Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2006 (08/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, miercoles 8 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 00920-FCC-06 de la Facultad de Ciencias Contables, sobre viaje al exterior en comision de servicios. CONSIDERANDO: Que el Dr. MORDAZA MORDAZA EGUSQUIZA MORDAZA, con codigo Nº 022772, Decano de la Facultad de Ciencias Contables, solicita se le declare en Comision de Servicios del 8 al 12 de marzo de 2006, para participar en su condicion de Representante Nacional ante ALAFEC en la reunion del Consejo Ejecutivo de la Asociacion Latinoamericana de Facultades y Escuelas de Contaduria y Administracion (ALAFEC), a realizarse en la MORDAZA de Oaxaca, Mexico; Que el Consejo de la Facultad de Ciencias Contables en su sesion del 2 de marzo de 2006, autoriza el viaje por comision de servicios, del 8 al 12 de marzo de 2006, al Dr. MORDAZA MORDAZA EGUSQUIZA MORDAZA, Decano de la citada Facultad, para que participe en el mencionado evento; Que asimismo, se le otorga las sumas en nuevos soles equivalentes a US$ 1,061.70 dolares americanos por concepto de Pasajes, US$ 877.99 dolares americanos por concepto de Viaticos por cinco dias y US$ 30.25 dolares americanos por concepto de Tarifa CORPAC, acuerdo que es explicitado mediante Resolucion de Decanato Nº 037/FCC-D/06 del 3 de marzo de 2006; Que la participacion del mencionado docente en dicho evento beneficiara a la Comunidad Universitaria Sanmarquina en lo academico y cientifico, por cuanto elevara el nivel y calidad de ensenanza en la Universidad, asi como redundara a favor de la imagen de nuestro MORDAZA, y por ende, contribuira a su promocion economica; Que a fin de mantener el normal desarrollo de las actividades de la Facultad de Ciencias Contables, es necesario encargar el Decanato de la citada Facultad al Mg. MORDAZA YACSAHUACHE MORDAZA, por el periodo que dure la ausencia del titular; Que la Oficina General de Planificacion mediante Oficio Nº 709-OGPL-2006, emite opinion favorable al respecto; Que se cumplen con los requisitos exigidos por el articulo 8º de la Directiva Nº 001-SG-03 aprobada con Resolucion Rectoral Nº 01536-R-03 del 7 de marzo de 2003, modificada con Resolucion Rectoral Nº 00235-R06 del 25 de enero de 2006; y, Estando a las atribuciones conferidas al senor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º.- Ratificar la Resolucion de Decanato Nº 037/FCCD/06 del 3 de marzo de 2006 de la Facultad de Ciencias Contables, en el sentido que se indica: 1. Autorizar el viaje en Comision de Servicios, del 8 al 12 de marzo de 2006, al Dr. MORDAZA MORDAZA EGUSQUIZA MORDAZA, con codigo Nº 022772, Decano de la Facultad de Ciencias Contables, para participar en su condicion de Representante Nacional ante ALAFEC, en la reunion del Consejo Ejecutivo de la Asociacion Latinoamericana de Facultades y Escuelas de Contaduria y Administracion (ALAFEC), a realizarse en la MORDAZA de Oaxaca, Mexico. 2. Otorgar al Dr. MORDAZA MORDAZA EGUSQUIZA MORDAZA, las sumas en nuevos soles equivalentes a los montos que se indican, con cargo a los recursos directamente recaudados por la Facultad de Ciencias Contables, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de ley: Pasajes (Ida y vuelta) US$ 1,061.70 dolares americanos Viaticos (Por 05 dias) US$ 877.99 dolares americanos Tarifa Corpac US$ 30.25 dolares americanos 2º.- Encargar el Decanato de la Facultad de Ciencias Contables al Mg. MORDAZA YACSAHUACHE MORDAZA, con codigo Nº 075701, Docente Permanente Asociado

T.C. 40 horas, por el periodo que dure la ausencia del titular. 3º.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano de conformidad a las normas vigentes. 4º.- Encargar a la Oficina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Ciencias Contables el cumplimiento de la presente Resolucion Rectoral. Registrese, comuniquese, publiquese y archiveseJUAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 04338

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACION
Oficializan la apertura del Registro Nacional de Entidades Prestadoras de Servicios de Capacitacion en materia de Gestion Publica
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 023-CND-P-2006 Lince, 6 de marzo de 2006 VISTO: El Oficio Nº 017-2006-CND/GCAT de la Gerencia de Capacitacion y Asistencia Tecnica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 188º de la Constitucion Politica del Peru establece que la descentralizacion es una politica permanente del Estado, de caracter obligatorio, a cuyo efecto el MORDAZA de la descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, tanto la etapa preparatoria como la primera etapa del MORDAZA de la descentralizacion definidas por la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, refieren la permanente y continua capacitacion y asistencia tecnica dirigida a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el Consejo Nacional de Descentralizacion (CND), de conformidad con los articulos 22º y 23º de la Ley acotada en el considerando precedente, tiene a su cargo la direccion y conduccion del MORDAZA de la descentralizacion en el MORDAZA, en calidad de organismo independiente y descentralizado, con autonomia tecnica, administrativa y economica en el ejercicio de sus funciones, asignandole el inciso b) numeral 24.2 del articulo 24º la funcion de capacitar y preparar en gestion y gerencia publica a los niveles de gobierno regional y local; Que, el articulo 86º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que el CND formulara y aprobara un Plan de Capacitacion en Gestion Publica, el mismo que fue refrendado por el Decreto Supremo Nº 021-2004-PCM, y que tiene como objetivo mejorar la capacidad de gestion de los Gobiernos Regionales y Locales, y, entre otros, coadyuvar con los procesos de transferencias y acreditacion de capacidades de gestion publica descentralizada; Que, el articulo 3º del precitado Decreto Supremo, senala que el CND es el encargado de la coordinacion, del monitoreo y, segun el caso, de la ejecucion del referido Plan directamente o a traves de las entidades publicas y privadas que certificara con arreglo a los procedimientos en el contenidos y a las normas que, conforme a lo

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