Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2006 (14/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 14 de marzo de 2006

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Aprueban porcentajes de aplicacion del FONCOMUN para el ano fiscal 2006
ACUERDO DE CONCEJO Nº 056-2005-A/MDC Carabayllo, 30 de diciembre de 2005 VISTOS: El Oficio Circular Nº 022-2005-EF/76.15.2 de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, el Informe Nº 1252005- GPP-MDC de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre Aprobacion del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) - Ano Fiscal 2006 del Pliego 06: Municipalidad Distrital de Carabayllo, el Concejo Municipal en su Sesion Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con personeria Juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680; Que, los Regidores y el MORDAZA tienen entre sus atribuciones, el proponer proyectos de Ordenanzas y Acuerdos, conforme a lo establecido por el Articulo 10º Inciso 1) y Articulo 20º Inciso 4) de la Ley Nº 27972, correspondiendo a este ultimo, ejecutar los Acuerdos del Concejo Municipal de conformidad al Inciso 3) del Articulo 20º de la Ley MORDAZA citada; Que, la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas ha aprobado, mediante la Resolucion Directoral Nº 001-2005-EF/65.01 la Directiva Nº 013-2005-EF/76.01- Directiva para la Programacion, Formulacion y Aprobacion del Presupuesto Institucional de los Gobiernos Locales para el ano Fiscal 2006; Que, de conformidad con el Articulo 9º inciso 16) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, son atribuciones del Concejo Distrital de Carabayllo, aprobar el Presupuesto Anual y sus Modificaciones dentro de los plazos senalados por Ley bajo responsabilidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo POR MAYORIA y con dispensa de Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; SE ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR, el PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA (P.I.A.) 2006 del Pliego Municipalidad Distrital de Carabayllo, correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2006, el mismo que asciende a la suma de S/. 15'593,388 (QUINCE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo Segundo.- APROBAR, LOS PORCENTAJES DE APLICACION DEL FONCOMUN PARA EL ANO FISCAL 2006, cuya distribucion sera la siguiente: Para Gastos Corrientes Para Gastos de Capital Para Servicio de la Deuda TOTAL FONCOMUN 36.186646 % 41.833358 % 21.979995 % ---------------100 %

asi como la Mision, Vision y Objetivos Estrategicos contenidos en el Anexo Nº 01/GL, los cuales forman parte integrante del presente Acuerdo. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y demas organismos competentes. Articulo Quinto.- ENCARGAR, a Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administracion y Finanzas y demas instancias administrativas dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04694

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Establecen disposiciones para la reduccion de derechos administrativos por la expedicion de MORDAZA, asignacion y/o certificado de numeracion
ORDENANZA Nº 086 San MORDAZA de Lurigancho, 23 de febrero de 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO: VISTO; en sesion ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades tienen competencia de administrar sus bienes y rentas, asi como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, el numeral 9) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades -Ley Nº 27972-, concordante con el articulo 60º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, consagran la competencia de las municipalidades para crear, modificar y suprimir sus contribuciones y tasas o exonerar de estas dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, D.S. Nº 135-99 EF, en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que los gobiernos locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias; Que, mediante Ordenanza Nº 29 de fecha 10 de febrero del 2004 se apr ueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la jurisdiccion en el cual se reconoce y se consigna los derechos administrativos para la asignacion, emision de MORDAZA y certificado de numeracion; Que, mediante Informe Nº 032-2006-GDU/MSJL de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA e Informe Nº 0342006-JGTYC/GDU/MSJL de la Jefatura de Gestion del Territorio y del Catastro, se opina por la reduccion de los derechos administrativos de asignacion, certificado y MORDAZA de numeracion, a fin de facilitar el otorgamiento de la numeracion de los predios que esten debidamente identificados de acuerdo a los registros existentes, facilitando la ubicacion de los mismos, evitando el conflicto entre vecinos por determinacion de numeros autogenerados y permitiendo asimismo la actualizacion de los registros de esta entidad edilicia, opinando asimismo que para los predios que carecen de licencia de construccion o declaratoria de fabrica, se facilite con la expedicion de constancias de numeracion, considerando la reduccion de los derechos administrativos por sectores al 50% de acuerdo a cronograma presentado; Que, mediante Informe Nº 105-2006-GAJ/MSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica y dictamen de la

Articulo Tercero.- El Presupuesto de Ingresos y el Presupuesto de Gastos del Ano Fiscal 2006 se detallan en el FORMATO A-1: "PRESUPUESTO DE INGRESOS" y el FORMATO A-3: "PRESUPUESTO DE GASTOS";

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