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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2006 (14/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G34/G37/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 14 de marzo de 2006 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G63/G65/G6E/G74/G61/G6A/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G46/G4F/G4E/G43/G4F/G4D/G55/G4E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 ACUERDO DE CONCEJO Nº 056-2005-A/MDC Carabayllo, 30 de diciembre de 2005 VISTOS: El Oficio Circular Nº 022-2005-EF/76.15.2 de la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, el Informe Nº 125- 2005- GPP-MDC de la Gerencia de Planeamiento yPresupuesto, sobre Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) - Año Fiscal 2006 del Pliego 06: Municipalidad Distrital de Carabayllo, elConcejo Municipal en su Sesión Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con personería Jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad conlo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680; Que, los Regidores y el Alcalde tienen entre sus atribuciones, el proponer proyectos de Ordenanzas y Acuerdos, conforme a lo establecido por el Artículo 10ºInciso 1) y Artículo 20º Inciso 4) de la Ley Nº 27972, correspondiendo a este último, ejecutar los Acuerdos del Concejo Municipal de conformidad al Inciso 3) delArtículo 20º de la Ley antes citada; Que, la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas ha aprobado,mediante la Resolución Directoral Nº 001-2005-EF/65.01 la Directiva Nº 013-2005-EF/76.01- Directiva para la Programación, Formulación y Aprobación delPresupuesto Institucional de los Gobiernos Locales para el año Fiscal 2006; Que, de conformidad con el Artículo 9º inciso 16) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, son atribuciones del Concejo Distrital de Carabayllo, aprobar el Presupuesto Anual y sus Modificaciones dentro delos plazos señalados por Ley bajo responsabilidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Orgánica deMunicipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo POR MAYORÍA y con dispensa de Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR, el PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA (P.I.A.) 2006 del Pliego Municipalidad Distrital de Carabayllo, correspondiente alEjercicio Presupuestal 2006, el mismo que asciende a la suma de S/. 15’593,388 (QUINCE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOSOCHENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo Segundo.- APROBAR, LOS PORCENTAJES DE APLICACIÓN DEL FONCOMUN PARA EL AÑO FISCAL2006, cuya distribución será la siguiente: Para Gastos Corrientes 36.186646 % Para Gastos de Capital 41.833358 % Para Servicio de la Deuda 21.979995 % ---------------- TOTAL FONCOMUN 100 % Artículo Tercero.- El Presupuesto de Ingresos y el Presupuesto de Gastos del Año Fiscal 2006 se detallan en el FORMATO A-1: "PRESUPUESTO DE INGRESOS" y el FORMATO A-3: "PRESUPUESTO DE GASTOS";así como la Misión, Visión y Objetivos Estratégicos contenidos en el Anexo Nº 01/GL, los cuales forman parte integrante del presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo a la Municipalidad Metropolitana de Lima y demás organismos competentes. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas y demás instancias administrativas dar cumplimiento a lo dispuesto en elpresente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 04694 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20 /G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61 /G72/G65/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G70/G6F/G72/G20 /G6C/G61/G20 /G65/G78/G70/G65/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G63/G6F/G6E/G73/G74/G61/G6E/G63/G69/G61/G2C/G61/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G2F/G6F/G20/G63/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G6E/G75/G6D/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E ORDENANZA Nº 086 San Juan de Lurigancho, 23 de febrero de 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO: VISTO; en sesión ordinaria de la fecha;CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 192º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades tienen competencia de administrar sus bienes y rentas, así como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas,arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, el numeral 9) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades -Ley Nº 27972-, concordante con elartículo 60º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, consagran la competencia de las municipalidades para crear, modificar y suprimir suscontribuciones y tasas o exonerar de éstas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, D.S. Nº 135-99 EF, en la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que los gobiernos locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones,arbitrios, derechos y licencias; Que, mediante Ordenanza Nº 29 de fecha 10 de febrero del 2004 se aprueba el Texto Único deProcedimientos Administrativos de la jurisdicción en el cual se reconoce y se consigna los derechos administrativos para la asignación, emisión de constanciay certificado de numeración; Que, mediante Informe Nº 032-2006-GDU/MSJL de la Gerencia de Desarrollo Urbano e Informe Nº 034-2006-JGTYC/GDU/MSJL de la Jefatura de Gestión del Territorio y del Catastro, se opina por la reducción de los derechos administrativos de asignación, certificado yconstancia de numeración, a fin de facilitar el otorgamiento de la numeración de los predios que estén debidamente identificados de acuerdo a los registros existentes,facilitando la ubicación de los mismos, evitando el conflicto entre vecinos por determinación de números autogenerados y permitiendo asimismo la actualizaciónde los registros de esta entidad edilicia, opinando asimismo que para los predios que carecen de licencia de construcción o declaratoria de fábrica, se facilite conla expedición de constancias de numeración, considerando la reducción de los derechos administrativos por sectores al 50% de acuerdo acronograma presentado; Que, mediante Informe Nº 105-2006-GAJ/MSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica y dictamen de la