Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (30/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 30 de junio de 2006 322785REPUBLICADELPERU Que, de la evaluación realizada por el Servicio de Administración Tributaria-SAT, se observa que dichoprocedimiento pertenece a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, considerando un derecho de trámite, por lo que los costos efectivos en lo que la MunicipalidadDistrital de Magdalena del Mar incurre para prestar los servicios establecidos en el derecho contenido en la Ordenanza Nº 255-MDMM deben ser distribuidos entreel total de contribuyentes potenciales que tienen o pretenden instalar un kiosco dentro de la circunscripción Distrital. Que, de esa forma, la evaluación de la estructura de costos presentada para el derecho del procedimiento indicado que se establece en la Ordenanza Nº 255-MDMM se orienta a determinar elcosto total del derecho del procedimiento y contratastarlo contra el monto total cobrado por la prestación del servicio. De dicho análisis el Serviciode Administración Tributaria - SAT, observa que el monto cobrado por el mismo no excede el costo del derecho del procedimiento establecido. Que, finalmente debe tenerse presente que el análisis técnico realizado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT, se basó en la documentación presentada por la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar,teniendo dicha información el carácter de declaración jurada según lo dispuesto en el inciso b) del artículo 2º de la Ordenanza Nº 607 que regula el procedimiento deratificación de Ordenanzas Distritales para la provincia de Lima. Que, en el presente caso, la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, efectuó la publicación de lasOrdenanzas Nºs. 255 y 262-MDMM los días 9 de abril y 19 de mayo de 2006, respectivamente. De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organizaciónen su Dictamen Nº 144-2006-MML-CMAEDO; y de acuerdo con el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,el artículo 70º del Decreto Legislativo Nº 776 y la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”; ACORDO: Artículo Primero.- Ratificar el derecho correspondiente al procedimiento administrativo de autorización para el funcionamiento de kioscos de venta de periódicos, diarios y revistas ubicados en áreas deuso público de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, aprobado por la Ordenanza Nº 255-MDMM y precisado por la Ordenanza Nº 262-MDMM (a efectosde su posterior inclusión en su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) institucional), el cual aparee listado en el Anexo Nº 1 del InformeNº 004-082-00000486 del Servicio de Administración Tributaria; el mismo que cumple con los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 607 que aprueba elprocedimiento de ratificación de Ordenanzas de carácter tributario; encontrándose, además la estructura de costos del referido derecho debidamentejustificada. Artículo Segundo.- Se deja establecido que la vigencia de la norma antes señalada procede recién a partir de la publicación del presente Acuerdo de Concejo ratificatorio y Anexo Nº 1 del Informe del Servicio deAdministración Tributaria - SAT, por lo que la aplicación sin el cumplimiento de dicha condición, resulta de absoluta responsabilidad de las funcionarios de la MunicipalidadDistrital respectiva. Por otro lado, el análisis técnico efectuado se basó en la documentación presentada por la Municipalidad Distrital, teniendo dicha información elcarácter de declaración jurada. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de LimaANEXO 1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR DERECHO A RATIFICAR CONTENIDO EN LA ORDENANZA Nº 255-MDMM UIT = 3,400.00 Nº PROCEDIMIENTO DERECHO (I) COSTO (C) % COBERTURA % UIT S/. S/. (I / C) GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS 8.13 Permiso de funcionamiento de kioscos 1.47% 50.00 54.40 91.91% Fuente: Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar Elaboración: SAT - Gerencia de Asuntos Legales 11546 MUNICIPALIDAD CP SANTA MARÍA DE HUACHIPA /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F /G72/G65/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G20 /G61/G20 /G6C/G61/G20 /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65 /G4C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4F/G62/G72/G61/G73/G20/G79/G2F/G6F/G20/G44/G65/G6D/G6F/G6C/G69/G63/G69/GF3/G6E ORDENANZA Nº 050/MCPSMH C.P . Santa María de Huachipa, 15 de junio de 2006EL CONCEJO DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA POR CUANTO:El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria en la fecha, por unanimidad y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú - Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 -establece que las Municipalidades son los órganos deGobierno Local y tienen autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ley Nº 27157 - Ley de Regularización de Edificaciones del Procedimiento para la Declaratoriade Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias dePropiedad exclusiva y de Propiedad Común; Que, mediante Ordenanza Nº 768 de la Municipalidad Metropolitana de Lima se regula la adecuación de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipaa la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, dondedelegan competencias y funciones de normar, regular ycalificar otorgando autorizaciones, certificaciones, derechos,licencias de construcción y declaratoria de fábrica; Que, siendo de la actual administración la actualización del Catastro Municipal y el ornato del Centro Poblado, hacreído de sumo interés otorgar el presente beneficioadministrativo, a fin de promover y fomentar la regularizaciónde las licencias de obra dentro de esta jurisdicción; POR TANTO: Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE CONCEDE BENEFICIO ADMINISTRATIVO RESPECTO A LA REGULARIZACIÓN DE LICENCIA DE OBRA Y/O DEMOLICIÓN Artículo 1º.- NATURALEZA DEL BENEFICIO ADMINISTRATIVO La presente Ordenanza establece el Beneficio Administrativo para la Regularización de Licencia de