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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 322658El Peruano miércoles 28 de junio de 2006 Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACION IGLESIA DE CRISTO se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional -APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación de fecha 20 de mayo de 2004, legalizado por el Consulado General del Perú en la ciudad de Washington, D.C., se observa que North Jackson Church of Christ, ha efectuado una donación a favor de la ASOCIACION IGLESIA DE CRISTO; Que, los bienes donados consisten en cuatro (4) cajas conteniendo productos farmacéuticos, excepto los productos psicotrópicos por regirse de normas especiales, según lo detallado en la Declaración Únicade Aduanas Nº 235-2004-10- 064584-01-1-00 de fecha 10-Ago-04, con un peso bruto de 279.00 Lbs. y valorizado en US$ 1,586.60 (Un mil quinientos ochentiséis y 60/100Dólares americanos), ayuda humanitaria que va a ser usada por la Iglesia de Cristo North Jackson en Trujillo, Perú como un regalo y donación gratis para ayudar a los que necesitan; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por North Jackson Church of Christ a favor de la ASOCIACION IGLESIA DE CRISTO; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por North Jackson Church of Christ a favor de la ASOCIACION IGLESIA DE CRISTO, que consiste en cuatro (4) cajas conteniendo productos farmacéuticos, excepto los productos psicotrópicos por regirse de normas especiales, según lo detallado en la Declaración Única de Aduanas Nº 235-2004-10-064584-01-1-00 de fecha 10-Ago-04, con un peso bruto de 279.00 Lbs. y valorizado en US$ 1,586.60 (Un mil quinientos ochentiséis y 60/100 Dólares americanos), ayuda humanitaria que va a ser usada por la Iglesia de Cristo North Jackson en Trujillo, Perú como un regalo y donación gratis para ayudar alos que necesitan. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF , dentro delos plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 11270RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0710-2006-RE Lima, 26 de junio de 2006 Visto el expediente Nº 15432-2005, presentado por la ASOCIACION VIDA PERU, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Volunteers for Inter American Development Assistance (VIDA), con sede en la ciudad de Emeryville, California, Estados Unidos, en cooperación con AmeriCares. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas -IGV e Impuesto Selectivo al Consumo -ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACION VIDA PERU se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional -APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 8 de junio de 2004, legalizado por el Consulado General del Perú en la ciudad de San Francisco, se observa que Volunteers for Inter American Development Assistance (VIDA) en cooperación con AmeriCares, ha efectuado una donación a favor de la ASOCIACION VIDA PERU; Que, los bienes donados consisten en 31 cajas de Bicarbonato de sodio, 480 cajas de Metoclopramide HCL Sol. oral x 10 mg/10 ml, 18 cajas de Gadoteridol- Prohance x 279.3 mg/ml - 50 ml, 3 cajas de Metformín HCL x 850 mg, 1 caja de Metformín HCL x 500 mg, 30 cajas de Acyclovir, 300 cajas de Sulfacetamide sodium/sulfur plexión 12 oz, 59 cajas de anteojos, 261 cajas de suplementos médicos, 10 cajas de kit para válvula centrífuga, 589 cajas de envases para análisis delaboratorio, 3 cajas de chupón plástico, 9 cajas de contenedores plásticos, 40 cajas de tubos, 43 cajas de jeringas, 49 cajas de catéter varios tipos, 42 cajas desoleras, 25 cajas de kit para primeros auxilios, 185 cajas de vendas, 31 cajas de set de limpieza personal, 198 cajas de venoclisis y 20 unidades de libros, con un pesobruto de 8,089.80 kilos, y un valor C&F de US$ 10,000.00 (Diez mil y 00/100 Dólares americanos), enviados en un contenedor Nº EMCU938361-2, con sello Nº 206221,que serán distribuidos entre las instituciones apropiadas por todo el Perú, a través de la Asociación VIDA-Perú y otras organizaciones de caridad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Volunteers for Inter American DevelopmentAssistance (VIDA) en cooperación con AmeriCares a favor de la ASOCIACION VIDA PERU;