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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2006 (14/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G34/G37/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 14 de marzo de 2006 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G76/G69/G61/G6A/G65/G20 /G64/G65/G20 /G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20 /G64/G65 /G41/G65/G72/G6F/G6E/G61/G76/G65/G67/G61/G62/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G64/G65/G20 /G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20 /G43/G69/G76/G69/G6C/G20 /G61/G20 /G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20 /G70/G61/G72/G61/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G6E/G74/G65/G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G6D/G6F/G74/G6F/G72/G20/G54/G41/G59/G20/G36/G35/G30/G2D/G31/G35 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 220-2006-MTC/02 Lima, 13 de marzo de 2006CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentariasaprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otrasentidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del Sector que corresponda, la cual será publicada en el Diario Oficial El Peruano conanterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 002-2006, publicado el 21 de enero de 2006, mediante su artículo 15º modifica el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006,señalando que "quedan prohibidos los viajes al exterior de funcionarios y servidores del Estado, exceptuándose de la presente prohibición aquellos viajes que realicenlos altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212 y los Titulares de Pliego, asimismo los destinados al desarrollo de funciones en el marco delas negociaciones orientadas a la suscripción de los Tratados de Libre Comercio, a efectuar acciones de promoción y/o negociación económica comercial deimportancia para el Perú y los que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el ejercicio del Año 2006, los que seránaprobados conforme al procedimiento establecido por la Ley Nº 27619, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM"; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, según Informe Nº 0187-2006-MTC/12, de fecha 13 de marzo de 2006, de la Dirección General deAeronáutica Civil, se señala que entre los días 14 al 24 de marzo de 2006, se llevará a cabo el curso Line Maintenance Boroscope Training - Engine TAY 650 - 15,organizado por WAYRAPERU, el mismo que se llevará a cabo en la ciudad de Sao Paulo Brasil y que está diseñado para Inspectores Técnicos de Mantenimiento y proveeráal participante de los conocimientos necesarios e imprescindibles en el mantenimiento de línea en el motor TAY 650-15 instalado en la aeronave Fokker - 100, asícomo lo relativo a la inspección boroscópica en los motores; Que, según los términos de los Informes Nº 005- 2006-MTC/12.04 y Nº 042-2006-MTC/12.04 se hace imprescindible dicha capacitación considerando que la aeronave Fokker 100 es nueva en el parque aeronáuticonacional así como el motor TAY 650 - 15, material que se encuentra en proceso de certificación para operar en la empresa WAYRAPERU, requiriéndose la capacitación de Inspectores de Aeronavegabilidad para realizar a cabalidad sus funciones de vigilancia y certificación; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha designado a los Inspectores Roberto Loo Valverde y Miguel Gonzáles Saldarriaga, para participar en el cursoantes referido, considerando que dicha capacitación resulta indispensable para garantizar el cumplimiento de los objetivos fijados por dicha dependencia para elEjercicio 2006;Que, el referido curso será realizado en la ciudad de Sao Paulo Brasil y su costo será asumido por WAYRAPERU y los viáticos y pasajes serán financiados dentro del marco del Acuerdo de Gestión de ServiciosPER/01/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismo técnico de las NacionesUnidas, en observancia de la Tercera Disposición Complementaria de la Ley Nº 27261, de conformidad con los términos de la Autorización de Beca Int. Nº 006-02-2006, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; Que, de este modo, el referido viaje se encuentra dentro de las excepciones previstas en el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, modificado por elartículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, publicado el 21 de enero de 2006; Que, el artículo 16º del Decreto de Urgencia Nº 002- 2006, establece que "mediante Resolución del Titular del Sector deberá aprobarse y publicarse el Plan Anual de Viajes del Sector, antes del 15 de febrero de 2006, el cualpormenorizará la relación de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos considerando que el gasto presupuestado, con cargo a los recursos públicos,deberá ser reducido en un veinte por ciento (20%) con relación al ejercicio fiscal 2005, bajo responsabilidad"; Que, con Resolución Ministerial Nº 133-2006-MTC/ 01, de fecha 15 de febrero de 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de febrero de 2006, se aprobó el Plan Anual de Viajes al Exterior delSector Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2006, en el cual se encuentra incluido el viaje de entrenamiento solicitado; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 002-2006, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la ResoluciónMinisterial Nº 133-2006-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Roberto Loo Valverde y Miguel Gonzáles Saldarriaga, Inspectoresde Aeronavegabilidad de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Sao Paulo - Brasil, durantelos días 14 al 24 de marzo de 2006, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución serán financiados por el Convenio de Gestión de Servicios PER/01/801, celebradoentre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), de conformidad con la Autorización de Beca Int. Nº 006-02-2006, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (por 2 personas) US$ 4,800.00 Pasaje Aéreo (por 2 personas) US$ 1,400.00 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto (por 2 personas) US$ 60.50 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, losprofesionales mencionados en el artículo primero de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje,deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 04735