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PÆg. 314237 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de marzo de 2006 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 00920-FCC-06 de la Facultad de CienciasContables, sobre viaje al exterior en comisión deservicios. CONSIDERANDO: Que el Dr. CARLOS ALFONSO EGÚSQUIZA PEREDA, con código Nº 022772, Decano de la Facultadde Ciencias Contables, solicita se le declare en Comisiónde Servicios del 8 al 12 de marzo de 2006, para participaren su condición de Representante Nacional ante ALAFEC en la reunión del Consejo Ejecutivo de la Asociación Latinoamericana de Facultades y Escuelas deContaduría y Administración (ALAFEC), a realizarse enla ciudad de Oaxaca, México; Que el Consejo de la Facultad de Ciencias Contables en su sesión del 2 de marzo de 2006, autoriza el viaje por comisión de servicios, del 8 al 12 de marzo de 2006, al Dr. CARLOS ALFONSO EGÚSQUIZA PEREDA,Decano de la citada Facultad, para que participe en elmencionado evento; Que asimismo, se le otorga las sumas en nuevos soles equivalentes a US$ 1,061.70 dólares americanos por concepto de Pasajes, US$ 877.99 dólares americanos por concepto de Viáticos por cinco días yUS$ 30.25 dólares americanos por concepto de TarifaCORPAC, acuerdo que es explicitado medianteResolución de Decanato Nº 037/FCC-D/06 del 3 de marzode 2006; Que la participación del mencionado docente en dicho evento beneficiará a la Comunidad UniversitariaSanmarquina en lo académico y científico, por cuantoelevará el nivel y calidad de enseñanza en la Universidad,así como redundará a favor de la imagen de nuestropaís, y por ende, contribuirá a su promoción económica; Que a fin de mantener el normal desarrollo de las actividades de la Facultad de Ciencias Contables, esnecesario encargar el Decanato de la citada Facultad alMg. HERNÁN YACSAHUACHE PASAPERA, por elperíodo que dure la ausencia del titular; Que la Oficina General de Planificación mediante Oficio Nº 709-OGPL-2006, emite opinión favorable al respecto; Que se cumplen con los requisitos exigidos por el artículo 8º de la Directiva Nº 001-SG-03 aprobada conResolución Rectoral Nº 01536-R-03 del 7 de marzo de2003, modificada con Resolución Rectoral Nº 00235-R- 06 del 25 de enero de 2006; y, Estando a las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de laUniversidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º.- Ratificar la Resolución de Decanato Nº 037/FCC- D/06 del 3 de marzo de 2006 de la Facultad de CienciasContables, en el sentido que se indica: 1. Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, del 8 al 12 de marzo de 2006, al Dr. CARLOS ALFONSO EGÚSQUIZA PEREDA, con código Nº 022772, Decanode la Facultad de Ciencias Contables, para participar ensu condición de Representante Nacional ante ALAFEC,en la reunión del Consejo Ejecutivo de la AsociaciónLatinoamericana de Facultades y Escuelas de Contaduría y Administración (ALAFEC), a realizarse en la ciudad de Oaxaca, México. 2. Otorgar al Dr. CARLOS ALFONSO EGÚSQUIZA PEREDA, las sumas en nuevos soles equivalentes a losmontos que se indican, con cargo a los recursosdirectamente recaudados por la Facultad de Ciencias Contables, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de ley: Pasajes (Ida y vuelta) US$ 1,061.70 dólares americanosViáticos (Por 05 días) US$ 877.99 dólares americanosTarifa Córpac US$ 30.25 dólares americanos 2º.-Encargar el Decanato de la Facultad de Ciencias Contables al Mg. HERNÁN YACSAHUACHE PASAPERA,con código Nº 075701, Docente Permanente AsociadoT.C. 40 horas, por el período que dure la ausencia del titular. 3º.-Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruanode conformidad a las normas vigentes. 4º.-Encargar a la Oficina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Ciencias Contables el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese-JUAN MANUEL BURGA DÍAZ Rector 04338 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN Oficializan la apertura del Registro Nacional de Entidades Prestadoras deServicios de Capacitación en materiade Gestión Pœblica RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 023-CND-P-2006 Lince, 6 de marzo de 2006 VISTO: El Oficio Nº 017-2006-CND/GCAT de la Gerencia de Capacitación y Asistencia Técnica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 188º de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una políticapermanente del Estado, de carácter obligatorio, a cuyoefecto el proceso de la descentralización se realiza poretapas, en forma progresiva y ordenada, conforme acriterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, tanto la etapa preparatoria como la primera etapa del proceso de la descentralización definidas por laSegunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, Leyde Bases de la Descentralización, refieren la permanente y continua capacitación y asistencia técnica dirigida a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el Consejo Nacional de Descentralización (CND), de conformidad con los artículos 22º y 23º de la Ley acotadaen el considerando precedente, tiene a su cargo la direccióny conducción del proceso de la descentralización en el país, en calidad de organismo independiente y descentralizado, con autonomía técnica, administrativa yeconómica en el ejercicio de sus funciones, asignándole elinciso b) numeral 24.2 del artículo 24º la función de capacitary preparar en gestión y gerencia pública a los niveles degobierno regional y local; Que, el artículo 86º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que el CND formularáy aprobará un Plan de Capacitación en Gestión Pública,el mismo que fue refrendado por el Decreto SupremoNº 021-2004-PCM, y que tiene como objetivo mejorar lacapacidad de gestión de los Gobiernos Regionales y Locales, y, entre otros, coadyuvar con los procesos de transferencias y acreditación de capacidades de gestiónpública descentralizada; Que, el artículo 3º del precitado Decreto Supremo, señala que el CND es el encargado de la coordinación,del monitoreo y, según el caso, de la ejecución del referido Plan directamente o a través de las entidades públicas y privadas que certificará con arreglo a los procedimientosen él contenidos y a las normas que, conforme a lo