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NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 30 de junio de 2006 322799REPUBLICADELPERU Centros Poblados, su demarcación territorial, por el cual se entiende éste como una unidad territorial base delsistema político, administrativo; cuyo ámbito es unaunidad geográfica, con recursos humanos,administrativos apta para el ejercicio del gobierno, quepropenda a mejorar los servicios prestados a la comunidad, descentralizar el ejercicio del gobierno, la integración y desarrollo con una población que tengauna identidad histórico, cultural y capacidad de demandary sostener; Que, el texto normativo supra - citado establece el procedimiento para la creación de las municipalidades de los Centros Poblados, las autoridades, las limitaciones, los contenidos el periodo y los recursos,sustentatorios para la creación por parte del MunicipioProvincial. Que, con la finalidad de mejorar la continuidad de los bienes y servicios locales en los Centros Poblados, se deberá establecer una planificación de su desarrollo; siendo su creación por parte del Concejo Provincialde Lucanas Puquio una necesidad y utilidad públicaademás del derecho de la aspiración de suspobladores; Que, mediante el Oficio Nº 016-AL/MPLP/PS de Asesoría Legal de fecha 16 de diciembre, manifiesta que de haber sido observado todos los requisitos deforma y fondo, absuelto a observaciones y con el finde contribuir a las demandas físicas, económicas ysociales de la población, es necesario e imperativo lacreación del Centro Poblado de la Comunidad de SAN DIEGO DE ISHUA del distrito de AUCARA, Provincia de Lucanas, impulsando igualmente el acceso encondiciones equilibradas y armónicas, las actividadescon fines de vivienda, producción agrícola, comercio,equipamiento de servicio, reservación, turismo,cultura, protección ambiental y servicios complementarios, posibilitando la ejecución de programas y proyectos en estrecha coordinación conel Municipio Provincial; Que, teniendo en cuenta el levantamiento Topográfico elaborado 1/25,000 se determina un perímetro de 26.55Km/Área 1,704.13 Ha. Siendo su altitud del Centro Poblado en 3,000 m.s.n.m. Que, mediante Informe 357-G0-DUT-MPLP de fecha 12 de diciembre del 2005, de la Gerencia de ObrasDesarrollo Urbano y Transporte, se planteo los siguientesObservaciones: - La memoria descriptiva, debía contra con la firma de por profesional competente. - La presentación de vías de acceso al Centro Poblado firmado por profesional competente antes mencionado. - La inspección ocular de comprobación. Siendo levantado estas observaciones en tiempo y plazo oportuno, dándose la conformidad correspondientepor parte de la Gerencia solicitante mediante InformeNº 361-60DGOT -DUT-MPLP , de fecha 15 de diciembredel 2005. Que, el perímetro y límites del Centro Poblado de San Diego de Ishua son los siguientes: - Por el NORTE: Tocando los terrenos de “Huaycahuacho” por las señales que existen denominado“ Chaupi Isla” “Huashalla Rumi” “Puca - Ccacca” “HuaccaOrcco” “Yuracc - Yacu” y “Paccary - Machay”, con una distancia total de 10.20 Km. - Por el ESTE: Sigue a tocar con los terrenos de “Huacaña”, cuya limitación principia en “ Paccary - Machay”y concluye en “Yanaccacca”, con una distancia de 1.75Km. - Por el SUR: Continua (con la actual Comunidad Campesina de Ccecca); desde “Y abaccacca” al punto denominado “Corcobado”, de allí sigue el lugar nombrado”Ccochapampa hasta “Cancarumi, siguiendo su cursopara abajo hasta llegar al punto llamado “Pamparquilla”continuando hasta “ Ccerotuna” yendo a “Quicha -Ccocha” a dar los puntos de “Bellavista” y “Parccarumi”, continuando enseguida a “Collay” en el Río “Sondondo”, con una distancia de 10.90 Km.- Por el OESTE: En seguida va por el curso del Río Grande (Río Sondondo), frente al que encuentra laComunidad Campesina de Aucará actualmente, con unadistancia de 3.70 Km. De recorrido aguas abajo hasta ellugar inicial “Chaupi - Isla”. Que, la línea geográfica de límites se fijará sobre el terreno, con hitos de piedra de conformidad con el numeral1.3 del artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades.Estando a los Oficios Nº 16 del 2005 de la AL/MPLP/PS yel Nº 357- GO-DUT-MPLP; de las Oficinas de AsesoríaLegal y la Gerencia de Desarrollo Urbano y Transporte, respectivamente y a lo acordado por votación unánime, con dispensa de la lectura y aprobación del Acta, asícomo, de conformidad con el Artículo 20º inciso de la LeyNº 27972, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: SE ORDENA: CRÉASE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SAN DIEGO DE ISHUA, DISTRITO DE AUCARA, PROVINCIA DE LUCANAS, DEPARTAMENTO DE AYACUCHO Artículo Primero.- CRÉASE, La Municipalidad del Centro Poblado de San Diego de Ishua, del distrito deAucará, comprensión de la Municipalidad Provincial deLucanas Puquio, departamento de Ayacucho. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General remita copia certificada de la Ordenanza Municipal aprobada, al Municipio Distrital de Aucará para los efectos de su conocimiento, y al representantedesignado del Centro Poblado de San Diego de Ishua dereciente creación. Artículo Tercero.- DISPONER, que la Secretaria General transcriba la Ordenanza aprobada y comunique a las instituciones correspondientes, la presente ordenanza. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ RIVAS ORTIZ Alcalde (e) 11424 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61 /G4E/GBA/G20/G30/G39/G2D/G4D/G44/G53/G41/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G72/G6F/G68/GED/G62/G65/G20/G65/G6C/G20/G74/G72/GE1/G6E/G73/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G70/G65/G73/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G61/G76/G65/G6E/G69/G64/G61/G73/G20/G39/G20/G64/G65/G73/G65/G74/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G2C/G20/G45/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G79/G20/G32/G38/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G6C/G69/G6F /G64/G65/G6C/G20/G41/G6E/G65/G78/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G38/G20/G22/G43/G65/G72/G72/G6F/G20/G43/G61/G6D/G6F/G74/G65/G22/G20/G2D /G4A/G69/G63/G61/G6D/G61/G72/G63/G61 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 11-MDSA San Antonio, 28 de junio del 2006. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Antonio, de la provincia de Huarochirí, del departamento de Lima, en SesiónOrdinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 075-CDLCH de fecha 11 de mayo del 2006, publicada en el Diario