporar en el TUPA de la Municipalidad Distrital de San Isidro, el procedimiento de inscripción en el Libro de Registros de Organizaciones del distrito deSan Isidro. Segunda.- Deróguese la Ordenanza Nº 082-MSI “Reglamento de Conformación del Consejo deCoordinación Local del distrito de San Isidro”. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. 00395-1 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G61/G20/G61/G20/G50/G75/G6E/G6F/G2C /G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 085-2006-MSI San Isidro, 21 de julio de 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO VISTA, la solicitud de la señora regidora Frieda Holler Figallo referente a su viaje a la ciudad de Puno del 26 al 30 de julio; y, CONSIDERANDO: Que, debido al friaje que está azotando el sur del país, los pobladores del departamento de Puno están atravesado una grave crisis; Que, la Gerencia de Bienestar Social ha realizado una campaña de solidaridad con el fin de apoyar mediante la entrega de víveres, ropa, frazadas y todos los demáselementos que puedan servir para apoyar a la gente del departamento de Puno; Que, es necesario hacer entrega de lo recolectado en la campaña de apoyo a los pobladores del departamento de Puno; y, De conformidad con lo establecido en los artículos 9º, numeral 11 y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación delActa: ACORDÓ: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios de la señora Regidora Frieda Holler Figallo, del 26 al 30 de julio a la ciudad de Puno y los siguientes gastos: 1. Pasaje US$ 257.40 2. Viáticos S/. 1000.00