Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2006 (15/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 8

PÆg. 314734 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de marzo de 2006 ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan viaje de representantes de PROINVERSIÓN a EE.UU. paraparticipar en el 4th Latin AmericanLeadership Forum RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 149-2006-EF/10 Lima, 13 de marzo de 2006 Visto el Oficio Nº 076/2006/DEA-LEG/ PROINVERSIÓN, del Director Ejecutivo Adjunto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, entre los días 28 y 29 de marzo de 2006, en la ciudad de New Orleans, Estados Unidos de América, se desarrollará el 4th Latin American Leadership Forum, en el cual se tratarán temas relacionados con Infraestructura; Que, es necesario y de interés nacional, que PROINVERSIÓN, participe en el citado evento a través de tres representantes, a efectos de dar a conocer a potenciales inversionistas, los proyectos en materia de infraestructura en cartera de PROINVERSIÓN, así como recoger experiencias que resulten valiosas para el proceso de impulso de la inversión privada en proyectos de infraestructura que tiene a su cargo; Que, en tal sentido se requiere la participación del señor Jesús Vidalón Orellana, Coordinador Técnico Sectorial en Temas de Saneamiento, del señor Juan Fernando Suito Larrea, Coordinador Técnico Sectorial en Asuntos Portuarios y de la señora Ana María Vertiz Estévez, funcionaria de la Dirección de Promoción y Apoyo al Inversionista Privado, por lo que es necesario autorizar sus viajes, debiendo PROINVERSIÓN asumir los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y tarifa CORPAC, con cargo a su presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje de los señores Jesús Vidalón Orellana, Coordinador Técnico Sectorial en Temas de Saneamiento, Juan Fernando Suito Larrea, Coordinador Técnico Sectorial en Asuntos Portuarios y Ana María Vertiz Estévez, funcionaria de la Dirección de Promoción y Apoyo al Inversionista Privado de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, a la ciudad de New Orleans, Estados Unidos de América, del 27 al 30 de marzo de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo alPresupuesto de la Unidad Ejecutora 001, Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, del Pliego 055 Agencia de Promoción de Inversión, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Jesús Vidalón OrellanaPasajes : US$ 985,50 Viáticos : US$ 660,00 Tarifa Corpac (TUUA) : US$ 30,25 Señor Juan Fernando Suito LarreaPasajes : US$ 985,50 Viáticos : US$ 660,00 Tarifa Corpac (TUUA) : US$ 30,25 Señora Ana María Vertiz Estévez Pasajes : US$ 985,50 Viáticos : US$ 660,00 Tarifa Corpac (TUUA) : US$ 30,25 Artículo 3º.- Los funcionarios antes mencionados, en el plazo de quince (15) días calendario contados a partir de su retorno al país, deberán presentar un informe al Ministro de Economía y Finanzas, en el cual se describirá las actividades desarrolladas en el viaje que por la presente resolución se aprueba. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 04764 Aprueban ˝ndices de Distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero paraPiura y Tumbes por las transferenciascorrespondientes al aæo 2006 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 152-2006-EF/15 Lima, 14 de marzo de 2006CONSIDERANDO:Que, el numeral 5.1 del artículo 5º así como el artículo 10º de la Ley Nº 27506 - Ley de Canon, señalan que la distribución y la determinación del canon petrolero mantiene las condiciones de su aplicación actual; Que, la Ley Nº 23630 establece una participación de 10% para Piura y Tumbes por la renta que produce la explotación de petróleo y gas natural en dichos departamentos; Que, la Ley Nº 23871 modifica la Ley Nº 23630, elevando en 2,5% la participación sobre la renta queANEXO 03 ÍTEM DESCRIPCIÓN UM CANT. PU S/. TOTAL S/. 1 MOTOBOMBA HONDA WB20XTBS/6/16/C (10.00 lt/seg.) UNID. 3 1,826.64 5,479.93 2 MOTOBOMBA HONDA WB30XT (18.33 lt/seg.) UNID. 60 2,030.61 121,836.60 3 MOTOBOMBA HONDA HJ/3/9/C (22 lt. / seg.) UNID. 61 2,030.61 123,867.21 4 MANGUERAS DE SUCCIÓN DE 2¨X 7 MTS Y MANGA DE DESCARGA DE 2¨ X 10 MTS UNID. 3 463.42 1,390.27 5 MANGUERA DE SUCCIÓN DE 3¨X 7 MTS Y MANGA DE DESCARGA DE 3¨X 10 MTS UNID. 60 754.82 45,289.29 6 MANGUERA DE SUCCIÓN DE 3¨X 7 MTS Y MANGA DE DESCARGA DE 3¨X 10 MTS UNID. 61 754.86 46,046.19 7 HEMATOVIT (Frasco de 250 ml) FCO. 7,364 26.13 192,421.32 8 ALIMENTOS BALANCEADOS (Bolsa de 50 Kg.) BOLSA 8,000 37.00 296,000.00 9 GASOLINA 90 Oct. - TUMBES GLN. 7,020 13.00 91,260.00 10 GASOLINA 90 Oct. - PIURA GLN. 11,724 12.74 149,363.76 11 GASOLINA 90 Oct. - ICA GLN. 4,480 13.00 58,240.00 12 GASOLINA 90 Oct. - AREQUIPA GLN. 800 13.15 10,520.00 TOTAL 1,141,714.57 04823