Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2006 (30/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

MORDAZA, jueves 30 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES
POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

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Que, es necesario que Tumbes cuente con un Archivo Regional, responsable de las funciones de registro, conservacion, clasificacion, depuracion, transferencia y disposicion final del acervo documentario de la Region; por lo que se propone la CREACION DEL ARCHIVO REGIONAL DE TUMBES; Que, en Sesion Ordinaria de Consejo Regional de Tumbes desarrollada en la MORDAZA de Tumbes el dia 26 de agosto del 2005 mediante ACUERDO REGIONAL Nº 070-2005/GOB. REG. TUMBES-CR-P aprobo por unanimidad el Proyecto de Ordenanza Regional que crea el Archivo Regional de Tumbes; De conformidad con lo dispuesto por el inciso a) del articulo 15º y el articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales y a los fundamentos expuestos, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Articulo Primero.- Crease el Archivo Regional de Tumbes, como Organismo Publico Descentralizado del Gobierno Regional de Tumbes, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia administrativa y economica. Depende del Consejo Regional; tecnica y normativamente del Archivo General de la Nacion. Con sede en la MORDAZA de Tumbes. Articulo Segundo.- El Archivo Regional de Tumbes, conduce las actividades archivistitas del Sistema Nacional de Archivo en la jurisdiccion de la Region Tumbes. Tiene por finalidad la defensa, conservacion, incremento y servicio del Patrimonio Documental de la Nacion que exista en la Region. Articulo Tercero.- La estructura organica del Archivo Regional de Tumbes, asi como su estatuto y demas documentos de gestion necesarios para su funcionamiento sera aprobado por el Consejo Regional. Articulo Cuarto.- Son recursos del Archivo Regional de Tumbes los siguientes: a) Las asignaciones del Tesoro Publico consignadas en el presupuesto del Gobierno Regional. b) Los Ingresos Propios. c) Las donaciones, legados, transferencias y otros recursos provenientes de Instituciones Publicas y Privadas, asi como la Cooperacion Tecnica. d) Otros aportes de diferente caracter que se MORDAZA a su favor. Articulo Quinto.- Autorizar a la Presidencia Regional a la suscripcion de convenios especificos con el Ministerio de Justicia, Archivo General de la Nacion, Poder Judicial, Ministerio Publico, Instituto Nacional de Cultura, Biblioteca Nacional, Consejo Nacional del Notariado, Colegio de Notarios, las Universidades e Institutos de Investigacion y Centros Tecnologicos, a fin de coadyuvar a la buena marcha del Archivo Regional de Tumbes, a fin de utilizar la informacion para la construccion del pasado tumbesino, el ejercicio de los derechos ciudadanos, el desarrollo de las instituciones publicas y de la region. Articulo Sexto.- Autorizar a la Secretaria General del Gobierno Regional de Tumbes, la publicacion de la presente Ordenanza Regional, la misma que entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- FACULTAR a la Presidencia Regional, con informe, recomendaciones, conclusiones de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional del Gobierno Regional de Tumbes, a modificar, adecuar y transferir del Presupuesto del Gobierno Regional de Tumbes como consecuencia de las acciones a tomarse para el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional, respetando el MORDAZA Presupuestal de la Region. Segunda.- La Presidencia Regional, dentro de sus facultades, podra designar al encargado de la Direccion Regional del ARCHIVO REGIONAL DE TUMBES hasta que se apruebe el estatuto definitivo. Comuniquese a la senora Presidenta del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgacion. En Tumbes, a los cinco dias del mes de setiembre del dos mil cinco.

Dado en la sede del Gobierno Regional de Tumbes, a los cinco dias del mes de setiembre del ano 2005. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Regional 05740

Precisan que para la situacion de emergencia por el fenomeno de sequia se ha acordado exoneracion de procesos de seleccion a que se refiere la Res. Nº 156-2005/GOB.REG.TUMBES
(Se publica el Acuerdo de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de Tumbes mediante Oficio Nº 2642006/GOBIERNO REGIONAL-TUMBES-P, recibido el 28 de marzo de 2006) ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 062-2005/GOB.REG.TUMBES-CR-P Tumbes, 25 de MORDAZA de 2005 VISTO: En la Sesion Ordinaria del Consejo Regional de Tumbes de fecha 25 de MORDAZA del 2005; el pedido del Consejero Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Colan relativo a la ampliacion del Acuerdo Regional Nº 026-2005/GOB.REG.TUMBES-CRP de fecha 11 de marzo del 2005; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado Peruano, define la descentralizacion del MORDAZA como un MORDAZA permanente e irreversible como objetivo el desarrollo integral de la Nacion. Con ese proposito se otorga a los nuevos estados regionales autonomia politica, economica y administrativa; Que mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 0262005/GOB.REG.TUMBES-CR-P de fecha 11 de marzo del 2005 se declara en situacion de emergencia los distritos del departamento de Tumbes afectados por el fenomeno de la sequia, de acuerdo a los considerandos y fundamentos precisados, amparados en los articulos 19º, 20º y 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en concordancia con lo dispuesto por los articulos 142º, 146º, 147º y 148 a que se refiere a la declaratoria de situacion de emergencia y a la exoneracion de procesos de seleccion; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1802005/GOB. REG. TUMBES-P, del 28 de MORDAZA del 2005, se aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la ejecucion de los expedientes tecnicos y por los montos que se detallan en la misma, pero es el caso que mediante Oficio Nº 426-2005/GTN-MON, del 3 de junio del 2005, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, observa que la exoneracion de MORDAZA de seleccion debera ser aprobada por Acuerdo de Consejo Regional en el caso de los Gobiernos Regionales y no por Resolucion Ejecutiva Regional, por lo que solicita tomar medida correctiva del caso; Estando, que por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1562005/GOB. REG. TUMBES-P, de fecha 8 de MORDAZA del 2005, se aprueba la exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la adquisicion Suministro, instalacion y puesta en funcionamiento de Treinta y Tres (33) Motobombas Centrifugas 13 HP, que incluye manguera de succion y descarga con carreta, incluido accesorios, para Pozos Anillados con un valor referencial de S/. 22,705.25 cada una, lo que hace un total de S/. 749,273.25, segun Cuadro Anexo a los requerimientos a que se refiere el MORDAZA considerando de la indicada resolucion, para la ejecucion de las obras que se detallan en la misma, y que forma parte del presente acuerdo;

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