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PÆg. 314238 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de marzo de 2006 dispuesto por el artículo 5º del mismo, dicte dicha entidad mediante Resolución Presidencial; Que, con arreglo al marco legal enunciado en los considerandos precedentes, la Gerencia deCapacitación y Asistencia Técnica, mediante Oficio devisto, ha solicitado la apertura del Registro Nacional de Entidades Prestadoras de Servicios de Capacitación en materia de Gestión Pública, que permita: (i) impulsar lacompetitividad y transparencia de las institucionesprestadoras de estos servicios, (ii) potenciar la mejoracontinua del servicio ofertado, (iii) aportar informacióncualificada y comparable a las administraciones de los tres niveles de gobierno, y (iv) brindar a los interesados una relación de instituciones evaluadas y certificadas; En cumplimiento de las funciones asignadas y de la autonomía conferida por la Ley Nº 27783, estando a lodispuesto por las Leyes Nºs. 27867 y 27972 y por el DecretoSupremo Nº 021-2004-PCM, y en uso de las atribuciones contenidas en la Resolución Presidencial Nº 042-CND-P- 2003 y sus normas modificatorias y complementarias,Reglamento de Organización y Funciones del CND; y, Con el visto bueno del Secretario Técnico (e) y de los Responsables de la Gerencia de Capacitación yAsistencia Técnica y de la Oficina Legal; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apertura del Registro de Entidades Capacitadoras Oficializar la apertura del "Registro Nacional de Entidades Prestadoras de Servicios de Capacitación en materia de Gestión Pública", en adelante EL REGISTRO,con arreglo a las disposiciones contenidas en el DecretoSupremo Nº 021-2004-PCM que refrenda el "PlanNacional de Capacitación y Asistencia Técnica en GestiónPública para el Fortalecimiento de los Gobiernos Regionales y Locales". Artículo 2º.- Encargado del Registro La Secretaría Técnica está a cargo de EL REGISTRO, a cuyo efecto, asignará el respectivo número correlativoa cada Entidad que cumpla con los requisitos de inscripción, de forma tal que su funcionamiento quede asegurado. La Gerencia de Capacitación y Asistencia Técnica es responsable del funcionamiento, uso y actualizaciónde EL REGISTRO. Artículo 3º.- Convocatoria para la inscripción en el Registro La Secretaría Técnica, a más tardar el 24 de marzo de 2006, publicará la convocatoria de inscripción en ELREGISTRO, en al menos dos (2) medios de comunicaciónde alcance nacional y en el Portal de Internet http:// www.cnd.gob.pe, a cuyo efecto, es responsable de aprobar, mediante Resolución Secretarial, la Directiva que contengalos requisitos, plazos y procedimientos, que permitanasegurar su funcionamiento. La Gerencia de Capacitación y Asistencia Técnica elevará a la Secretaría Técnica, el proyecto de Directiva a que se refiere el párrafo precedente, para lo cual, tomará en cuenta el inventario analítico de las EntidadesPrestadoras de Servicios de Capacitación en materia deGestión Pública, formulado a través de dicha Gerencia. Artículo 4º.- Vigencia del Registro A partir de la convocatoria a que se refiere el artículo precedente, EL REGISTRO tiene vigencia indefinida, deforma tal, que se encuentra permanentemente abiertopara la presentación de solicitudes de inscripción. La inscripción en EL REGISTRO constituye uno de los requisitos indispensables para que las Entidades Prestadoras de Servicios de Capacitación puedan participar en los procesos de selección que el CND realiceen materia de capacitación en gestión pública dirigida alos Gobiernos Regionales y Locales. En un plazo que no exceda del 6 de abril de 2006, se dictarán, por Resolución Presidencial, las normas relativas a la certificación de las Entidades Prestadoras de Servicios de Capacitación, así como las que lescorrespondan cumplir a las Entidades del Sector Públicoen lo relativo a la validación de los contenidos de lasáreas temáticas en materia de gestión pública. A tal efecto, la Secretaría Técnica, en un plazo que no excedadel 24 de marzo de 2006, elevará al DespachoPresidencial el respectivo proyecto, cuya elaboraciónestá a cargo de la Gerencia de Capacitación y AsistenciaTécnica. Artículo 5º.- Participación en procesos de selección A partir de la vigencia de la presente Resolución, los términos de referencia y las bases de los procesos deselección que convoque el CND para el dictado de cursos, otorgarán puntaje preferente a las Entidades Prestadoras de Servicios de Capacitación que seencuentren inscritas en EL REGISTRO. Artículo 6º.- Derogatoria y vigencia Quedan sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Resolución, la misma que rige a partir del día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS THAIS DÍAZ Presidente 04213 INPE Designan representante del INPE ante la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por razones humanitarias RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 153-2006-INPE/P Lima, 1 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2004-JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 7 de setiembrede 2004, se constituyó la Comisión de Indulto y Derechode Gracia por razones humanitarias, encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la República, la concesión de dichas gracias; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3º del citado Decreto Supremo, la conformación de la indicadaComisión está integrada por cuatro miembros, entre ellosun representante del Instituto Nacional Penitenciario; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 696-2004- INPE/P, de fecha 8 setiembre de 2004, se designó a laDra. SUSANA SILVA HASEMBANK, como representantedel Instituto Nacional Penitenciario, ante la Comisión deIndulto y Derecho de Gracia por razones humanitarias,constituida por Decreto Supremo Nº 010-2004-JUS; Que, mediante Resolución Suprema Nº 021-2006- JUS, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 defebrero de 2006, se aceptó la renuncia de la Dra.SUSANA SILVA HASEMBANK, en el cargo público deconfianza de Asesor II, Consejero, Tercer Miembro delConsejo Nacional Penitenciario; Que, en tal sentido es necesario proceder a la designación del nuevo representante del Instituto Nacional Penitenciario,para que integre la referida Comisión; Contándose con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 010-2004-JUS, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, y en uso de lasfacultades conferidas mediante Resolución SupremaNº 021-2006-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la designación de la Dra. SUSANA SILVA