Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2006 (14/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, martes 14 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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Organica de Elecciones Nº 26859, cualquier ciudadano inscrito en el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil puede formular tacha contra cualquiera de los candidatos fundada en la infraccion de los articulos 113º, 114º y 115º del mencionado cuerpo normativo, dentro de los tres dias siguientes a la publicacion de las listas de candidatos, por lo que habiendo transcurrido dicho plazo y no habiendose formulado tacha contra ninguno de los candidatos admitidos en la Resolucion Nº 01852006-JEE/LC, la lista queda consentida, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 12º de la Resolucion Nº 0042006-JNE; siendo ello asi, deviene procedente elevar el presente expediente al MORDAZA Nacional de Elecciones para su inscripcion definitiva; Por estas consideraciones, en virtud de lo dispuesto en el articulo 36º inciso f) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486, articulo 119º de la Ley Organica de Elecciones; y en la Resolucion Nº 004-2006JNE; el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, en uso de sus facultades conferidas por ley: RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar consentida la Resolucion Nº 0185-2006-JEE/LC, mediante la cual se Resuelve en el Articulo Primero Admitir a tramite la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Parlamento MORDAZA presentada por el personero legal del Partido politico Movimiento Descentralista Peru Ahora para el MORDAZA de Elecciones Generales del 09 de MORDAZA de 2006. Articulo Segundo.- Elevar el presente expediente al MORDAZA Nacional de Elecciones para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese.

de candidatos, por lo que habiendo transcurrido dicho plazo y no habiendose formulado tacha contra ninguno de los candidatos admitidos en la Resolucion Nº 01892006-JEE/LC, la lista queda consentida, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 12º de la Resolucion Nº 0042006-JNE; siendo ello asi, deviene procedente elevar el presente expediente al MORDAZA Nacional de Elecciones para su inscripcion definitiva; Por estas consideraciones, en virtud de lo dispuesto en el articulo 36º inciso f) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486, articulo 119º de la Ley Organica de Elecciones; y en la Resolucion Nº 004-2006JNE; el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, en uso de sus facultades conferidas por ley: RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar consentida la Resolucion Nº 0189-2006-JEE/LC, mediante la cual se Resuelve en el Articulo Primero Admitir a tramite la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Parlamento MORDAZA presentada por el personero legal de la Alianza Electoral Unidad Nacional, para el MORDAZA de Elecciones Generales del 09 de MORDAZA de 2006. Articulo Segundo.- Elevar el presente expediente al MORDAZA Nacional de Elecciones para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALDOS MORDAZA MORDAZA 04751

SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALDOS MORDAZA MORDAZA 04750

Declaran consentida resolucion que admite a tramite solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Parlamento MORDAZA de la Alianza Electoral Unidad Nacional
MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL MORDAZA CENTRO RESOLUCION Nº 00237-2006-JEE/LC MORDAZA, 13 de marzo de 2006

Declaran consentida resolucion que admite a tramite solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Parlamento MORDAZA del Partido Aprista Peruano
MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL MORDAZA CENTRO RESOLUCION Nº 00238-2006-JEE/LC MORDAZA, 13 de marzo de 2006 VISTA: En Sesion del Pleno del MORDAZA Electoral Especial, a las dieciocho horas del presente dia y dado cuenta de la Resolucion Nº 00193-2006-JEE/LC; Expediente Nº 009-2006-PA. CONSIDERANDO:

VISTA: En Sesion del Pleno del MORDAZA Electoral Especial, a las dieciocho horas del presente dia y dado cuenta de la Resolucion Nº 00189-2006-JEE/LC; Expediente Nº 006-2006-PA. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 0189-2006-JEE/LC, del 09 de marzo de 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de marzo del presente ano, emitida por este organo electoral, se resuelve en el Articulo Primero Admitir a tramite la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Parlamento MORDAZA presentada por el personero legal de la Alianza Electoral Unidad Nacional, para el MORDAZA de Elecciones Generales del 09 de MORDAZA de 2006; Que, conforme a lo senalado en el articulo 10º de la Resolucion Nº 004-2006-JNE, "Reglamento del MORDAZA para Eleccion de Representantes ante el Parlamento Andino", concordado con el articulo 120º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, cualquier ciudadano inscrito en el Registro Nacional de identificacion y Estado Civil puede formular tacha contra cualquiera de los candidatos fundada en la infraccion de los articulos 113º, 114º y 115º del mencionado cuerpo normativo, dentro de los tres dias siguientes a la publicacion de las listas

Que, mediante Resolucion Nº 0193-2006-JEE/LC, del 09 de marzo de 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de marzo del presente ano, emitida por este organo electoral, se resuelve en el Articulo Primero Admitir a tramite la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Parlamento MORDAZA presentada por el personero legal del Partido Aprista Peruano, para el MORDAZA de Elecciones Generales del 09 de MORDAZA de 2006; Que, conforme a lo senalado en el articulo 10º de la Resolucion Nº 004-2006-JNE, "Reglamento del MORDAZA para Eleccion de Representantes ante el Parlamento Andino", concordado con el articulo 120º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, cualquier ciudadano inscrito en el Registro Nacional de identificacion y Estado Civil puede formular tacha contra cualquiera de los candidatos fundada en la infraccion de los articulos 113º, 114º y 115º del mencionado cuerpo normativo, dentro de los tres dias siguientes a la publicacion de las listas de candidatos, por lo que habiendo transcurrido dicho plazo y no habiendose formulado tacha contra ninguno de los candidatos admitidos en la Resolucion Nº 01932006-JEE/LC, la lista queda consentida, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 12º de la Resolucion Nº 0042006-JNE; siendo ello asi, deviene procedente elevar el

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