Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2006 (15/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 22

PÆg. 314748 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de marzo de 2006 1.3.1 El Modelo de Gestión Habitacional . Se trataba de reemplazar al vigente hasta los años noventa, en el que el Estado se encargaba de ejecutartodas las fases del proceso de producción habitacional:diseñaba, normaba, construía, financiaba la construcción, comercializaba las viviendas, otorgaba los créditos hipotecarios y los cobraba. La nueva propuesta le reservó al Estado un rol promotor y facilitador de la iniciativa privada, a la que seentregó la ejecución de la política habitacional. Sería elsector privado inmobiliario-constructor (empresas inmobiliarias, pequeñas y medianas constructoras, profesionales independientes) el encargado de diseñar,construir y comercializar los programas habitacionales.El financiamiento de la construcción y el otorgamiento delos créditos hipotecarios quedaban a cargo de lasinstituciones financieras privadas (bancos comerciales, financieras, cajas municipales y rurales, cooperativas de ahorro y crédito). 1.3.2 El Marco Institucional . Comprendiendo que la dispersión del sector, alentada desde los noventa, constituía una fuerte limitación para la ejecución de la política de vivienda, se tuvo una claraconciencia de la necesidad de recuperar lainstitucionalidad del Sector Vivienda. Para el efecto, sedictaron las siguientes disposiciones: - Declarar de interés nacional la ejecución de actividades destinadas a promover el acceso de toda lapoblación a la vivienda digna y crear una Comisión deCoordinación encargada del seguimiento de estasactividades (D.S. Nº 010-2002-MTC de 20 de marzo de2002). La Comisión es presidida por el Viceministro de Vivienda y la integran el Viceministro de Saneamiento, el Secretario Ejecutivo del Fondo Mivivienda, el Presidentedel Directorio del Banco de Materiales, el Superintendentede Bienes Nacionales y el Coordinador Nacional de laComisión de Formalización de la Propiedad Informal(COFOPRI). Se trató del primer esfuerzo por integrar, en una sola instancia, a todas las entidades del gobierno nacional vinculadas directamente con el tema habitacionaly urbano. - Crear el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (Ley Nº 27779 de 11 de junio de 2002),como ente rector y ejecutor de política en temas de vivienda, construcción, desarrollo urbano y saneamiento, al cual se adscriben el Fondo Mivivienda yel Banco de Materiales, entre otras entidades. Con estadecisión, el sector vivienda recupera su rango ministeriale integra bajo su administración a las instituciones delEstado encargadas del financiamiento de la vivienda. Esta propuesta de fortalecimiento institucional se ha consolidado con la transformación del Fondo Miviviendaen una empresa estatal de derecho privado (Ley Nº 28579del 9 de julio del 2005), que contribuirá notablemente a lasostenibilidad del financiamiento hipotecario para viviendasocial al menos durante los siguientes diez años. En este mismo esquema, el Banco de Materiales SAC - BANMAT, además de haber ido mejorando su gestiónadministrativa y perfeccionando los procesos deotorgamiento de créditos, se ha ido encargando de losProyectos Piloto Techo Propio, los Proyectos deProducción Urbana Primaria y de Mejoramiento Integral de Barrios. Ha optimizado la utilización de los recursos del Fondo de Apoyo Social con su participación en elcofinanciamiento de los Proyectos de MejoramientoIntegral de Barrio. Asimismo, ha implementado elPrograma Mi Mercado con el que da inicio a su accionara través de la intermediación financiera. - Conformar la Comisión Consultiva de Vivienda (R.M. Nº 004-2002-VIVIENDA de 28 de julio del 2002) integradapor representantes de los Colegios de Arquitectos y deIngenieros, de las Asociación Peruana de Consultoría,de las principales Universidades del País, de la CámaraPeruana de la Construcción, de la Federación de Trabajadores de Construcción Civil y de la sociedad civil. Este cuerpo colegiado ha emitido opinión sobre losprincipales instrumentos de la política habitacional y losha respaldado con su solvencia técnica yrepresentatividad, lo que ha permitido contribuir notablemente en su implementación y en la sensibilizaciónde los agentes económicos, políticos y sociales hacialos objetivos del sector. - Implementar los subsidios directos habitacionales, mediante la aprobación de la ley de creación del Bono Familiar Habitacional (Ley Nº 27829 del 20 de setiembre de 2002) que implicó un cambio cualitativo detrascendencia en el abordaje del problema de la viviendasocial. Con anterioridad al BFH, que es una ayuda directa,transparente y focalizada en las familias pobres, el apoyodel Estado se otorgaba mediante subsidios indirectos, indiscriminados y desfocalizados a la demanda y a la oferta de vivienda. Este cambio estratégico fue consolidado con la creación de los Bonos de Mejoramiento Barrial (D.S.Nº 004-2004-VIVIENDA 27 de marzo de 2004) para laejecución de proyectos integrales de mejoramiento de barrios marginales en las principales ciudades del país. 1.3.3 El Marco Normativo.Dado el nivel de obsolescencia de las normas técnicas y administrativas que regían la actividad edificatoria y de vivienda, se dieron una serie de disposiciones destinadas a modernizarlas, pero cuidando de no interferir con lascompetencias normativas de los gobiernos locales. Lasprincipales normas aprobadas son las siguientes: - Reglamento de Construcción y Habilitación Urbana Especial (D.S. Nº Nº 030-2002-MTC del 30 de junio de 2002), para flexibilizar las condiciones de diseño yconstrucción de viviendas sociales y hacer posible, deesta manera, una oferta habitacional de calidad yconsistente con la capacidad de compra de familias deingresos medios y bajos. - Programa de Proyectos Piloto de Vivienda (D.S. Nº 019-2002-MTC del 10 de mayo de 2002) financiadocon recursos del Banco de Materiales SAC, paraimpulsar la utilización de nuevas propuestas de diseñourbano y de vivienda, el empleo de nuevas tecnologíasde construcción y el uso de terrenos subutilizados del Estado para generar vivienda para familias pobres. - Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano (D.S. Nº 027-2003-VIVIENDA del 6de octubre de 2003), que estableció un marco normativohomogéneo y simplificado a nivel nacional para laformulación de instrumentos de planeamiento y gestión urbanos a cargo de los gobiernos locales, con el propósito de promover las inversiones urbanas. - Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, Texto Único Ordenado, aprobado por D.S.Nº 010-2005-VIVIENDA del 12 de mayo de 2005, queaclaró el procedimiento para el otorgamiento de licencias de habilitaciones urbanas. - Reglamento de la Ley de Regularización de Edificaciones y Declaratoria de Fábrica (D.S. Nº 011-VIVIENDA-2005 del 13 de mayo de 2005) que fijómodificaciones sustantivas a la norma que regula sobretodo el otorgamiento de licencias de construcción, lo cual procuró su simplificación y flexibilización. - Reglamento Nacional de Edificaciones (D.S. Nº 015- 2004-VIVIENDA del 6 de setiembre del 2004 y R.M.Nº 290-2005-VIVIENDA del 26 de noviembre del 2005),disposiciones que establecen el índice y la nueva normatécnica de edificaciones, respectivamente, reemplazando al Reglamento vigente desde los años setenta. El RNE es concebido como un compendio integrado de normastécnicas con el que se pretende registrar los avancesde la tecnología de diseño y construcción obtenidos enlos últimos cuarenta años; reducir al máximo laambigüedad de las normas a fin de facilitar la aprobación de proyectos; conceder a los profesionales que diseñan y construyen una parte significativa de la responsabilidadsobre la calidad y seguridad de las edificaciones; yestablecer parámetros técnicos que vayan de acuerdoa los nuevos requerimientos habitacionales y urbanos. - Resolución Ministerial Nº 297-2005-VIVIENDA, que autoriza al Directorio del BANMAT para que, en ejercicio de sus atribuciones, apruebe la utilización de recursos alos que se refiere el artículo 3º de la Ley Nº 27205 parael “Sistema de Reforzamiento de Vivienda Rural de