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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2006 (30/03/2006)

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PÆg. 315778 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de marzo de 2006 ORDENANZA QUE PRORROGA EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 239-MSS QUE ESTABLECE LA SUSPENSIÓN DE RECEPCIÓN DE SOLICITUDES DE LICENCIAS Y CERTIFICADOS EN LAS PARCELACIONES SEMIRRÚSTICAS SANTA TERESA, LOS GRANADOS Y EL DERBY Artículo Único.- Prorrogar el plazo de vigencia establecido en el artículo 2º de la Ordenanza Nº 239- MSS por sesenta (60) días. DISPOSICIÓNES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- Encargar el cumplimiento y difusión de la presente norma a la Gerencia de Desarrollo Urbano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ENRIQUE MARTINELLI FREUNDT Tte. Alcalde Encargado de la Alcaldía 05806 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Aprueban Reglamento de Propaganda Electoral en el distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2006-CDB Bellavista, 21 de marzo de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto unánime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la LeyOrgánica de Municipalidades le confiere y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Propaganda Electoral en el distrito de Bellavista, de acuerdo al texto adjunto que forma parte integrante de la presente normamunicipal. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal velar por el cumplimiento de lo dispuesto en la presenteOrdenanza Municipal, la cual entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA AlcaldeRÉGIMEN DE PROPAGANDA ELECTORAL EN EL DISTRITO DE BELLAVISTA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- OBJETIVOS.- La presente ordenanza tiene como objetivo establecer las normas que regulenla propaganda electoral en el distrito de Bellavista. Artículo 2º.- FINALIDAD.- La presente ordenanza tiene como finalidad velar por el mantenimiento del ornatoy conservación del patrimonio urbano y monumental, elrespeto de los entornos saludables y el resguardo de latranquilidad de los vecinos del distrito en relación concualquier tipo de proceso electoral, en lo referido a lapropaganda electoral en sus diversas manifestaciones.También se incluyen los procesos de consulta porreferéndum y otros procesos electorales previstos porley. Artículo 3º.- BASE LEGALa) Constitución Política del Perú. b) Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.c) Ley Nº 26859 - Ley Orgánica de Elecciones.d) Resolución Nº 007-2006-JNE. Artículo 4º.- DEFINICIONES.- Para los efectos de la presente Ordenanza, se entiende por: Propaganda electoral.- Toda aquella actividad lícita desarrollada durante los procesos electorales,encaminada a persuadir a los ciudadanos para obtenerresultados electorales a través de la captación de susvotos y con ello aspirar a cargos políticos por elecciónpopular. La propaganda electoral es organizada por lasagrupaciones políticas y candidatos participantes delproceso electoral sean partidos políticos, agrupacionesindependientes o alianzas nacionales, regionales o localesdebidamente inscritas, sin perjuicio de la desarrolladapor los propios ciudadanos agrupados o no, a través dela promoción de candidatos, difusión y explicación de laspropuestas o programas de gobierno, promoción decolores, símbolos, números y siglas que identifiquen alas organizaciones políticas participantes del proceso,entre otras actividades conexas. Organizaciones políticas.- Todas las organizaciones políticas de alcance nacional, regional, local provincial olocal distrital. Estas a su vez pueden ser partidos políticos,movimientos políticos, agrupaciones políticasindependientes o alianzas políticas, debidamente inscritasen el Registro de Organizaciones Políticas del JuradoNacional de Elecciones. Artículo 5º.- ÓRGANOS COMPETENTES.- La Dirección de Servicios Comunales y ProtecciónAmbiental de la Municipalidad Distrital de Bellavistaejercerá el control sobre la propaganda electoral. Lecorresponde también la calificación de infracciones, laimposición de sanciones y la ejecución de las medidascomplementarias derivadas del incumplimiento de lapresente Ordenanza. La Dirección de Desarrollo Urbano, la Dirección de Servicios Comunales o la División de Defensa Civil tienenla potestad de disponer el retiro de la propaganda electoralcuando su ubicación se haya realizado contraviniendolas normas y especificaciones técnicas vigentes, atentencontra el ornato de la ciudad o constituyan peligro para lavida, la salud o la integridad física de los vecinos,respectivamente. TÍTULO II PROPAGANDA ELECTORAL Artículo 6º.- DIFUSIÓN.- Los partidos, agrupaciones independientes y alianzas políticas que respeten lasdisposiciones contenidas en la presente Ordenanza,pueden: