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PÆg. 315775 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de marzo de 2006 Artículo 2º.- Conceptos de Referencia Para la aplicación de la presente Ordenanza se entiende por: TRABAJADOR: Aquella persona que mantiene un vínculo laboral como la Municipalidad Metropolitana de Lima, sus órganos desconcentrados, organismos descentralizados y empresas, sin importar el régimenlaboral al que se encuentra sujeto. ENTIDAD DE ORIGEN: Es aquella entidad en la que prestan sus servicios los trabajadores al inicio de surelación laboral. ENTIDAD DE DESTINO: Es aquella entidad a la que se van a desplazar temporalmente los trabajadores. PLAZA PRESUPUESTADA: Entiéndase por plaza presupuestada al cargo contemplado en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) que cuente con elfinanciamiento debidamente previsto en el Presupuesto Institucional, conforme al Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 3º.- Destaque Se entiende por destaque el desplazamiento temporal de un trabajador de una entidad de origen a una entidad de destino, a pedido fundamentado y para desempeñar funciones designadas por esta última. Artículo 4º.- Conocimiento Para llevar a cabo el destaque de un trabajador, es necesario que la entidad de origen tenga conocimiento previo de la petición de la entidad de destino, a fin de pronunciarse oportunamente sobre el pedido formulado,pudiendo objetar el mismo por razones propias del servicio. La presentación de la solicitud por parte de la entidad de destino se realizará con una anticipación no menor de quince (15) días hábiles, con la finalidad que la entidad de origen pueda pronunciarse sobre la procedencia delpedido. La entidad de origen tendrá un plazo de diez (10) días hábiles, desde el momento de presentación de la solicitud para expresar su aceptación o no. Si noexpresara su voluntad en dicho término, se entenderá denegada la solicitud. Todo proceso de destaque será formalizado mediante Resolución o documento que contenga la aprobación del destaque emitido por el Titular de la entidad de origen o funcionario autorizado para tal fin. Artículo 5º.- Duración El destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal, debiendo contar con el consentimiento expreso del trabajador. El destaque puede renovarse de acuerdo con las necesidades delservicio y conveniencia en interés de la Corporación Municipal. Artículo 6º.- Efectividad del Destaque La efectividad del destaque comienza en la fecha en que el trabajador asume sus funciones en la entidad dedestino, momento a partir del cual las remuneraciones y demás beneficios pertinentes serán abonadas en la oportunidad y condiciones que correspondan al nivel deltrabajador destacado. Artículo 7º.- Mantenimiento de la Plaza El trabajador destacado mantiene su plaza presupuestada en la entidad de origen, la misma que abonará todas sus remuneraciones y beneficios loscuales se mantendrán mientras dure el destaque. En el caso de trabajadores sujetos al régimen de la actividad privada, se mantendrá su puesto de trabajo enla entidad de origen. Artículo 8º.- Bonificaciones y gratificaciones En ningún caso el personal destacado podrá recibir bonificaciones, gratificaciones y demás beneficios adicionales o distintos a los que le otorga la entidad deorigen. Artículo 9º.- Control de asistencia La Subgerencia de Personal o la que haga sus veces en la entidad de destino será responsable del control de la asistencia y permanencia de los trabajadoresdestacados, debiendo informar mensualmente dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes en elFormulario Parte de Asistencia Diario debidamente visado a la Subgerencia de Personal o la que haga sus veces en la entidad de origen, informando, además, de lasocurrencias habidas, para los descuentos y acciones de ley a que hubiere lugar, bajo responsabilidad del funcionario a cargo. Artículo 10º.- Presupuesto para el Destaque Sólo procederá el desplazamiento por destaque A SOLICITUD DE LA ENTIDAD DE DESTINO, cuando se fundamente en necesidad institucional del servicio con asentimiento del trabajador. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los destaques que a la fecha hayan aprobado los diferentes órganos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, sus órganos desconcentrados,organismos descentralizados y empresas municipales, se rigen por la presente Ordenanza, convalidándose para todos sus efectos, tanto en la entidad de origen, comoen la entidad de destino. Segunda.- Déjese sin efecto toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil seis. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 05714 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Dictan disposiciones para la ubicación de paneles de propaganda política enla vía pœblica DECRETO DE ALCALDÍA Nº 04-2006-MDI Independencia, 17 de marzo de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Visto, El Informe Nº 451-2006-DCCU/GGU/MDI de la División de Catastro y Control Urbano, Informe Nº 020- 2006-GGU/MDI de la Gerencia de Gestión Urbana y el Memorando Nº 290-2006-GM/MDI de la GerenciaMunicipal, mediante el cual solicitan la emisión de una norma complementaria sobre la autorización para la ubicación de elementos de propaganda electoral en eldistrito de Independencia. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú prescribe que las Municipalidades Provinciales yDistritales son órganos de Gobierno Local y tienen Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con fecha 13 de julio del año 2005, se publicó la Ordenanza Nº 099-2005-MDI, que regula la autorización de ubicación de elementos de publicidad exterior en eldistrito de Independencia, encontrándose pendiente señalar las zonas donde se puede colocar paneles de propaganda política en la vía publica, en la jurisdiccióndel distrito de Independencia; Que, con fecha 19 de enero del 2006, se publicó la Resolución Nº 007-2006-JNE, que aprueba el