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PÆg. 315782 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de marzo de 2006 Artículo 23º.- El Archivo Central de esta comuna solamente extenderá copias fedatizadas de losdocumentos que sean solicitados por los administrados,Gerencias o Subgerencias, conservándose el originalen el Archivo Central, para cualquier verificacióncorrespondiente. TÍTULO III ORGANIZACIÓN DE DOCUMENTOS EN EL ARCHIVO CENTRAL Artículo 24º. - Realizada la transferencia de la documentación al Archivo Central, el responsableprocederá de acuerdo a la disponibilidad del espaciofísico, para determinar la conservación en la estanteríade acuerdo a las secciones correspondientes orientadaspor la estructura orgánica de la Municipalidad Distrital deLa Perla. Artículo 25º.- El responsable del Archivo agrupará los documentos recibidos por asuntos o tipos dedocumentales considerando las actividades realizadasen cumplimiento de las funciones de cada Gerencia. Artículo 26º.- Los documentales que conforman cada serie deberá ser ordenadas mediante sistemas másconveniente alfabético, numérico o mixto. TÍTULO IV PROCEDIMIENTO DE ELIMINACIÓN O TRANSFERENCIA DE DOCUMENTOS DEL ARCHIVO CENTRAL AL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN Artículo 27º.- La eliminación de documentos es un procedimiento archivístico que consiste en la destrucciónde los documentos autorizados expresamente por elArchivo General de la Nación. Artículo 28º. - El Archivo Central de esta comuna elaborará el Cronograma Anual de Eliminación deDocumentos y los remitirá al Archivo General de laNación. Artículo 29º.- Los archivos de gestión, periféricos y desconcentrados de nuestra Institución, cuentan condocumentos que por sus características y naturalezapierden valor o importancia, éstos son depurados ypropuestos para su eliminación de conformidad con lasdisposiciones del Archivo General de la Nación. Artículo 30º.- El Subgerente de Trámite Documentario, solicitará la oficialización del Comité deEvaluación de Documentos, vía resolución, deconformidad con las normas impartidas por el ArchivoGeneral de la Nación. Artículo 31º.- El responsable del Archivo Central de esta comuna en coordinación con el Gerente de cadaunidad orgánica cuya documentación será evaluadaseparará los documentos posible de eliminar o detransferencia, elaborando el inventario y extraerá unamuestra documental. Artículo 32º.- El Comité de Evaluación de Documentos será designado por la más alta autoridadinstitucional, es el encargado de conducir el proceso deformulación del programa de control de documentos deesta comuna. Artículo 33º.- El responsable del Archivo Central de esta comuna, elaborará un informe dirigido al JefeInmediato que sustente la propuesta de eliminación otransferencia considerando los antecedentes, análisis yconclusiones. Artículo 34º.- El Subgerente de Trámite Documentario revisará el informe para luego ser elevado al Presidentedel Comité Evaluador de Documentos, quien determinarála procedencia o improcedencia de la eliminación otransferencia. Artículo 35º.- En el caso de ser procedente el Presidente del Comité de Evaluación de Documentos,solicitará la autorización para la eliminación otransferencia de los documentos, remitiendo el oficioacompañando con el inventario en original y dos copiasy las muestras documentales correspondientes alArchivo General de la Nación.Artículo 36º.- Una vez confirmada la procedencia de la eliminación o transferencia de documentos por elArchivo General de la Nación se procederá a elaborar elacta de entrega de documentos. Artículo 37º.- El Comité de Evaluación de Documentos, redactará el acta de procedencia deeliminación o transferencia de documentos. Artículo 38º.- Recibida la autorización de eliminación o transferencia de documentos se hará entrega al ArchivoGeneral de la Nación, la documentación a eliminar otransferir firmando el acta de entrega respectivaquedándose con un ejemplar. Artículo 39º.- Los casos no previstos en el presente Manual serán de aplicación las normas emitidas por elArchivo General de la Nación. TÍTULO V PROGRAMA DE CONTROL DE DOCUMENTOS - PCD Artículo 40º.- El Programa de Control de Documentos - PCD, es un documento de gestiónarchivística, que establece las series documentales queproducen la comuna como resultado de sus actividadesprecisando el número de años que deben conservarsey los períodos de retención en cada nivel de archivohasta su transferencia al Archivo General de la Nación. Artículo 41º.- Para la formulación del Programa del Control de Documentos se tendrá en cuenta los valorestemporal y permanente de los documentos. -Los documentos de valor temporal.- Son aquellos documentos que por su contenido dejan de serimprescindibles y sin trascendencia una vez cumplido elfin administrativo. -Los documentos de valor permanente.- Son los relativos a asuntos administrativos, fiscales, legales,financieros, estructura orgánica, los planes operativosy otros indispensables para la entidad. Artículo 42º.- El Programa de Control de Documentos, estará conformado por el inventario de lasseries documentales, la tabla de retenciones dedocumentos y el índice alfabético de las seriesdocumentales. Artículo 43º.- Los Gerentes de las Unidades Orgánicas de esta comuna en coordinación con elencargado del Archivo Central, elaborarán el inventariode las series documentales correspondiente a su unidady lo remitirá al Comité de Evaluación de Documentospara su aprobación. Artículo 44º.- Los inventarios de las series documentales serán analizados por el CED findeterminar el valor de cada una de las series e indicarsus períodos de retención en los niveles del archivocorrespondiente. Artículo 45º.- El índice del PCD será utilizado para anotar en orden alfabético los nombres de las seriesdocumentales, el asunto principal y el código respectivo. Artículo 46º.- La Tabla de Retención de Documentos será utilizada para registrar esquemáticamente losasuntos principales de la serie documental, código, títulode la serie documental, períodos de retención del totalde años. Artículo 47º.- La Tabla de Retenciones de Documentos de la Municipalidad Distrital de La Perla,será aprobada mediante Resolución. TÍTULO VI DISPOSICIÓN FINAL Y TRANSITORIA Única.- Las Gerencias o Subgerencias de esta comuna, que posean documentos originales oexpedientes, tiene un plazo de veinte días hábiles, parasu devolución al Archivo Central, en caso deincumplimiento se aplicará el artículo 22º de la presenteresolución. 05679