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PÆg. 315777 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de marzo de 2006 2004, autorizó a Inmobiliaria Gold S.A., un nuevo plazo de ejecución de obras con construcción simultánea dedieciocho (18) meses; Que, el Informe Nº 40-2006-MSB-GM-GDU/JOPR el mismo que hace suyo el Informe Nº 52-2006-MSB-GM-GDU-JOPR/AMP, la Jefatura de Obras Privadas señala que el administrado ha cumplido con presentar la documentación requerida de acuerdo al Texto Único deProcedimientos Administrativos, asimismo se señala querealizada la inspección ocular al inmueble ubicado en la Av.Angamos Nº 2337, se observó que no existe avance deobras de habilitación urbana; Que, el tercer párrafo del artículo 4.5 del capítulo XVIII, título II, del Reglamento Nacional de Construcciones,establece que el plazo de ejecución de obra será dedieciocho (18) meses; Que, conforme a las facultades otorgadas a la Gerencia de Desarrollo Urbano por el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por la Ordenanza Nº 296 publicada el 4 de abril del presenteaño, y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, a INTERSEGURO COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA S.A., propietario delinmueble ubicado en la Av. Angamos Este Nº 2337, distritode San Borja, un nuevo plazo de ejecución de obras dedieciocho (18) meses contados a partir de la fecha de lapresente resolución, las obras que se ejecuten serán de conformidad con la autorización conferida por la Resolución Nº 067-98-MML-DMDU-DGO de fecha 8 de julio de 1998 ysu plano correspondiente Nº 115-98-MML-DGO-DHU defecha 8 de julio de 1998, emitido por la MunicipalidadMetropolitana de Lima, del terreno de 30,000.00 m2. Artículo Segundo.- CONSIDERAR, con construcción simultánea, la habilitación urbana para Uso de Comercio Distrital "C-5" del terreno de 30,000.00 m2, con un áreaútil de 25,512.00 m2. Artículo Tercero.- Los interesados deberán gestionar el trámite de Licencia de Obra, así como, la Finalizaciónde obra, en concordancia con el Art. II-X-4 del Reglamento Nacional de Construcciones. Artículo Cuarto.- Encárguese del cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Desarrollo de laCiudad, Jefatura de Obras Privadas, Jefatura de ControlUrbano y Jefatura de Catastro y Fiscalización Tributaria,en cuanto sea de competencia. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima paraconocimiento y fines. Artículo Sexto.- La publicación de la presente Resolución será por cuenta del interesado, en un plazono mayor de treinta (30) días útiles, contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CONSIGLIERE CEVASCO Gerente Gerencia de Desarrollo Urbano 05678 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Convocan a Sesión Extraordinaria de Concejo con representantes de las Juntas Vecinales RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 100 San Isidro, 29 de marzo de 2006 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 197º de la Constitución Política, modificada por Ley de ReformaConstitucional, Ley Nº 27680, las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinalen el desarrollo local; Que, mediante Ordenanza Nº 125-MSI, publicada el 13 de noviembre del 2005, se estableció la Constitucióny Reglamento de Organización y Funciones de las JuntasVecinales del distrito; Que, el Decreto de Alcaldía Nº 005-2006, señala que las Sesiones Extraordinarias de Concejo con losrepresentantes de las Juntas Vecinales se convocaránmediante Resolución de Alcaldía, la misma que debe serpublicada con treinta días de anticipación a la celebraciónde la misma, a fin que los delegados de las JuntasVecinales puedan organizar su participación; En uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE:Artículo 1º.- Convocar a Sesión Extraordinaria de Concejo con los representantes de las Juntas Vecinalesel día 2 de mayo a las 5:00 pm, en la Biblioteca Municipal,calle República 455. Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Secretaría General del Concejo y a laGerencia de Comunicaciones y Participación Vecinal. Artículo 3º.- La presente Resolución de Alcaldía deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE SALMÓN JORDAN Alcalde 05768 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N” 239-MSS que establecela suspensión de recepción desolicitudes de licencias y certificadosen las parcelaciones semirrœsticasSanta Teresa, Los Granados y El Derby ORDENANZA Nº 257-MSS Santiago de Surco, 24 de marzo de 2006EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ordenanza Nº 239-MSS de fecha 20 de octubre de 2005 se dispuso la suspensión, por150 días calendario contados a partir de su fecha deentrada en vigencia, de la recepción de solicitudesrelativas a Anteproyectos en Consulta, Licencia de ObraNueva, Certificado de Parámetros Urbanísticos yEdificatorios, Aprobación de Habilitación Urbana Nuevao Ejecutada, Certificado de Zonificación y Vías,solicitudes de Cambio de Zonificación Sustancial y NoSustancial, referidas a inmuebles ubicados en lasParcelaciones Semirrústicas Santa Teresa, LosGranados y El Derby; De conformidad con lo establecido en los artículos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, con cargo a redacción, condispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta,por Unanimidad se aprobó la siguiente: