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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2006 (14/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G34/G37/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 14 de marzo de 2006 presente expediente al Jurado Nacional de Elecciones para su inscripción definitiva; Por estas consideraciones, en virtud de lo dispuesto en el artículo 36º inciso f) de la Ley Orgánica del JuradoNacional de Elecciones Nº 26486, artículo 119º de la Ley Orgánica de Elecciones; y en la Resolución Nº 004-2006- JNE; el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, enuso de sus facultades conferidas por ley: RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar consentida la Resolución Nº 0193-2006-JEE/LC, mediante la cual seResuelve en el Artículo Primero Admitir a trámite la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Parlamento Andino presentada por el personero legaldel Partido Aprista Peruano, para el proceso de Elecciones Generales del 09 de abril de 2006. Artículo Segundo.- Elevar el presente expediente al Jurado Nacional de Elecciones para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ARAUJO SANCHEZ MEDINA GALDOS MARTINEZ GARCIA 04752 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G73/G65/G6E/G74/G69/G64/G61/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65 /G61/G64/G6D/G69/G74/G65/G20 /G61/G20 /G74/G72/GE1/G6D/G69/G74/G65/G20 /G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20 /G64/G65/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G73/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G6F/G73/G20/G61/G6C/G50/G61/G72/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G41/G6E/G64/G69/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G64/G6F/G20/G55/G6E/G69/GF3/G6E/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA JURADO ELECTORAL ESPECIAL LIMA CENTRO RESOLUCIÓN Nº 00239-2006-JEE/LC Lima, 13 de marzo de 2006VISTA: En Sesión del Pleno del Jurado Electoral Especial, a las dieciocho horas del presente día y dadocuenta de la Resolución Nº 00194-2006-JEE/LC; Expediente Nº 017-2006-PA. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 0194-2006-JEE/LC, del 09 de marzo de 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de marzo del presente año, emitida por este órgano electoral, se resuelve en el Artículo PrimeroAdmitir a trámite la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Parlamento Andino presentada por el personero legal del Partido Unión por el Perú, para elproceso de Elecciones Generales del 09 de abril de 2006; Que, conforme a lo señalado en el artículo 10º de la Resolución Nº 004-2006-JNE, "Reglamento del Procesopara Elección de Representantes ante el Parlamento Andino", concordado con el artículo 120º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, cualquier ciudadanoinscrito en el Registro Nacional de identificación y Estado Civil puede formular tacha contra cualquiera de los candidatos fundada en la infracción de los artículos 113º,114º y 115º del mencionado cuerpo normativo, dentro de los tres días siguientes a la publicación de las listas de candidatos, por lo que habiendo transcurrido dichoplazo y no habiéndose formulado tacha contra ninguno de los candidatos admitidos en la Resolución Nº 0194- 2006-JEE/LC, la lista queda consentida, de conformidada lo dispuesto en el artículo 12º de la Resolución Nº 004- 2006-JNE; siendo ello así, deviene procedente elevar el presente expediente al Jurado Nacional de Eleccionespara su inscripción definitiva; Por estas consideraciones, en virtud de lo dispuesto en el artículo 36º inciso f) de la Ley Orgánica del JuradoNacional de Elecciones Nº 26486, artículo 119º de la Ley Orgánica de Elecciones; y en la Resolución Nº 004-2006- JNE; el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, enuso de sus facultades conferidas por ley:RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar consentida la Resolución Nº 0194-2006-JEE/LC, mediante la cual seResuelve en el Artículo Primero Admitir a trámite la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Parlamento Andino presentada por el personero legaldel Partido Unión por el Perú, para el proceso de Elecciones Generales del 09 de abril de 2006. Artículo Segundo.- Elevar el presente expediente al Jurado Nacional de Elecciones para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ARAUJO SANCHEZ MEDINA GALDOS MARTINEZ GARCIA 04753 /G45/G78/G63/G6C/G75/G79/G65/G6E/G20/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G73/G74/G61/G20/G64/G65 /G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G6F/G73/G20/G61/G64/G6D/G69/G74/G69/G64/G6F/G73/G20/G61/G20/G74/G72/GE1/G6D/G69/G74/G65/G20/G61/G6C /G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65 /G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G33/G31/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G4A/G45/G45/G2F/G4C/G43/G2C/G20 /G70/G6F/G72/G20 /G6C/G61/G41/G6C/G69/G61/G6E/G7A/G61/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C JURADO ELECTORAL ESPECIAL LIMA CENTRO RESOLUCIÓN Nº 0240 -2006- JEE/LC Lima, 13 de marzo de 2006 VISTA: En la Sesión del Pleno del Jurado Electoral Especial, a las tres de la tarde del presente día y dado cuenta de la Resolución Nº 0248-2006-JNE, del 7 demarzo del presente año, publicada el día 9 de marzo de 2006 de la fecha en el Diario Oficial El Peruano; respecto de la Resolución Nº 091-2006-JEE/LC que admite ydeniega la inscripción de candidatos de la lista al Congreso de la República presentada por la Alianza Electoral Unidad Nacional. CONSIDERANDO: Que advirtiéndose que en la Resolución Nº 169- 2006-JEE/LC se ha consignado de manera errónea al candidato Urbina Moya Eduardo Augusto, con númerode inscripción 27 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 08384399; que en un principio fue denegado por la Resolución Nº 091-2006-JEE/LC y anteel cual el Jurado Nacional de Elecciones declara infundada la apelación interpuesta por el personero legal de la citada Alianza Electoral en dicho extremo, medianteResoluciòn Nº 248-2006-JNE, por lo que en aplicación de la Primera parte del Artículo 407º del Código Procesal Penal, deviene procedente CORREGIR dicharesolución; RESUELVE:Artículo Primero.- Excluir de la lista de candidatos admitidos a trámite al Congreso de la República medianteResolución Nº 131-2006-JEE/LC a Urbina Moya Eduardo Augusto por la Alianza Electoral Unidad Nacional, para el proceso de Elecciones Generales 2006; la misma quequeda como sigue: Nº APELLIDOS Y NOMBRES DNI ORDEN 12 Ruiz Huidobro Cubas Manuel Eduardo 06997297 21 Montero Lar a Marcia 10806720 26 Isla Cabrera Cesar Emilio 19850398 29 Tong Hurtado Teodoro Federico 07973345 30 Luna Gálvez José León 07246887 Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.